1 Divorcio. Si un hombre toma una mujer y se casa con ella, y resulta que esta mujer no halla gracia a sus ojos, porque descubre en ella algo que le desagrada, le escribirá un acta de divorcio, se la pondrá en su mano y la despedirá de su casa. |
2 Si después que ella ha salido y se ha marchado de casa de éste, se casa con otro hombre, |
3 y luego este segundo hombre la aborrece, le escribe el acta de divorcio, se la pone en su mano y la despide de su casa; o si se muere este otro hombre que se ha casado con ella; |
4 el primer marido que la repudió no podrá volver a tomarla por esposa después de haberse hecho ella impura. Pues sería una abominación a los ojos de Yahvé, y tú no debes hacer pecar a la tierra que Yahvé tu Dios te da en herencia. |
5 Medidas de protección. Si un hombre está recién casado, no saldrá a campaña ni se le impondrá trabajo alguno; quedará exento en su casa durante un año, para disfrutar de la mujer con la que se ha casado. |
6 No se tomará en prenda ni las dos piedras de moler ni la muela; porque ello sería tomar en prenda la vida misma. |
7 Si se encuentra a un hombre que ha raptado a uno de sus hermanos, de los israelitas, sea que lo haya hecho su esclavo sea que lo haya vendido, ese ladrón debe morir, y así harás desaparecer el mal de en medio de ti. |
8 Ten cuidado con la plaga de lepra, observando bien y ejecutando todo lo que os enseñen los sacerdotes levitas. Procuraréis poner en práctica lo que yo les he mandado. |
9 Recuerda lo que Yahvé tu Dios hizo con María cuando estabais de camino a la salida de Egipto. |
10 Si haces a tu prójimo un préstamo cualquiera, no entrarás en su casa para recobrar la prenda. |
11 Te quedarás fuera, y el hombre a quien has hecho el préstamo te sacará la prenda afuera. |
12 Y si es un pobre, no te acostarás sobre su prenda; |
13 se la devolverás a la puesta del sol, para que pueda acostarse en su manto. Así te bendecirá y tendrás un mérito a los ojos de Yahvé tu Dios. |
14 No explotarás al jornalero humilde y pobre, ya sea uno de tus hermanos o un forastero que residen en tu tierra, en tus ciudades. |
15 El mismo día le darás su salario, y el sol no se pondrá sobre esta deuda; porque es pobre, y de ese salario depende su vida. Así no clamará contra ti a Yahvé, y no te cargarás con un pecado. |
16 No serán ejecutados los padres por culpa de los hijos ni los hijos serán ejecutados por culpa de los padres. Cada cual será ejecutado por su propio pecado. |
17 No torcerás el derecho del forastero ni del huérfano, ni tomarás en prenda el vestido de la viuda. |
18 Te acordarás de que fuiste esclavo en el país de Egipto y que Yahvé tu Dios te rescató de allí. Por eso te mando hacer esto. |
19 Cuando siegues la mies en tu campo, si dejas olvidada una gavilla en el campo, no volverás a buscarla. Será para el forastero, el huérfano y la viuda, a fin de que Yahvé tu Dios te bendiga en todas tus empresas. |
20 Cuando varees tus olivos, no harás rebusco: será para el forastero, el huérfano y la viuda. |
21 Cuando vendimies tu viña, no harás rebusco: será para el forastero, el huérfano y la viuda. |
22 Te acordarás de que fuiste esclavo en el país de Egipto. Por eso te mando hacer esto. |