Biblia Comentada, Profesores de Salamanca (BAC, 1965)
21. Ordenaciones Varias.
Expiación del Homicidio cuyo autor es desconocido (1-9).
1
Si en la tierra que Yahvé, tu Dios, te dará en posesión fuere encontrado un hombre muerto en el campo sin que se sepa quién le mató, 2
tus ancianos y los jueces irán a medir las distancias del lugar donde está el cadáver hasta las ciudades del contorno. 3
Los ancianos de la ciudad más próxima al lugar del cadáver tomarán una becerra que no haya trabajado, que no haya llevado sobre sí el yugo, 4
y la llevarán a un valle inculto, que nunca haya sido arado ni sembrado; y allí, en el valle, la degollarán. 5
Entonces vendrán los sacerdotes, hijos de Leví, porque a ellos los eligió Yahvé, tu Dios, para que le sirvan y para bendecir el nombre de Yahvé, y por su palabra ha de decidirse toda contestación y toda percusión. 6
Y se llegarán todos los ancianos de la ciudad que esté más cerca del muerto y lavarán sus manos sobre la becerra degollada en el valle, 7
y responderán: No han derramado nuestras manos esta sangre ni lo han visto nuestros ojos; 8
expía a tu pueblo Israel, a quien redimiste, ¡oh Yahvé!, y no imputes la sangre inocente a tu pueblo Israel. Y la sangre les será perdonada. 9
Así quitarás de en medio de ti la sangre inocente y harás lo que es recto a los ojos de Yahvé.
En el código de Hammurabi1 y en las actuales costumbres de los nómadas de Moab hay algo que tiene parecido con esta disposición, aunque en el fondo se distingue totalmente de ella. Desde
Gen_4:10 sabemos que la sangre derramada clama al cielo, pidiendo la sangre del homicida, con que ha de ser expiado el crimen. En caso de que éste exista de verdad, la muerte del criminal debe seguirse irremisiblemente. Con ella la justicia divina queda aplacada, y el pueblo purificado del crimen que en medio de él se cometió. Ahora bien, en el caso presente el crimen se da por cierto, y sus consecuencias religiosas también; pero el reo es ignorado, y la expiación no puede tener lugar. ¿Qué hacer? Pues la ciudad más cercana, en la que pudieran recaer primeramente las sospechas, debe hacer lo que en el derecho canónico antiguo se llamaba
purgatio canónica. Para ello deben los ancianos representantes calificados de ella matar una novilla, lavarse las manos y protestar no haber tenido parte en aquel crimen. Con la sangre de la novilla queda expiado el crimen, y la nación purificada de él. La intervención de los sacerdotes, que algunos consideran como adición de un glosista, aseguraría ante la justicia el cumplimiento del rito. La elección del sitio para cumplir la ceremonia, el valle o
torrente2, parece obedecer al deseo de que la sangre sea llevada por el torrente, de forma que la tierra quede como purificada (v.4). Las condiciones de que la
novilla que se ha de matar no haya trabajado ni haya sido sometida al yugo, indica el carácter
religioso del acto, pues se la concibe como una víctima
expiatoria por la sangre inocente derramada ante Dios, y por eso se requiere que sea selecta3. El lugar donde se sacrifique debe ser también no cultivado, es decir, intacto, no profanado por el arado. Los ancianos deben lavar sus manos (seguramente en el arroyo) ante la víctima en señal de inocencia4, y piden a Dios que acepte esta expiación por la sangre inocente derramada, en sustitución de la sangre del asesino. De este modo el pueblo israelita queda purificado ante Dios del crimen cometido.
Las Mujeres Apresadas en la Guerra (10-14).
10
Cuando hagas la guerra a los pueblos enemigos y Yahvé, tu Dios, te los dé en tus manos y hagas cautivos, 11
si entre ellos vieres a una mujer hermosa y la deseas, la tomarás por mujer, 12
la entrarás en tu casa, y ella se raerá la cabeza y se cortará las uñas, 13
y, quitándose los vestidos de su cautividad, quedará en tu casa; llorará a su padre y a su madre por tiempo de un mes; después entrarás a ella y serás su marido, y ella será tu mujer. 14
Si después te desagradare, le darás la libertad y no la venderás por dinero ni la maltratarás, pues tú la humillaste.
La concesión que en esta perícopa se contiene respecto a la apropiación de mujeres cautivas parece una excepción a la ley tan reiterada de no tomar mujeres extranjeras como esposas. Ya hemos visto que según las leyes de guerra de la época las mujeres formaban parte del botín de guerra. En nuestro caso, la prisionera pasa de una nación a otra, muriendo a la que le dio el ser, por lo que deberá hacer duelo durante treinta días, despojándose de cuanto era signo de su antigua nacionalidad. Con esto comienza una vida nueva en la nación israelita. Caso de que el marido israelita la repudiara, la dejará libre, sin poder invocar sobre ella el derecho de guerra vendiéndola como esclava. Es esto una mitigación del derecho de guerra antiguo, conforme al espíritu humanitario del Deuteronomio.
Derechos del Primogénito (15-17).
15
Cuando un hombre tenga dos mujeres, la una amada, la otra aborrecida, si la amada y la aborrecida le dieran hijos y el primogénito fuera de la aborrecida, 16
el día en que distribuya sus bienes entre sus hijos no podrá dar a los hijos de la amada el derecho de primogenitura con preferencia al de la aborrecida si éste es el primogénito; 17
mas habrá de reconocer por primogénito al hijo de la aborrecida, dándole de sus bienes dos tantos, porque es el primogénito de su robustez, y suyo es el derecho de la primogenitura.
Se trata en esta disposición de poner límite a la voluntad arbitraria del padre, cortando de raíz perturbaciones familiares. Se niega al padre el derecho de declarar primogénito al hijo de la esposa preferida en una sociedad en que estaba legalmente admitida la poligamia. La existencia del derecho de
primogenitura aparece ya en la época patriarcal5. El deuterononomista supone este derecho y trata de canalizarlo conforme a las exigencias de la equidad: aunque el primogénito sea hijo de la
aborrecida, a él le pertenece la parte
doble o los
dos tantos en la distribución general entre todos los hijos. La legislación rabínica regulará esta materia dividiendo el patrimonio en tantas partes más una como hijos son, de forma que el primogénito se lleve dos partes6. De hecho, en la práctica los padres procuraban eludir esta legislación haciendo
donaciones especiales a los hijos preferidos7. En el código de Hammurabi se permite al padre que mientras viva pueda hacer alguna donación en favor del hijo preferido8; pero no existe propiamente el derecho de primogenitura, como tampoco existe entre los árabes.
Castigo del Hijo Rebelde (18-21).
18
Cuando uno tenga un hijo indócil y rebelde que no obedece a la voz de su padre ni a la de su madre, y aun castigándole no los obedece, 19
lo tomarán su padre y su madre y lo llevarán a los ancianos de su ciudad; y a la puerta de ella 20
dirán a los ancianos de la ciudad: Este hijo nuestro es indócil y rebelde y no obedece a nuestra voz; es un desenfrenado y un borracho; 21
y le lapidarán todos los hombres de la ciudad. Así quitarás el mal de en medio de ti, y todo Israel, al saberlo, temerá.
La constitución patriarcal de la familia en Israel antiguo exigía que se conservase la autoridad de su jefe. Acaso en tiempos anteriores el padre gozaría de autoridad para hacer de juez en la causa de su hijo; aquí ha perdido ya ese derecho y debe acudir a los jueces de la ciudad, como el
pater familias de la antigua Roma, lo que refleja una situación social más evolucionada. Por otra parte, se habla de los
ancianos de la ciudad y de la
puerta de la ciudad, todo lo cual nos lleva al ambiente social de la época de los jueces9. La ley es severa, y se refiere a los casos de insubordinación permanente y contumaz del hijo que no quiere obedecer a sus padres10. A esto se añade su vicio de embriagarse, todo lo cual prueba que es un caso desesperado, que plantea un problema familiar agudo y un escándalo ante la sociedad. Por eso debe ser juzgado por los
ancianos de la ciudad y públicamente en el lugar de mayor concurrencia,
la puerta de la ciudad (v.20)11. Todos los
hombres de la ciudad deben lanzar sus piedras contra el hijo rebelde (v.21), extirpando así todo conato de rebeldía contra la autoridad paterna. En el derecho babilónico, el padre puede repudiar al hijo, pero después de declaración judicial12, y la legislación romana daba al padre derecho de vida y muerte en la familia.
El Cadáver del Ajusticiado (22-23).
22
Cuando uno que cometió un delito digno de la muerte sea colgado de un madero, 23
su cadáver no quedará en la noche, no dejarás de enterrarlo el mismo día, porque el ahorcado es maldición de Dios, y no has de manchar la tierra que Yahvé, tu Dios, te dará en heredad.
Entre todos los focos de impureza que la Ley reconoce, el cadáver es el primero, de forma que cuanto había en la casa o en la tienda donde moría alguno, quedaba, por lo mismo, impuro. En el caso del ajusticiado, la contaminación era mayor, pues era como un
maldito de Yahvé (v.23). Por eso se prescribe aquí que se retire al punto su cadáver, lo que a la vez era un acto de humanidad y de respeto al muerto. Esta es la ley alegada por Nicodemo para obtener de Pilato el cuerpo exánime de Jesús13.
Sin embargo, no parece que se cumpliera puntualmente esta ley, ya que en numerosos relatos bíblicos se habla de la exposición prolongada de los cadáveres para escarmiento del pueblo14.
1 Art.23s. 2 Literalmente el hebreo dice
torrente eterno (inagotable). Algunas versiones traducen
valle. 3 Cf.
Num_19:2;
Deu_15:19. 4 Cf.
Sal_26:6;
Sal_73:13;
Mat_27:24. 5 Cf.
Gen_25:31-34;
Gen_27:36;
Gen_49:3-4. 6 Cf.
Mishna, tr.
Bekhorath VIII 9. Conforme a esto, Elíseo desea que Elías le deje la parte
doble de su espíritu, es decir, desea heredar su espíritu profetice (
2Re_2:9). 7 Véase Schwalm,
La vie privée du peuple juif 472-474. 8 Art.165. 9 Cf. Rut 4:1 s. 10 En
Exo_21:15 y
Lev_20:9 se citan castigos concretos por determinadas faltas de los hijos con carácter ocasional. 11 Cf.
Pro_22:15;
Pro_22:25.7;
Rut_4:1-2;
Amo_5:10,
Amo_12:15;
Isa_29:21;
Sal_127:5. 12 Código de Hammurabi art. 168-169 1
3Jn_1:19 :31;
Mat_27:57-60. 14 Cf.
Jos_8:29;
Jos_10:26; 2 Sam 21:1s.