Deu 12,2


El lugar del culto.
Suprimiréis todos los lugares donde los pueblos que vais a desalojar han dado culto a sus dioses, en lo alto de los montes y en las colinas, y bajo todo árbol frondoso.

Nueva Biblia de Jerusalén (1998) - referencias, notas e introducciones a los libros


REFERENCIAS CRUZADAS

[1] 1Re_14:23; 2Re_16:4; 2Re_17:10; Isa_57:5; Jer_2:20; Jer_3:6; Jer_3:13; Jer_17:2; Eze_6:13

NOTAS

12:2 Esta ley, que será fundamental para la religión de Israel, trata de proteger, dentro del espíritu de los Profetas, el culto yahvista de toda contaminación de los cultos cananeos, mediante la destrucción de los altos de estos cultos y la elección de un solo lugar pana el culto de Yahvé. La fórmula «lugar elegido por Dios para poner en él su nombre», Deu_12:5, Deu_12:21, o «para morada de su nombre», Deu_12:11, ver Deu_14:23; Deu_16:11, etc., o «donde hacer memorable su nombre», Éxo_20:24, podía, de suyo, designar todo lugar donde Dios se hubiera manifestado o donde el culto hubiera sido así legitimado por Dios mismo, ver Jer_7:12 para Siló; así se entendió durante mucho tiempo, y el culto a Yahvé se practicaba en numerosos santuarios, ver Jue_6:24, Jue_6:28; Jue_13:16; 1Re_3:4, etc. En el Dt esta fórmula designa exclusivamente a Jerusalén. Esta ley de unicidad del santuario será uno de los puntos principales de la reforma de Josías, 2 R 23.
Deuteronomio  12, 2

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