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Las primicias y los primogénitos.
No retrases la ofrenda de las primicias de tu era y de tu lagar. Me entregarás el primogénito de tus hijos. (Exodo  22, 28) © Nueva Biblia de Jerusalén (Desclee, 1998)

BHSEk - Biblia Hebraica Stuttgartensia (Enhanced; KJV versification)

אֱלֹהִ֖ים‎(אֱלֹהִים)

Hebrew|ʔᵉlōhˌîm|god(s)

Part-of-speech: noun
Gender: masculine
Number: plural
Person: not applicable
State: absolute
Verbal tense: not applicable
Verbal stem: not applicable


[H430] [a.dl.ad] [93c]
[אלהים] [GES407] [BDB437] [HAL452]

לֹ֣א‎(לֹא)

Hebrew|lˈō|not

Part-of-speech: negative particle
Gender: not applicable
Number: not applicable
Person: not applicable
State: not applicable
Verbal tense: not applicable
Verbal stem: not applicable


[H3808] [l.ab.aa] [1064]
[לא] [GES3708] [BDB4137] [HAL4092]

תְקַלֵּ֑ל‎(קָלַל)

Hebrew|ṯᵊqallˈēl|be slight

Part-of-speech: verb
Gender: masculine
Number: singular
Person: second person
State: not applicable
Verbal tense: imperfect
Verbal stem: pi“el


[H7043] [s.br.aa] [2028]
[קלל] [GES6997] [BDB7696] [HAL7632]

וְ‎(וְ)

Hebrew|wᵊ|and

Part-of-speech: conjunction
Gender: not applicable
Number: not applicable
Person: not applicable
State: not applicable
Verbal tense: not applicable
Verbal stem: not applicable


[f.ab.aa] [519]
[ו] [GES1991] [BDB2226] [HAL2241]

נָשִׂ֥יא‎(נָשִׂיא)

Hebrew|nāśˌî|chief

Part-of-speech: noun
Gender: masculine
Number: singular
Person: not applicable
State: absolute
Verbal tense: not applicable
Verbal stem: not applicable


[H5387] [n.fm.ad] [1421b]
[נשיא] [GES5309] [BDB5908] [HAL5802]

בְ‎(בְּ)

Hebrew|vᵊ|in

Part-of-speech: preposition
Gender: not applicable
Number: not applicable
Person: not applicable
State: not applicable
Verbal tense: not applicable
Verbal stem: not applicable


[b.ab.aa] [193]
[ב] [GES855] [BDB923] [HAL939]

עַמְּךָ֖‎(עַם)

Hebrew|ʕammᵊḵˌā|people

Part-of-speech: noun
Gender: masculine
Number: singular
Person: not applicable
State: absolute
Verbal tense: not applicable
Verbal stem: not applicable


[H5971] [p.di.ab] [1640a]
[עם] [GES5904] [BDB6526] [HAL6449]

לֹ֥א‎(לֹא)

Hebrew|lˌō|not

Part-of-speech: negative particle
Gender: not applicable
Number: not applicable
Person: not applicable
State: not applicable
Verbal tense: not applicable
Verbal stem: not applicable


[H3808] [l.ab.aa] [1064]
[לא] [GES3708] [BDB4137] [HAL4092]

תָאֹֽר‎(אָרַר)

Hebrew|ṯāʔˈōr|curse

Part-of-speech: verb
Gender: masculine
Number: singular
Person: second person
State: not applicable
Verbal tense: imperfect
Verbal stem: qal


[H779] [a.fy.aa] [168]
[ארר] [GES754] [BDB805] [HAL829]

Biblia Comentada, Profesores de Salamanca (BAC, 1965)



22. Ordenaciones Sociales.
1Si el ladrón fuere sorprendido forzando de noche y fuese herido y muriese, no será el que le hiere reo de sangre; 2pero, si hubiese ya salido el sol, responderá de la sangre. 3El ladrón restituirá, y si no tiene con qué, será vendido por lo que robó; y si lo que robó, buey, asno u oveja, se encuentra todavía vivo en sus manos, restituirá el doble. 4Si uno daña un campo o una viña, dejando pastar su ganado en el campo o en la viña de otro, restituirá por lo mejor del campo o lo mejor de la viña. 5Si propagándose un fuego por los espinos quema mieses recogidas o en pie, o un campo, el que encendió el fuego pagará el daño. 6Si uno da a otro en depósito dinero o utensilios y fueran éstos robados de la casa de otro, el ladrón, si es hallado, restituirá el doble. 7Si no aparece el ladrón, el dueño de la casa se presentará ante Dios, jurando no haber puesto su mano sobre lo ajeno. 8Toda acusación de fraude, sea de buey, de asno, de oveja, de vestido, de cualquier cosa desaparecida, de que se diga esto es, decídase por juramento ante Dios. Aquel a quien Dios condenare, restituirá el doble a su prójimo. 9Si uno entrega en depósito a su prójimo asno, buey, oveja o cualquier otra bestia, y lo depositado muere o se estropea, o es capturado por los enemigos sin que nadie lo haya visto, 10se interpondrá por ambas partes el juramento de Yahvé de no haber puesto el depositario mano sobre el bien de su prójimo. El dueño aceptará el juramento, y el depositario no será obligado a restituir; 11pero, si la bestia le fue robada, restituirá al dueño. 12Si la bestia fuere despedazada, preséntese lo destrozado, y no tendrá que restituir. 13Si uno pide a otro prestada una bestia, y ésta se estropea o muere no estando presente el dueño, el prestatario será obligado a restituir; 14pero, si estaba presente el dueño, no tendrá que restituir el prestatario. Si el préstamo fue por precio, reciba el dueño lo estipulado.

La ley, que comenzó por poner en el Decálogo un precepto condenatorio del robo, tiene que dar luego otros particulares, ordenados a proteger la propiedad individual. La propiedad principal de los hebreos eran sus ganados, y por eso la primera ordenación condena al ladrón de un buey a devolver el quíntuplo, y al de una oveja el cuadruplo. Pero, si lo robado se halla íntegro en poder del ladrón, restituirá el doble. Si no tiene con qué restituir, lo hará con su persona, reducida a la esclavitud. ¿Por qué esta diferencia entre el ganado vacuno y el ovino? Tal vez porque el primero era menos abundante y, como tal, más estimado; por eso su robo suponía una pérdida mucho mayor para el dueño, y, en consecuencia, el legislador quiere prevenir el abuso con una mayor pena.
Entre los nómadas de Moab es norma general devolver el cuadruplo del robo cometidol. En el código hitita, por el robo de grandes reses se exige la devolución de quince (tres veces cinco)2.
Si el ladrón nocturno fuera herido y muerto, el que le mató queda libre de pena; no así si el incidente hubiera sucedido después de la salida del sol (v.1-2). La razón parece ser que de día el propietario debía medir más sus actos, mientras que de noche no podía aquilatar el peligro, y sobre todo no podía llamar a otros en su ayuda3.
En el código de Hammurabi, la legislación es muy severa respecto de los crímenes contra la propiedad: si se roba el tesoro de un templo o del palacio, debe morir el ladrón4. Si se roba un carnero, un buey o un asno, debe devolverse el tréntuplo si la res pertenecía al templo o al palacio, y el décuplo si pertenecía a un muskinnu (intermedio entre el esclavo y el hombre libre). Si el ladrón no tiene con qué devolver, debe ser matado5.
El que daña el campo o la viña de otro, dejando pastar en ellos su ganado, pagará con lo mejor de su campo o de su viña (v.4). El que produjera un incendio en las mieses, resarcirá los daños (v-5)·él ladrón de algo depositado en casa de otro devolverá, si es hallado, el doble (v.7). Si no fuere hallado, el depositario jurará por Dios no haberse apropiado lo ajeno, y quedará libre (v.8). Todo litigio sobre la identificación de una cosa desaparecida se resolverá mediante el juramento ante Dios (v.8).
En el código de Hammurabi se prescribe que el pastor que ha metido a pacer su rebaño en campo ajeno sin consentimiento de su dueño debe compensar el daño con cierta cantidad de trigo6. En la ley hitita, por el mismo delito se pone como pena diez siclos de plata si es terreno cultivado, y tres si es inculto7.
Respecto del que ha incendiado las mieses, el código hitita prescribe que el malhechor debe tomar el campo quemado y darle al propietario perjudicado un campo de buena calidad.
Si una bestia entregada en depósito viniera a perecer sin que nadie la haya visto, el depositario jurará no haber puesto la mano en los bienes de su prójimo, y quedará libre, a menos que él mismo estuviere presente y pudiera comprobar no haber existido culpa en el prestatario. Pero si la res hubiera sido alquilada, el amo de ella recibirá el alquiler convenido por el servicio (v.13-14).
El código de Hammurabi dice respecto del robo de una cosa en depósito: Si un hombre ha dejado en depósito su bien, si éste es perdido, el depositario, si no tuvo cuidado, restituirá lo equivalente al propietario.8
Si esta res viene a faltar por fuerza mayor, en que no intervenga culpa del depositario, éste quedará libre de responsabilidad con sólo el juramento (v.9). Pero es singular la excepción que añade. Si le fuere robada, debe responder de la res, considerándole culpable de no haber sabido guardarla como debía, o mejor, porque esta causa no podía probarse con evidencia y se supone que el ladrón fuera el mismo depositario. En cambio, si la res fuera cogida por una fiera, bastaría presentar los restos que probasen la pérdida (v.12).
En el código de Hammurabi encontramos algo parecido: Si alguno ha dejado escapar un buey o un asno que se le había confiado, dará a su propietario buey por buey, asno por asno.9 En caso de que, en el parque, un golpe de un dios (tormenta o muerte súbita) tuviera lugar o un león matare (la res), el pastor se purificará ante el dios, y el daño será aceptado por el propietario.10
Un segundo caso es la prestación de una res para el trabajo (v.13). Esta prestación puede ser gratuita o mediante un precio de alquiler. Si la res llegase a perecer, debía darse al dueño la indemnización debida, a menos que el dueño estuviera presente y fuera testigo de la inculpabilidad del prestatario. En este caso debía el dueño de la res contentarse con el alquiler convenido (v. 14).
En el código de Hammurabi se dice: Si un hombre ha alquilado un buey o asno y (si) en el campo le mata un león, la pérdida es para el dueño11; si un hombre ha alquilado un buey y si por negligencia o por los malos tratos le mata, dará buey por buey al dueño;12 si un hombre ha alquilado un buey y si se rompe su pie o el nervio de su nuca, dará al dueño buey por buey;13 por un ojo vaciado dará la mitad del precio del buey;14 por un cuerno roto, el rabo cortado..., pagará la cuarta y la quinta parte de su precio.15 Si el animal muere por accidente (herido por un dios), el juramento eximirá de responsabilidad al que alquiló el animal16. En el código hitita encontramos la misma ley17.

Leyes Varias (15-30).
Esta perícopa abarca una verdadera miscelánea de preceptos dispares legales, imposibles de catalogar lógicamente.

15Si uno seduce a una virgen no desposada y tiene con ella comercio carnal, pagará su dote y la tornará por mujer. 16Si el padre rehusa dársela, el seductor pagará la dote que se acostumbra dar por las vírgenes, 17No dejarás con vida a la hechicera. 18El reo de bestialidad será muerto. 19Los que ofrezcan sacrificios a dioses extraños serán exterminados. 20No maltratarás al extranjero ni le oprimirás, pues extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto. 21No dañarás a la viuda ni al huérfano. 22Si eso haces, ellos clamarán a mí, y yo oiré sus clamores; 23se encenderá mi cólera y os destruiré por la espada, y vuestras mujeres serán viudas, y vuestros hijos, huérfanos. 24Si prestas dinero a uno de mi pueblo, a un pobre que habita en medio de vosotros, no te portarás con él como acreedor y no le exigirás usura. 25Si tomas en prenda el manto de tu prójimo, se lo devolverás antes de la puesta del sol, 26porque con eso se cubre él, con eso viste su carne, y ¿con qué va a dormir? Clamará a mí, y yo le oiré, porque soy misericordioso. 27No blasfemarás contra Dios ni maldecirás de los príncipes de tu pueblo. 28No dilatarás ofrecerme el diezmo de tu era y de tu lagar. Me darás el primogénito de tus hijos. 29Así harás con el primogénito de tus vacas y ovejas; quedará siete días con su madre, y al octavo me lo darás. 30Sed para mí santos. No comeréis la carne despedazada en el campo; se la echaréis a los perros.

Contra los Seductores de Doncellas. Se trata de la seducción de una doncella todavía no prometida a hombre alguno. El seductor pagará el mohar, o precio de la novia, al padre de ésta y la tomará por mujer (v.15)18. Es la más natural reparación de la ofrenda inferida. Pero, si el padre de la doncella rehusara dar su hija en matrimonio, tendrá derecho a ello, reclamando, sin embargo, el mohar acostumbrado. En Deu_22:29 se señala la cantidad de cincuenta siclos, pero no habla de la negativa del padre; en cambio, añade que la mujer, una vez casada, no podrá ser repudiada por el que la violó cuando ella era doncella.
La ley asiria nos ofrece una curiosa disposición en el caso de que un hombre casado violase a una doncella libre de todo compromiso matrimonial. Dondequiera que la haya violado, en el campo, en la ciudad o en casa, de día o de noche, el seductor tomará la doncella por mujer, entregando al padre su precio. Pero, además, el seductor entregará al padre su propia mujer. Si el padre no quisiera dar en matrimonio su hija al seductor, éste pagará tres veces el precio de la doncella. Igual hará si, en vez de ser casado, no tuviera mujer que entregar. Pero, si la doncella se hubiera prestado voluntariamente, y el cómplice jurara ser así, conservará su mujer, pero pagará el precio de la doncella, y el padre la casará con quien quiera19.
Mientras la hija no estaba casada, era algo propiedad del padre, y su valor variaba según fuera virgen o no. Por eso tenía derecho a la compensación por parte del seductor. El mohar no era ni un precio de compra ni una dote, sino uno de los elementos del sistema de compensación que consagra en un matrimonio la unión de las dos familias.20. A veces, en la época patriarcal, ese mohár se daba en forma de servicios prestados al suegro o hermano mayor de la futura esposa, como en el caso de Jacob a Labán21. El mohár aparece menos como la contrapartida en dinero del valor supuesto de la mujer que como el instrumento legal del lazo que se crea entre las dos casas.22 Entre los babilonios, el equivalente al mohár hebreo era el tirjatu, o don del marido a su mujer abandonada23, o don del novio a su futuro suegro con vistas al matrimonio con su hija24. No era una compra de ésta, pues el don había de pertenecer a la hija, la cual debía aportar su dote (seriptu) por su parte, superior al don recibido.
Entre ciertas tribus árabes, la mujer es realmente comprada: Entre los fellahs y los árabes, la hija no es entregada al futuro marido mientras éste no satisfaga la avaricia del padre. Este guardará el mohár después que ha entregado a su hija. Así, el mohár es un precio o una compra.25
Contra los Hechiceros. En dos palabras el legislador mosaico declara el juicio que le merece la hechicería. La Ley la persigue con rigor, como podemos ver por otros pasajes paralelos26. Saúl prohibió estrictamente la hechicería27. A su sombra solían cometerse no pocos crímenes. Entre los babilonios, la magia estaba muy extendida para conjurar los posibles males provenientes de determinados genios maléficos. Había ciertos conjuradores oficiales (los asipu). En los dos primeros artículos del código de Hammurabi se arremete contra los hechiceros. Pero se les condena a éstos por el daño social que hacían, mientras que en la legislación mosaica se les condena porque sus actos son considerados como idolátricos y supersticiosos28. El hablar de la mujer hechicera es porque, como en Babilonia, las mujeres se prestaban mejor para estas prácticas29. Las leyes asirias prescriben la pena de muerte para los brujos30, mientras que las hititas imponen sólo una multa31.
Contra La Bestialidad. -Aquí se prescribe la muerte del que tuviera comercio sexual con una bestia (v.18). En el Levítico se prescribe, además, la muerte de la bestia32. El código hitita impone también la pena de muerte al reo de bestialidad, a menos que el rey le haga gracia33. Herodoto alude al vicio de bestialidad en algunos templos egipcios34. En la epopeya de Gilgamés se habla de los amores de Istar con el león y el caballo. El amigo de Gilgamés, Enkidu, aparece también viviendo familiarmente con las fieras del campo. Entre los cananeos este vicio estaba bastante extendido. La ley mosaica, al decretar la muerte contra tales vicios, quiere extirpar el vicio de raíz, pues en pueblos de pastores no son raras tales aberraciones.
Contra Los Sacrificios A Los ídolos (v.18). La condenación a la misma pena de muerte del que ofrezca sacrificios a los dioses extraños no significa más que el juicio que este delito merecía al legislador, pero no que se castigara siempre con esta pena, pues muchas veces leemos en la Escritura que Israel se dejaba llevar de los dioses extraños, sin que se aluda a la pena capital por este pecado. Sólo en un caso leemos que esta ley se haya aplicado: el de Matatías, de la época de los Macabeos35. Pero el delito era, según la mentalidad antigua, digno de tal pena, por cuanto la vida y felicidad del pueblo estaba ligada a la fidelidad a Yahvé, con el que estaba la nación israelita obligada por una alianza estrecha. Esta alianza quedaba rota desde el momento que se rendía culto a otros dioses fuera de Yahvé, que no admitía competidores en su santuario. El Deuteronomio insistirá mucho en este punto esencial para la vida religiosa y nacional de Israel.
En la formulación de la pena por la idolatría se habla por primera vez de la condenación al anatema (jérem), expresión que alude a la consagración de una cosa a Dios por la muerte. Los objetos condenados al jérem se convertían en propiedad de la divinidad, y no podían ser utilizados por el hombre. Los hombres entregados al anatema debían ser muertos. Esta institución aparece también mencionada en la estela de Mesa, en Moab. Pero de esta costumbre, la palabra jérem pasó a ser sinónima de exterminio en general, y así hay que entenderla en este v.19, en el que los idólatras son condenados al jérem36.
Ordenaciones a Favor de los Extranjeros (v.20). El legislador tiene una especial preocupación de proteger a los débiles y desamparados, como los extranjeros, los huérfanos y las viudas. Los profetas representantes del mejor espiritualismo en la tradición israelita recalcarán estos deberes sociales como algo fundamental en la vida religiosa y como condición necesaria para obtener la benevolencia divina. Entre los nómadas, el extranjero o peregrino fuera de su tribu queda bajo la protección de aquella en que está. El gér (peregrino-forastero) en Israel es considerado como miembro permanente de la misma comunidad israelita. El recuerdo de la esclavitud egipcia sirvió para que el legislador inculcara la comprensión para con los extranjeros y peregrinos, como seres desamparados de los suyos37. Dios garantiza los derechos fundamentales de ellos, como en general los de los oprimidos, y terminará por vengarlos como la sangre de Abel38. En el Deuteronomio esta ordenación favorable al extranjero será particularmente recomendada y ampliada39.
Protección de las Viudas y de los Huérfanos (v.21). -En la misma línea que la ley anterior, Dios prohibe hacer perjuicios a los desamparados, como la viuda y el huérfano. En tiempos en que no había ninguna organización de previsión social en favor de estos seres desventurados, esta ley era la única salvaguardia de los derechos mínimos de ellos. La moral religiosa en Israel siempre se ha distinguido por su preocupación de los intereses sociales de la comunidad40
Prohibición del Préstamo a Usura (v.22). Contra esta gran plaga de la usura en la antigüedad, el legislador hebreo proclama que ha de prestarse al pobre sin interés pecuniario (v.24). Conviene advertir que, a diferencia de nuestros días, en que los hombres de negocios y los Estados contraen empréstitos para emprender obras productivas, en los tiempos pasados eran los pobres los que acudían al usurero para atender a sus necesidades del momento, con lo que aumentaban su miseria. Los profetas atestiguan que, a pesar de la Ley, el préstamo usurario era frecuente en Israel, y una página histórica de Nehemías nos hace ver hasta qué extremo gravaba la usura al pobre pueblo, que, obligado por la necesidad, acudía al usurero sin entrañas41. Pero tal vez pudiéramos sacar de esta ley que lo mejor es enemigo de lo bueno. El que presta a un pobre, corre el riesgo de perder lo prestado, y esta consideración sería una razón que movería a no prestar, y entonces el pobre quedaría en peor condición. El capital prestado se podía asegurar con alguna prenda, una especie de hipoteca que garantiza el capital, pero aquí (v.25s) se ponen cortapisas elementales a este derecho, en cuanto que no se ha de privar al pobre de sus necesidades primarias como el vestirse. Por eso, si el prestamista tiene en prenda el manto del pobre, debe devolvérselo antes de la noche, para que pueda defenderse del relente (v.26)42. El profeta Amos se indigna contra los ricos que hacen caso omiso de esta prescripción de humanitarismo elemental43.
En el código de Hammurabi se regula el préstamo a interés, fijando tasas y amenazando con la pena de la pérdida de lo prestado al que exigiera mayores intereses44.
Contra la Blasfemia y la Maldición (v.27). En este versículo se junta la proscripción de las palabras injuriosas contra Dios y contra las autoridades o príncipes. La primera es castigada con la pena de muerte en la legislación levítica45. Ë Jesucristo los judíos le condenarán a muerte por haber blasfemado atribuyéndose prerrogativas divinas46. No se determina la pena por la maldición contra la autoridad, porque se supone que tiene medios de reprimir tal osadía.
Diezmos y Ofrendas Sagradas (v.28-29). El diezmo era el atributo o la ofrenda que se hacía a Dios (v.28) o a los sacerdotes, sus servidores. Jacob lo prometió a Dios si volvía sano y salvo de Aram, adonde se encaminaba47. No está claro a quién pagó luego este diezmo, pero el Deuteronomio dice que debía consumirse ante Yahvé en compañía de los pobres48. El mismo nos habla de un diezmo trienal, destinado a los pobres de la ciudad49. Más tarde veremos que el diezmo se convierte en el patrimonio de la clase levítica, de la cual se dice que tiene a Dios por heredad50. Todo esto nos muestra que el concepto de diezmo ha experimentado una evolución grande en el curso de la historia de Israel. El diezmo de la era y del lagar (v.28) era el tributo de los labradores, mientras que los primogénitos de los ganados (v.28b) lo eran de los pastores o ganaderos.
El origen de los diezmos consagrados a la divinidad costumbre corriente en muchos pueblos primitivos parece basarse en el sentimiento de pertenencia de las cosas al Creador; por eso, antes de servirse de los productos de la tierra, el hombre debía ofrecerlos a Dios, para santificar de algún modo los mismos51.
Lo mismo se ha de decir respecto de los primogénitos de los animales. Ya antes hemos visto expresado el mandato de ofrecer todo primogénito a Yahvé52. La entrega de los primogénitos de los hombres consagrados a Yahvé era sustituida por la circuncisión53. Nunca en Israel se permitió legalmente el sacrificio de niños a Yahvé, como ocurría entre los cananeos54. En la legislación posterior se concretará el modo de la ofrenda de los primogénitos del hombre55.
Invitación a la Santidad (v.30). ¿De qué santidad se trata, de la ritual, o pureza legal, o de la santidad moral? Si en el primer caso, la frase Sed para mí santos hay que unirla a la que sigue, relativa a la prohibición de comer carne despedazada en el campo. El animal encontrado descuartizado en el campo es impuro, porque conserva su sangre56. Si la frase Sed para mí santos se toma en sentido moral, entonces habría que considerarla como la conclusión de las prescripciones de tipo moral (protección a los desamparados, etc.), que acabamos de comentar. En ese supuesto, parece que está aquí desplazado, y su lugar propio será después Deu_23:957. Más tarde encontraremos la fórmula interesante: Sed santos, porque yo soy santo58, expresión que implica, como veremos, un sentido de pureza legal, pero sobre todo moral. Yahvé es el santo trascendente, y, al elegir a Israel, quiere que viva en una atmósfera ritual y moral superior a la de los otros pueblos gentiles, es decir, acercarse a la santidad de Yahvé59.

1 Cf. Jaussen, o.c., p.185. 2 Leyes hititas I 57.68. 3 En las Doce Tablas se prescribía algo parecido: Si nox furtum factum est, si im (eum) occisit, iure caesus esto (VIII 12). 4 Cód. de Ham. art.6. 5 Ibid., art.8. 6 Ibid., art.87. 7 Leyes hit. II 7. 8 Cód. deHam. art.125. 9 Ibid., art.203. 10 Ibid., art.266. 11 Ibid., art.244. 12 Ibid., art.245. 13 Ibid., art.240. 14 Ibid., art.247. 15 Ibid., art.248. 16 Ibid., art.249. 17 Leyes hitit. I 76. 18 Cf. Gen_34:15. 19 Leyes asirias art.54s. 20 B. Courayer, L'Exode (Bib. de Jér.) p.107. 21 Cf. Gén c.29. 22 A. Clamer, o.c., p.200. 23 Cód. de Ham. art.155. 24 Ibid., art.159-161;163-164. 25 A. Jaussen, o.c., p.49. 26 Cf. Lev_19:26; Lev_19:31; Lev_20:6; Lev_20:27; Deu_18:85. 27 Cf. 1Sa_28:3-9. 28 Cf. Deu_18:16. 29 Cf. Ch. Jean, Milieu Biblique III 399. 30 Leyes as. art.47. 31 Leyes hitit. II 55. 32 Cf. Lev_20:135; Lev_18:23. 33 Leyes hit. art.i87s. 34 Cf. Herodoto, II 46. 35 Cf. 1Ma_2:235. 36 Sobre esto véase el art. Herem de DBS II 205-206.262-263. 37 Cf. Lev_27:28-29; Deu_7:2. 38 Cf. Gen_4:10. 39 Cf. Deu_10:185; Deu_24:175. 40 Este sentimiento de humanitarismo para los desamparados aparece también entre los pueblos gentiles. Así dice Amenheme I de Egipto: He dado al pobre y alimentado al huérfano. Cf. Mallon, Le hébreux en égypte p.81. En los textos de Ras Samra se dice del sabio Danel: Juzga el proceso de la viuda y manten el derecho del huérfano. Cf. Dussaud, Les découvertes de Ras Shamra et ? Ancien Testament 2.a ed. p.149. Citados por A. Clamer, o.c., P.202. 41 Cf.Neh 5; 1s. 42 Cf. Deu_24:12-13. 43 Cf. Amo_2:8. 44 Cód. de Ham. art.58-85· 45 En la Vg., siguiendo a los LXX, se dice diis en pl., traduciendo el heb. Elohim. Por ello, Fl. Josefo entiende el diis de las divinidades paganas, mientras que el Targum de Onkelos lo entiende de los magistrados del santuario. La palabra que traducimos por príncipe, en heb. ndsi', significa lit.: el que está levantado sobre otros, es sinónimo de autoridad. San Pablo recuerda este precepto ante el sanhedrin judío (Hec_23:6). 46 Cf. Gen_14:20. 47 Cf. Gen_28:32. 48 Cf. Deu_14:22-24. 49 Ibid.,Deu_26:12. 50 Num_18:15-22. 51 Cf. Lev_19:23; Lev_23:10-11. 52 Cf. Exo_13:1-2.11-13. 53 Cf. Cazelles, o.c., p.83-84- 54 Cf. 1Sa_16:34; 2Sa_16:3; 2Sa_21:5. 55 Cf. Num_3:11-13; Num_18:15-18; Lev_27:26-27; Deu_15:19-23. 56 Cf. Lev_17:15. 57 Es la opinión, entre otros, de A. Clamer, o.c., p.2O4. 58 Lev_11:445. 59 Sobre la santidad de Yahvé véase P. Van Imschoot, Théologie de VAncien Testa-ment I (Tournai 1954) p.42.

King James Version (KJVO) (1611)



Chapter XXII.

1 Of theft. 5 Of dammage. 7 Of trespasses. 14.Of borrowing. 16 Of fornication. 18 Of witchcraft. 19 Of bestialitie. 20 Of idolatrie. 21 Of strangers, widowes, and fatherlesse. 25 Of vsurie. 26 Of pledges. 28 Of reuerence to Magistrates. 29 Of the first fruits.

[Diuers lawes, and ordinances.]

1 If a man shal steale an oxe, or a [ Or, goate .] sheepe, and kill it, or sell it; he shall restore fiue oxen for an oxe, and [ 2Sa_12:6 .] foure sheepe for a sheepe.
2 If a thiefe bee found breaking vp, and be smitten that he die, there shal no blood be shed for him.
3 If the Sunne be risen vpon him, there shall be blood shed for him: for hee should make full restitution: if he haue nothing, then he shall bee sold for his theft.
4 If the theft be certainely found in his hand aliue, whether it bee oxe or asse, or sheepe, he shall restore double.
5 If a man shall cause a field or vineyard to be eaten, and shall put in his beast, and shall feede in another mans field: of the best of his owne field, and of the best of his owne vineyard shall he make restitution.
6 If fire breake out, and catch in thornes, so that the stackes of corne, or the standing corne, or the field be consumed therewith; hee that kindled the fire, shall surely make restitution.
7 If a man shal deliuer vnto his neighbour money or stuffe to keepe, and it be stollen out of the mans house; if the thiefe be found, let him pay double.
8 If the thiefe be not found, then the master of the house shall be brought vnto the Iudges, to see whether he haue put his hande vnto his neighbours goods.
9 For all maner of trespasse, whether it be for oxe, for asse, for sheepe, for raiment, or for any maner of lost thing, which another challengeth to be his: the cause of both parties shall come before the Iudges, and whome the Iudges shall condemne, he shall pay double vnto his neighbour.
10 If a man deliuer vnto his neighbour an asse, or an oxe, or a sheepe, or any beast to keepe, and it die, or be hurt, or driuen away, no man seeing it,
11 Then shall an othe of the Lord be betweene them both, that hee hath not put his hand vnto his neighbours goods: and the owner of it shall accept thereof, and he shall not make it good.
12 And [ Gen_31:39 .] if it be stollen from him, he shall make restitution vnto the owner thereof.

[Diuers lawes, and ordinances.]

13 If it be torne in pieces, then let him bring it for witnesse, and hee shall not make good that which was torne.
14 And if a man borrowe ought of his neighbour, and it be hurt, or die, the owner thereof being not with it, he shall surely make it good.
15 But if the owner thereof be with it, he shall not make it good: If it bee an hired thing, it came for his hire.
16 And [ Deu_22:28 .] if a man entice a maide that is not betrothed, and lie with her, he shall surely endow her to be his wife.
17 If her father vtterly refuse to giue her vnto him, he shall [ Hel. weigh.] pay money according to the dowrie of virgins.
18 Thou shalt not suffer a witch to liue.
19 Whosoeuer lieth with a beast, shall surely be put to death.
20 [ Deu_13:13-15 ; 1Ma_2:24 .] Hee that sacrificeth vnto any god saue vnto the Lord onely, hee shall be vtterly destroyed.
21 [ Lev_19:33 .] Thou shalt neither vexe a stranger, nor oppresse him: for ye were strangers in the land of Egypt.
22 [ Zachariah 7.10.] Yee shall not afflict any widow, or fatherlesse child.
23 If thou afflict them in any wise, and they crie at all vnto mee, I will surely heare their crie.
24 And my wrath shall waxe hote, and I will kill you with the sword: and your wiues shall be widowes, and your children fatherlesse.
25 [ Lev_25:37 ; Deu_23:19 ; Psa_15:5 .] If thou lend money to any of my people that is poore by thee, thou shalt not be to him as an vsurer, neither shalt thou lay vpon him vsurie.
26 If thou at all take thy neighbors raiment to pledge, thou shalt deliuer it vnto him by that the sun goeth downe.
27 For that is his couering onely, it is his raiment for his skinne: wherein shal he sleepe? and it shal come to passe, when he crieth vnto mee, that I will heare: for I am gracious.
28 [ Act_23:5 .] Thou shalt not reuile the [ Or, Iudges ] Gods, nor curse the ruler of thy people.
29 Thou shalt not delay to offer the [ Hebrew: thy fulnesse.] first of thy ripe fruits, and of thy [ Hebrew: Teare.] liquors: [ Lev_13:2 ; Lev_13:12 ; Leviticus 34.19.] the first borne of thy sonnes shalt thou giue vnto me.
30 Likewise shalt thou do with thine oxen, and with thy sheepe: seuen dayes it shall be with his damme, on the eight day thou shalt giue it me.
31 And ye shall be holy men vnto me: [ Lev_22:8 ; Eze_44:31 .] neither shall ye eate any flesh that

[Diuers lawes, and ordinances.]

is torne of beasts in the field: yee shall cast it to the dogs.

La Biblia de Nuestro Pueblo (Liturgical Press, 2006),

Legislación apodíctica. La legislación apodíctica -es decir, una serie de mandatos en imperativo- va realmente hasta 23,19. En muchos de sus aspectos incluso supera a los diez mandamientos; al insistir en el amor y la misericordia debidos al prójimo, supera la mera preocupación ética y la equidad del decálogo. Aunque el contexto narrativo nos sitúa en el Sinaí, durante la promulgación del código de la Alianza, todos estos preceptos y normas suponen una larga experiencia de Israel como pueblo en tierra cananea. Cuando Israel tiene que volver a reflexionar sobre su pasado, su origen y sus compromisos fundacionales, proyecta hacia el origen del pueblo aquellas normas que considera necesarias para mejorar su presente y, sobre todo, para caminar más seguro hacia el futuro. Algunas leyes reflejan una sensibilidad y una gran sintonía con el querer de Dios (20-26); otras, por el contrario, pueden parecernos demasiado injustas y hasta contrarias a la voluntad de Dios. No es posible descontextualizarlas ni juzgarlas desde nuestros criterios actuales, pero tampoco podemos quedarnos con la idea simplista de que Dios permitía todo eso porque se trataba de un pueblo en formación. Dios nunca quiso ni querrá cosas semejantes; es la conciencia misma del pueblo la que proyecta como voluntad de Dios aquello que considera bueno en un determinado momento, y Dios asume ese riesgo de aparecer «a posteriori» como un ser injusto e insensible en ciertos aspectos.

Sagrada Biblia (Conferencia Episcopal Española, 2011)

*20:22-24:11 El Código de la alianza recibe su nombre de Éxo 24:7. Comienza y termina con leyes religioso-cultuales (Éxo 21:22-26 y Éxo 23:12-19), entre las que se insertan otras de tipo humanitario y social. Esta disposición da a entender que las relaciones con Dios deben orientar las que se tienen con los demás.

Dios Habla Hoy (Sociedades Bíblicas Unidas, 1996)



Dios Habla Hoy 1996 Notes:



[1] 22.20 Condenado a muerte: la expresión se refiere a la costumbre de consagrar algo a Dios destruyéndolo por completo. Algunas versiones traducen será anatema, empleando una palabra griega que tiene el mismo sentido.

[2] 22.28 La blasfemia se castigaba con la pena capital (Lv 24.15-16).

[3] 22.29 Lv 23.9-14; Dt 26.1-11.

[4] 22.31 Esta carne era considerada impura porque no había sido debidamente desangrada. Cf. Hch 15.29.

Nueva Biblia de Jerusalén (1998) - referencias, notas e introducciones a los libros


REFERENCIAS CRUZADAS

[1] Ecl_10:20; Hch_23:5

Nueva Biblia de Jerusalén (Desclée, 1998)


REFERENCIAS CRUZADAS

[1] Ecl_10:20; Hch_23:5

Torres Amat (1825)



[1] 2 Sam 12, 6.

[2] Por el espíritu de caridad de la ley nueva, no le es lícito a un cristiano quitar la vida a quien intenta robarle.

[12] Gen 31, 39.

[16] Deut 22, 28.

[22] Zac 7, 10.

[26] Deut 24, 13.

[28] Superiores que representan a Dios.

[29] Ex 13, 2-12; 34, 19; Ez 44, 30.

[31] Lev 22, 8.

Biblia Peshitta en Español (Holman, 2015)

a Ecl 10:20; Hch 23:5

Biblia Textual IV (Sociedad Bíblica Iberoamericana, 1999)

ni maldecirás... de tu pueblo. LXX: de los jefes de tu pueblo no hablarás malHch 23:5.

Reina Valera (Sociedades Bíblicas Unidas, 1960)

No injuriarás a los jueces,12 ni maldecirás al príncipe de tu pueblo.h

12 O, a Dios.

h Hch 23:5.

Libro del Pueblo de Dios (San Pablo, 1990)



7-8. Las partes en litigio debían comparecer "ante Dios", es decir, ante el sacerdote, que pronunciaba la sentencia en nombre del Señor.

Nueva Versión Internacional (SBI, 1999)

[b] No blasfemes nunca contra Dios. Alt. Nunca desprecies a los jueces.

Jünemann (1992)


28 j. Jueces, seres divinos, de autoridad divina.


Biblia Latinoamericana (San Pablo, 1995)



[=] *Ex 13:1