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«Al cabo de muchos años he venido a traer limosnas a los de mi nación y a presentar ofrendas. (Hechos 24, 17) © Nueva Biblia de Jerusalén (Desclee, 1998)

Comentario al Nuevo Testamento (Serafín de Ausejo, 1975)



CAPÍTULO 24

2. VISTA DE LA CAUSA ANTE EL PROCURADOR FéLIX (24, 1-27).

a) Acusación de los judíos (Hch/24/01-09).

1 Pasados cinco días, bajó el sumo sacerdote Ananías con algunos ancianos y un abogado, un tal Tértulo, para presentar denuncia ante el procurador contra Pablo. 2 Citado [éste] a juicio, comenzó Tértulo su acusación diciendo: «La gran paz de que disfrutamos, gracias a ti, y las mejoras hechas a esta nación por tu providencia, 3 siempre y en todas partes las recibimos, excelentísimo Félix, con inmensa gratitud. 4 Mas, para no cansarte demasiado, te ruego nos escuches brevemente con tu probada clemencia. 5 Porque hemos topado con esta peste de hombre, promotor de tumultos entre todos los judíos dispersos por el mundo, como cabecilla de la secta de los nazarenos, 6 el cual incluso ha intentado profanar el templo, y del que hemos logrado apoderarnos [y quisimos juzgarlo según nuestra ley. 7 Pero el tribuno Lisias vino y nos lo arrebató de las manos, 8 y te lo envió]. Por él podrás tú mismo, interrogándolo sobre todas estas cosas, descubrir de qué lo acusamos nosotros.» 9 Apoyaban también los judíos, afirmando que así era en realidad.

Los judíos, forzados por la firme actitud de los romanos, tienen que recurrir al procedimiento judicial. El hecho de que consientan en ir a Cesarea es una prueba de su decisión de valerse de la sentencia del procurador para condenar a Pablo y apoderarse de él. Entra en juego la pasión de un fanatismo ciego que no conoce razones. Esto nos hace pensar en el proceso contra Jesús, en el que no se dejó piedra por mover a fin de inducir al procurador Pilato a pronunciar sentencia. La situación en Cesarea tiene también semejanza con el proceso ante Pilato, por cuanto que Pablo comparece ante un procurador que, si bien querría favorecerle, sin embargo, de la misma manera que Pilato, no mantiene su convicción con tanta resolución como, por ejemplo, el procónsul Galión en Corinto (18,18 ss). La observación de 24,26, donde se dice que Félix esperaba que Pablo le daría dinero, y el hecho de haber dado largas durante dos años sin adoptar una decisión clara, y de que, en el momento de su traslado, «deseando hacer favor a los judíos, Félix dejó a Pablo en la cárcel» (24,27), no son realmente una recomendación de Félix. Sin embargo, el que, no obstante todas las presiones de los judíos, no entregara a Pablo, muestra que tampoco él halló la menor razón jurídica para condescender con los acusadores judíos.

Pablo viene designado como «cabecilla de la secta de los nazarenos». Esto es indirectamente un testimonio del puesto directivo y prestigioso que ocupaba Pablo en la Iglesia. La palabra «secta», que en sí es una calificación anodina de un determinado grupo o partido (5,17; 15,5; 26,5), tiene aquí, a todas luces, un sentido despectivo, lo cual se confirma todavía por el calificativo de nazarenos que se da también despectivamente a los cristianos. En el Nuevo Testamento sólo se halla en este pasaje. La acusación de profanación del templo es presentada intencionadamente por el abogado. En efecto, los romanos se habían comprometido a reconocer y proteger las disposiciones judías a este respecto. Los judíos habían hecho detener a Pablo por la policía del templo precisamente como profanador del templo, y Tértulo presenta hábilmente la cosa, como si el acusado sólo hubiese sido arrestado por profanación del templo, mientras que habría sido precisamente el tribuno romano el que les había privado de la posibilidad de juzgar a Pablo conforme a su derecho. En todo caso, la circunstancia de que querían juzgarlo según su ley es sólo una variante de la tradición manuscrita que muestra la inseguridad de este aserto.

b) Defensa de Pablo (Hch/24/10-21).

10 Y respondió Pablo, cuando el procurador, con el gesto, le concedió la palabra. «Sabiendo que llevas muchos años de juez en esta nación, me siento animado a defender mi propia causa. 11 Tú mismo podrás cerciorarte de que no hace más de doce días que subí a Jerusalén a adorar. 12 Y ni en el templo, ni en las sinagogas, ni por la ciudad me encontraron discutiendo con ninguno ni promoviendo motines entre la turba. 13 Ni pueden probar ante ti ninguna de las acusaciones que ahora me hacen. 14 Una cosa te confieso: que según el Camino que llaman secta, así sirvo al Dios de mis padres, creyendo todo lo que está de acuerdo con la ley y escrito en los profetas, 15 y teniendo en Dios la esperanza que ellos mismos tienen: que ha de haber resurrección de justos y pecadores. 16 Por ello también yo me esfuerzo en tener continuamente una conciencia irreprochable ante Dios y ante los hombres. 17 Y después de muchos años me presenté a traer limosnas a los de mi nación y a ofrecer oblaciones. 18 Fue así como me encontraron recién purificado en el templo, no con turbas ni con tumulto. 19 Y son algunos judíos de Asia los que deberían comparecer ante ti y acusarme si algo tuvieren contra mí. 20 O que estos mismos digan qué delito encontraron cuando comparecí ante el sanedrín, 21 fuera de esta sola frase que pronuncié estando de pie en medio de ellos: "A cuenta de la resurrección de los muertos estoy siendo juzgado por vosotros hoy".»

Pablo es abogado en su propia causa. El acusado comienza su defensa expresando su confianza en el procurador Félix, que fue procurador del año 52 al 60 (53-61 [?]) y de hecho en los «muchos años» que llevaba de «juez», es decir, de titular de la suprema instancia administrativa y judicial, había podido adquirir gran experiencia y conocimiento de las condiciones en Judea. No trata de refutar la acusación punto por punto, sino que únicamente menciona las acusaciones principales. Desde luego, la forma del discurso se debe a la labor literaria de Lucas, que, sin embargo, podría haberse basado en experiencia personal o en informaciones seguras.

Pablo no es revolucionario en el sentido de la acusación, ni rebelde contra el orden constituido. En realidad es revolucionario, pero de manera muy especial. Como Jesús, con su mensaje del reino de Dios había sacudido las ideas y representaciones petrificadas y había tratado de mover a los hombres en su interior, lo mismo había hecho Pablo. De ello tiene plena conciencia. «Una cosa te confieso: que según el Camino que llaman secta, así sirvo al Dios de mis padres.»

Pablo sabe que éste es el verdadero tropiezo para el judaísmo. Y así trata de mostrar, como lo había hecho ya repetidas veces, que el camino de salvación, que ellos llaman con desprecio «secta», no es en el fondo otra cosa que el mensaje bien entendido de la ley y de los profetas. Como ya en su discurso ante el pueblo judío (22,14) había hablado del «Dios de nuestros padres», situándose así sobre la base común de la fe, así lo hace ahora también ante el tribunal, en presencia de los jerarcas del judaísmo. Y una vez más señala también que tiene «en Dios la esperanza que ellos mismos tienen», y con ello la esperanza de la consumación de la salvación en los últimos tiempos, en la resurrección de todos los hombres, «justos y pecadores».

Es ésta una contraprueba sorprendente. Se tacha a Pablo de traidor a la religión de los padres, y él protesta que, aun en su calidad de cristiano, «sirvo al Dios de mis padres». Se le acusa como «peste de hombre y promotor de tumultos», y él se sabe unido con sus acusadores «teniendo la misma esperanza en Dios» y creyendo que ha de haber «resurrección». Esta argumentación es audaz y provocadora, y sin embargo Pablo no se sale en absoluto del mensaje de Jesús, que según Mat_5:17 dice, rechazando los reproches de los judíos: «No vayáis a pensar que vine a abolir la ley o los profetas; no vine a abolir, sino a dar cumplimiento.» Mantener firmemente la conexión de la nueva revelación con lo recibido por tradición, y hacer comprender que el Evangelio era la consumación de lo anterior, tal era el gran objetivo de Jesús, como lo era el de la primitiva Iglesia, sobre todo allí donde el mensaje cristiano se encontraba con la fe judía.

Por supuesto, que esta visión conjunta de1 Antiguo Testamento y del Nuevo se servía, con frecuencia, de una audaz interpretación de la letra del Antiguo Testamento cuando quería hacer creíble la continuidad interna, se echa de ver por la interpretación de la Escritura en los textos neotestamentarios, que más de una vez parece algo atrevida. También Pablo se hace cargo de esto, pero sabe que sólo donde se sirve al Espíritu y no a la letra (cf. Rom_7:6; 2Co_3:6) se puede mostrar el sentido de teología de la salvación de la revelación veterotestamentaria. Cuando la fe es capaz de experimentar la acción de Dios en Cristo Jesús y captarla a la luz del Espíritu Santo, es lícito y posible buscar y ver el anuncio de este misterio también en la revelación veterotestamentaria. Sin embargo, dado que tal fe sólo se otorga a quien se abre a la gracia del Dios que se revela, estaba vedado al judaísmo -y tal es el impresionante testimonio de los Evangelios, como el de Pablo- ver y comprender la conexión en la historia de la salvación, entre el Evangelio y Antiguo Testamento.

Pablo alude a su comparecencia ante el sanedrín para protestar una vez más su inocencia. ¿O quiere acaso, como entonces, apelar a los fariseos que se hallan entre sus acusadores, para dividir de nuevo a los judíos? ¿Había siquiera fariseos entre ellos? Nuestro texto (2Co_24:1) sólo habla del «sumo sacerdote Ananías con algunos ancianos y un abogado». Así, difícilmente podía contar con el apoyo de los fariseos como en la sesión del sanedrín. Pero una vez más hace resonar con especial intención las palabras que había pronunciado entonces: «A cuenta de la resurrección de los muertos estoy siendo juzgado por vosotros hoy.» Esto lo entiende en sentido del mensaje cristiano, pero al mismo tiempo de tal forma que interese la fe de los judíos, a fin de poner de manifiesto lo insostenible de la acusación.

c) Dilación de la causa (Hch/24/22-27).

22 Félix, que estaba muy enterado de las cosas relativas al Camino, difirió la causa y les dio largas, diciendo: «Cuando baje el tribuno Lisias, resolveré vuestro asunto.» 23 Y ordenó al centurión que Pablo siguiera bajo custodia, pero que disfrutara de cierta libertad y que no se impidiera a ninguno de los suyos que le prestara servicios. 24 Al cabo de algunos días, se presentó Félix con su mujer Drusila, que era judía, hizo llamar a Pablo y lo escuchó sobre la fe en Cristo Jesús. 25 Pero cuando Pablo tocó el tema de la justicia, de la continencia y del juicio venidero, Félix, atemorizado, interrumpió: «Por ahora, vete. Cuando tenga ocasión propicia, te llamaré.» 26 Esperaba, por otra parte, que Pablo le daría dinero. Y por ello con frecuencia lo mandaba llamar para hablar con él. 27 Pero cumplido un bienio, Félix recibió como sucesor a Porcio Festo. Y deseando hacer favor a los judíos, Félix dejó a Pablo en la cárcel.

Félix está convencido de que Pablo comparece ante él como víctima del fanatismo judío. En realidad, podía estar «muy enterado de las cosas relativas al Camino» (24,22). En efecto, su tercera mujer, Drusila, a la que se refiere el texto, era una princesa judía, hija de Agripa 1, del que se ha hablado en 12,1 ss, y hermana de Agripa I y de Berenice, con los que nos encontraremos en el capítulo siguiente. No será superfluo hacer notar que Félix había logrado con la ayuda de un mago que Drusila, que estaba casada con el rey de Emesa Azizo, perdiera el afecto a su esposo y se le entregara a él. Se comprende que, como dice el relato, Félix quedara «atemorizado» cuando Pablo les habló a él y a Drusila «de la justicia, de la continencia y del juicio venidero», al tratar de la fe en Jesucristo. Las personas que se hallan en tal situación esquivan serios planteamientos y discusiones. Su propia vida está demasiado en contradicción con lo que les podría decir el testimonio del predicador, como también la voz de la conciencia agitada en lo más hondo de su ser. En todo caso hay que anotar en el haber de Drusila que no se vengara de Pablo y exigiera su muerte como otrora la mujer ilegal de Herodes Antipas 30. Cierto que una forma más tardía del texto intentó hacer a Drusila responsable de que Félix, en el momento de abandonar el cargo, dejara a Pablo en la cárcel, entregándolo así a una suerte incierta.

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30. Cf. Mar_6:14 ss; Mat_14:1 ss; Luk_3:19 s.



Biblia Comentada, Profesores de Salamanca (BAC, 1965)



El proceso ante Félix, 24:1-21.
1 Cinco días después bajó el sumo sacerdote Ananías con algunos ancianos y cierto orador llamado Tértulo, los cuales presentaron al procurador la acusación contra Pablo. 2 Citado éste, comenzó Tértulo su alegato, diciendo: 3 Gracias a ti, óptimo Félix, gozamos de mucha paz, y por tu providencia se han hecho en esta nación convenientes reformas, que en todo y por todo hemos recibido de ti con suma gratitud. 4 No te molestaré más; sólo te ruego que me oigas brevemente, con tu acostumbrada bondad. 5 Pues bien, hemos hallado a este hombre, una peste, que excita a sedición a todos los judíos del orbe y es el jefe de la secta de los nazarenos. 6 Le prendimos cuando intentaba profanar el templo, y quisimos juzgarle según nuestra Ley; 7 pero llegó Lisias, el tribuno, con mucha fuerza, y le arrebató de nuestras manos, mandando a los acusadores que se presentasen a ti. 8 Puedes, si quieres, interrogarle tú mismo, y sabrás así por él de qué le acusamos nosotros. 9 Los judíos, por su parte, confirmaron lo dicho declarando ser así. 10 Pablo, una vez que el procurador le hizo señal de hablar, contestó: Sabiendo que desde muchos años ha eres juez de este pueblo, hablaré confiadamente en defensa mía. 11 Puedes averiguar que sólo hace dos días que subí a Jerusalén para adorar, 12 y que ni en el templo, ni en las sinagogas, ni en la ciudad, me encontraron disputando con nadie o promoviendo tumultos en la turba, 13 ni pueden presentarte pruebas de las cosas de que ahora me acusan. 14 Te confieso que sirvo al Dios de mis padres con plena fe en todas las cosas escritas en la Ley y en los Profetas, según el camino que ellos llaman secta, 15 y con la esperanza en Dios que ellos mismos tienen de la resurrección de los justos y de los malos. 16 Según esto, he procurado en todo tiempo tener una conciencia irreprensible para con Dios y para con los hombres. 17 Después de muchos años he venido para traer limosnas a los de mi nación y a presentar mis oblaciones. 18 En esos días me encontraron purificado en el templo, no con turbas ni produciendo alborotos. 19 Son algunos judíos de Asia los que deberían hallarse aquí presentes para acusarme, si algo tienen contra mí. 20 Y si no, que estos mismos digan si, cuando comparecí ante el sanedrín, hallaron delito alguno contra mí, 21 como no fuera esta mi declaración, que yo pronuncié en medio de ellos: Por la resurrección de los muertos soy juzgado hoy ante vosotros.

Del procurador Félix, ante quien es presentada la causa de Pablo, tenemos bastantes datos por los historiadores profanos. Era hermano de Palante, el célebre favorito de Agripina, la madre de Nerón, y había sido nombrado procurador de Judea al final del reinado de Claudio (f 13 octubre del 54). Tácito, aludiendo a su condición de liberto, calificó su gobierno con una frase durísima, diciendo que ejerció el poder de un rey con el espíritu de un esclavo, recurriendo a todo género de crueldades y lascivias. Tenía la manía de emparentarse con familias reales, de ahí que Suetonio lo describa como el marido de tres reinas, una de las cuales es la Drusila mencionada en 24:24, hermana de Agripa II, y que antes había sido mujer de Aziz, rey de Emesa 199.
Los acusadores de Pablo llegaron cinco días después que éste, y Félix, haciendo llamar al acusado, mandó abrir la sesión (v.1-2). Al frente de los acusadores venía el sumo sacerdote Ananías, a quien acompañaban algunos ancianos, es decir, miembros del sanedrín que, al contrario que otros (cf. 23:9), se habían mostrado siempre acérrimos enemigos de Pablo (cf. 23:2.14). Traían como abogado a un tal Tértulo, personaje para nosotros desconocido, pero lo mismo su nombre que su modo de hablar, en esta nación (v.3), parecen indicar que no era judío; seguramente había sido buscado por estar más práctico que los judíos en el derecho romano.
El discurso de Tértulo (v.2-8), del que evidentemente no tenemos más que un resumen, está hecho con habilidad, cual corresponde a un abogado de oficio, aunque con un exordio demasiado adulatorio (v.3-4), en evidente contraste con la realidad de los hechos. Compárese con el exordio no menos hábil, pero mucho más sobrio, que luego hará Pablo (v. 10). Las acusaciones (v.5-8) las reduce a tres puntos: instigador de tumultos por todas partes (cf. 21:27-28); cabecilla de la secta de los nazarenos, término despectivo con que los judíos designaban a los cristianos (cf. 11:26), que no veían en el cristianismo sino una secta o partido dentro del judaismo; profanador del templo, con referencia al hecho que había motivado la detención del acusado (cf. 21:28-29). Los dos primeros cargos tenían más bien aspecto político, en cuanto encerraban una amenaza al orden público por el que tan solícitos se mostraban los romanos; el tercero era de carácter religioso, pero incluía una violación que la ley romana también sancionaba. Como es natural, los judíos allí presentes afirmaron ser verdad todo lo dicho por su abogado 200.
La defensa que hace Pablo, una vez que el procurador le hizo señal de que podía hablar, es perfecta, apelando sencillamente a los hechos y refutando cada uno de los tres cargos que le había hecho Tértulo. Comienza diciendo que habla con confianza, sabiendo que Félix lleva ya muchos años gobernando aquel país, y, por tanto, ha de estar práctico en semejantes cuestiones (v.10). Hábil captatio benevolentiae, aunque sin faltar a la verdad. Luego va refutando los cargos de alborotador (v.12-13), cabecilla sectario (v.14-16), profanador del templo (v. 17-18), haciendo notar al final la ausencia de los que debieran estar allí como testigos, puesto que fueron los que provocaron su detención (v.1g ; cf. 21:27), y añadiendo que los judíos mismos en el sanedrín no habían hallado en él crimen alguno (v.20-21).
En esta defensa de Pablo es de notar, sobre todo, lo que dice respecto de la segunda acusación, la de cabecilla de la secta (ðñùôïóôÜôçò ôçò áßñÝóåùò) de los nazarenos. Admite que él sigue de todo corazón el camino o forma de vida que los judíos llaman secta, al igual que se hablaba de la secta de los fariseos (15:5; 26:5) o de los saduceos (5:17), pero niega que eso sea separarse o renegar del judaísmo; al contrario, sigue sirviendo al Dios de sus padres, y creyendo en la Ley y en los Profetas, y teniendo la esperanza que ellos mismos tienen de la resurrección de los justos y de los malos (v.14-15). En resumen, que el cristianismo no es una secta o facción del judaísmo, sino que es el mismo judaísmo que entra en posesión de su esperanza secular; y los judíos, al rechazar a Cristo, reniegan de su propia tradición religiosa (cf. Rom_3:31; Rom_10:4). En cierto sentido, también aquí, como antes ante el sanedrín (Rom_23:6), une su causa a la teología de los fariseos.

Es diferida la causa,Rom_24:22-27.
22 Félix, que sabía bien lo que se refiere a este camino, difirió la causa, diciendo: Cuando venga el tribuno Lisias decidiré vuestra causa. 23 Mandó al centurión que le guardase, dejándole cierta libertad y permitiendo que los suyos le asistiesen. 24 Pasados algunos días, vino Félix con su mujer Drusila, que era judía, y mandó que viniese Pablo, y le escuchó acerca de la fe en Cristo. 25 Disertando él sobre la justicia, la continencia y el juicio venidero, se llenó Félix de terror. Al fin le dijo: Por ahora retírate; cuando tenga tiempo volveré a llamarte. 26 Entretanto, esperando que Pablo le diese dinero, le hizo llamar muchas veces y conversaba con él. 27 Transcurridos dos años, Félix tuvo por sucesor a Porcio Festo; pero queriendo congraciarse con los judíos, dejó a Pablo en la prisión.

La solución de Félix, difiriendo la causa (v.22), no deja de ser extraña. Parece que, a vista de la defensa de Pablo y del elogium de Lisias, lo lógico hubiera sido la absolución; tanto más que su larga experiencia de las cosas judías (cf. v.10), y viviendo en Cesárea, donde de antiguo existía una comunidad cristiana (cf. 8:40; 10:1-48; 21:8-14), Félix estaba bien informado de lo referente al cristianismo (v.22), y hubo de darse perfecta cuenta de lo fútiles que resultaban las acusaciones judías. Con todo, lo mismo que sucederá más tarde (cf. v.27), una grave dificultad andaba de por medio, y era el no disgustar al sanedrín; algo parecido a Pilato respecto de Jesús (cf. Jua_19:12), con la diferencia de que aquí se trataba de un ciudadano romano, y Félix no se atreve a poner a Pablo en manos de los judíos, por lo que recurre al cómodo expediente de diferir la decisión, con el pretexto de que ya resolvería cuando bajase a Cesárea el tribuno Lisias (v.22), cosa, sin embargo, de la que parece no volvió a acordarse.
El régimen de detención a que queda sometido San Pablo (v.23) es bastante suave. Se trataba de la llamada custodia militaris, que generalmente tenía lugar dentro de alguna fortaleza, como en este caso (cf. 23:35), o también en casas privadas (cf. 28:16). El detenido estaba sujeto a un soldado mediante una cadena, que iba del brazo derecho del preso al izquierdo del soldado; parece incluso que, en. lugares cerrados y seguros, se prescindía a veces de esta cadena. Desde luego, los así detenidos podían moverse con bastante libertad, recibir visitas, etc. Más suave aún era la llamada custodia libera, de ordinario sólo para personas distinguidas, bajo la fianza simplemente de algún personaje de cierta autoridad que se comprometía a responder del detenido. Una y otra eran muy diferentes de la custodia publica, equivalente a nuestras cárceles, como aquella en que metieron a Pablo en Filipos (cf. 16:23).
Pasados algunos días, Félix, acompañado de Drusila, tiene una entrevista con Pablo (v.24). Era esta Drusila la hija menor de Herodes Agripa I (cf. 12:1), hermana de Agripa II y de Berenice (cf. 25:13), casada con Aziz, rey de Emesa, del que se había separado para unirse a Félix. Murió junto con su hijo Agripa bajo la lava del Vesubio en el año 79 201. Es muy probable que la entrevista fuera buscada por Drusila, que muchas veces había oído hablar de Pablo y de sus ideas revolucionarias, y tuvo curiosidad de conocerle personalmente. Se habló de la fe en Cristo (v.24) Y parece que lo mismo Félix que Drusila escuchaban, si no con interés, sí con atención; mas cuando Pablo comenzó a hablar de la justicia, la continencia y el juicio venidero, eran temas que les afectaban demasiado directamente, y ya no quisieron seguir escuchando; el procurador se despide de Pablo con la fórmula cortés, de que cuando tenga tiempo, ya le volverá a llamar (v.25). Claro que ese tiempo nunca llegó, pues, aunque volvió a hacerle llamar muchas veces, no fue para que le aclarase estos temas, sino para ver si lograba que le diese dinero (v.26). Sin duda pensó que quien había conseguido entre sus seguidores abundantes cantidades para limosnas (cf. 24:17), también podía conseguirlas para obtener su libertad. Se ve en todo esto al hombre venal y disoluto, que nos pintan los historiadores profanos.
Y así pasan dos años, al fin de los cuales es llamado a Roma por Nerón, sucediéndole en el cargo Porcio Festo 202; pero, queriendo congraciarse con los judíos, dejó a Pablo en la prisión (v.27). Este último inciso parece dar por supuesto que Félix, al fin de esos dos años, debía haber dado libertad a Pablo, y que, si no lo hizo, fue contra todo derecho, para no desagradar a los judíos, de quienes podía temer protestas que le perjudicasen en Roma ante el emperador. Y es que probablemente ese término dos años (äéåôßá) está tomado como término técnico en derecho para designar la duración máxima de una detención preventiva, de modo que, pasado ese tiempo, si no había condenación, el detenido debía quedar en libertad; eso es lo que debió de suceder después en Roma, donde es probable que ni se presentasen siquiera los acusadores (cf. 28:30).

Nuevo Comentario Bíblico San Jerónimo. Nuevo Testamento (Verbo Divino, 2004)



117(ii) Audiencia ante el gobernador (24,1-23). Como es típico en los episodios dra(-)máticos lucanos, este relato está dominado por los discursos, no por uno sino por dos: una acusación del abogado (rhetor) de los judíos de Jerusalén (vv. 2-8) y el segundo discurso de autodefensa de Pablo (w. 10-21). Este último responde punto por punto al primero y está estructurado en paralelo con él: una inicial captatio benevolentiae (v. 10 = 2-4), refutación de las acusaciones (vv. 11-18 = 5-6), y una in(-)vitación al gobernador para que asuma la evi(-)dencia (vv. 19-21 = 8). También percibimos el paralelismo entre el proceso de Pablo y el de Jesús (Lc 222,66-23,25): sucesión de las au(-)diencias ante el sanedrín y el procurador (cf. Lc 21,12), insistencia en las acusaciones por los portavoces judíos, la esmerada combina(-)ción redaccional de acusaciones religiosas y políticas (cf. 25,8; Lc 23,2), y el fracaso final de los judíos en su intento de convencer a los ro(-)manos de la culpabilidad del acusado (cf. Radl, Paulus 211-21; Weiser, Apg. 627). 1. Ananías: cf. 23,2. Tértulo: El rhetor era proba(-)blemente un abogado formado tanto en legis(-)lación romana como judía. La puntillosa corrección de su procedimiento servirá so(-)lamente para subrayar el fracaso de los acu(-)sadores en la causa. 2. El favor de Félix es solicitado con estilo retóricamente elegante; sería mejor no buscar su conexión con la rea(-)lidad histórica. Tácito (Hist. 5.9) y Josefo (Ant. 20.8.5-9 § 160-84) nos ofrecen una visión com(-)pletamente opuesta del mandato de este go(-)bernador. 5. peste: Las acusaciones incluyen la sedición y la profanación del templo, pero el alegato lucano, más amplio, implica la exten(-)sión de la esfera de influencia de Pablo y su designación como «cabecilla» cristiano, la sec(-)ta de los nazarenos: «Secta» (hairesis) podría referirse a una «escuela» dentro del judaísmo (26,5) , pero, en labios de los adversarios, tiene siempre un sentido peyorativo (v. 14; 28,22). «Nazareno» es el título que recibe Jesús en el kerigma (2,22; 4,10) y el de aquel a quien Pa(-)blo perseguía en sus seguidores (22,8; 26,9), así que fácilmente llegó a designar a los segui(-)dores, a quienes ahora Pablo lidera. 6. profa(-)nar el templo: Aquí encontramos, probable(-)mente, el núcleo histórico de la dramatización Iucana de la investigación del gobernador (cf. 21,28-29). 6b-7. El texto occidental (Vg) añade una invectiva contra Lisias que no concuerda con la referencia a Pablo en el v. 8 y no se en(-)cuentra en los mejores manuscritos griegos.

118 Apología de Pablo (w. 10-21). 10. des(-)de hace muchos años: Se trata de una fioritura retórica con la que el orador intenta conseguir un favor, pero no se refiere al período real del mandato de Félix. 11. doce días: Una cantidad que resulta de la suma de las indicaciones tem(-)porales que encontramos en 21,27 y 24,1. Lo que quiere decir es que es fácil investigar un período tan breve de tiempo, cogiendo, por tanto, el guante arrojado en el v. 8. Se trata de la estancia de un peregrino, no de un agitador que socave el orden público (v. 12). 13. tampo(-)co pueden probarte: Apelación al principio le(-)gal según el cual lo que tiene que probarse es la culpabilidad, no la inocencia. 14-15. te con(-)fieso: Esta afirmación central de la apología constituye una definición de la vida cristiana que se expresa íntegramente con las categorías de la fe judía veterotestamentaria (Stolle, Zeu(-)ge [? 54 supra] 120-21). La estricta continui(-)dad entre ambas reside en la identificación que Lucas hace entre la ley y la promesa (cf. comentario sobre 22,3; 23,6); en estos versícu(-)los nos encontramos con la más nítida afirma(-)ción lucana de aquella ecuación tan opuesta a las tesis de Pablo, el Camino: La contraposi(-)ción entre este término (cf. comentario sobre 19,9) y el peyorativo hairesis se halla en el re(-)chazo a todo estrechamiento de la fe ancestral («todo lo que está escrito»), con respecto a la cual la fe cristiana no es, por consiguiente, una distorsión sectaria, sino su plena conclusión lógica, «el verdadero Israel» (Weiser, Apg. 629). teniendo la esperanza: Se refiere a la resurrec(-)ción de todos los hombres, sin matizarla cristológicamente (4,2), según la terminología de Dn 12,2, por lo que se sitúa dentro de la visión farisea. La meta del «camino» encaja perfecta(-)mente con el kerigma de 3,15 y 26,23. 16. una buena conciencia: cf. 23,1. 17. limosnas y sa(-)crificios: Por fin aparece el principal objetivo con el que el mismo Pablo justificó su viaje a Jerusalén (->110 supra), como argumento con el que rechaza las acusaciones presentadas contra él (v. 18). «El lector de Hechos difícil(-)mente puede entender esta alusión; claramen(-)te, Lucas sabe más de lo que dice» (Conzel(-)mann, Apg. 142). 18. en medio de esto: Es decir, durante las ofrendas. Pablo no estaba profa(-)nando el templo, sino realizando los ritos de purificación prescritos (cf. 21,26-27). 19. pero unos judíos: Tenemos que presuponer: «En ab(-)soluto estaba agitando a la gente, pero...» (cf. 21,27-28). La oración comenzada en el v. 18 queda inacabada, y el anacoluto, a la vez que indica el dilema de los acusadores, aclara tam(-)bién los diferentes elementos implicados para centrarse en el único asunto que importa a Lu(-)cas, que tiene que introducirse mediante una abrupta retrospección sobre el proceso ante el sanedrín (vv. 20-21; Stolle, Zeuge [? 54 supra] 122-23). 21. resurrección de los muertos: cf. 23,6. El juicio queda aplazado (vv. 22-23). 22. estaba bastante bien informado: Esta sorpren(-)dente afirmación tiene valor apolegético: la actitud favorable del gobernador se funda(-)mentaba en un conocimiento real, no en enga(-)ños. Dada esta disposición y el hecho de que ya conociera la sentencia de Lisias (23,29), el aplazamiento de una sentencia excupaltoria por parte de Félix tiene que interpretarse co(-)mo una estratégica concesión a los judíos, o, en la perspectiva de Lucas, como una conce(-)sión al hecho de que Pablo no volvería a con(-)seguir su libertad. 23. Las condiciones del arresto de Pablo son similares a las que se le impondrán en Roma (28,16.30).

119(iii) Confinamiento de Pablo en Cesarea (24,24-27). 24. su esposa judía: Podemos ver los detalles de esta unión adúltera con la hija de Herodes Agripa en Josefo, Ant. 20.7.2 § 141-44. Este asunto puede ayudar a explicar tanto el discurso de Pablo como la reacción de Félix (v. 25). 26. dinero: Este dato está de acuerdo con el retrato que los historiadores nos hacen de Félix (cf. comentario a 23,24), pero también lo está con el motivo lucano que aparece en 8,18-20; 16,16-20; 19,23-27. lo lla(-)maba a menudo para conversar con él: Se trata de un sumario lucano sobre un período oscu(-)ro, que no procede de un relato que pertene(-)ciera a una fuente (cf. Mc 6,20; Weiser, Apg. 632), sino, más bien, del tópico que hallamos en las historias populares sobre el jefe de esta(-)do que es instruido por el hombre de Dios. 27. dos años: Probablemente, se refiere al período transcurrido entre los años 58 y 60 d.C. (? Pa(-)blo, 79:47), cuando se detuvo a Pablo antes de que se produjera el cambio del gobernador. Carece de fundamento postular que en la fuente de Lucas aparecía otro referente dife(-)rente (Haenchen, Acts 68), y tampoco resuelve los problemas relativos a la cronología de Fé(-)lix. Porcius Festus: Sobre este personaje en(-)contramos una escasa información en Josefo, Bell. 2.14.1 271; Ant. 20,8.9-11 § 182-96 (? His(-)toria, 75:180).

Nuevo Comentario Bíblico Siglo XXI (Editorial Mundo Hispano, 2019)



Pablo ante Félix. Esta fue la primera de las tres audiencias ante funcionarios importantes, todas las cuales, aunque sin llegar a un veredicto final, dejan al lector con poca duda de que sólo la parcialidad y los tecnicismos sirvieron para que Pablo siguiera preso. 1-9 Este juicio era fuera de lo normal en que es el único en Hech. cuando los acusadores emplearon a un abogado. A menudo se ha pensado que Tértulo era un orador de segunda categoría y culpable de adulación en este débil discurso, pero era una práctica aceptada en la oratoria el comenzar con un reconocimiento de la autoridad del juez en la materia, fraseada con favor y buena vo luntad, y el breve esquema de Lucas sobre el contenido del verdadero discurso contiene algunos puntos ingeniosos. Cuando, p. ej. Tértulo declaró que gozamos de mucha paz, gracias a ti (2), podría pensarse que era una tontería, ya que había habido disturbios e intentos de revueltas, que el procurador había enfrentado con rudeza (ver 21:31, 37, 38; 23:23, 24). Sin embargo, esto era un intento de Tértulo de recordar a Félix que la estabilidad se había alcanzado por medio de su severa acción contra los perturbadores, de los cuales, seguía arguyendo, Pablo era un promotor de sediciones entre los judíos de todo el mundo (5). Esta era una acusación habilidosa, quizá basada en información aportada por los judíos de Asia (21:27, 28) en relación con el tumulto en Efeso (19:23-41), que Pablo podía explicar pero no negar.

10 Después de algunas observaciones iniciales más bien directas que pueden ser consideradas como el mínimo de cortesía que se requería, Pablo con gran eficacia refutó las acusaciones lanzadas por Tértulo. Lucas ha registrado sólo resúmenes de los discursos (ver sobre 2:14) y parece haber elaborado deliberadamente estos dos de modo de enfatizar que el discurso de Tértulo tenía una forma correcta, quizá ejemplar, pero poca sustancia, mientras que Pablo, que realmente no podía competir retóricamente, estaba en lo cierto de manera obvia (ver los comienzos más aceptables ante Agripa en 26:2, 3). 11-13 Pablo comenzó la defensa misma negando la acusación de que había tratado deliberadamente de provocar problemas en Jerusalén. Las acusaciones de una intención de causar disturbios no podían ser probadas con evidencias. 14-16 Lo que sí admitió fue que era cristiano, conforme al Camino que ellos llaman secta (ver v. 5). Quizá podría traducirse como que ellos admiten que es una secta, dado que el mismo término podía usarse en frases como la secta de los fariseos. La esencia de su comentario era que las creencias de grupos cristianos de judíos no necesariamente eran menos judías que las de los grupos como los fariseos o saduceos: Tengo esperanza en Dios, la cual ellos mismos también abrigan. 17, 18 Habiendo señalado que él no comenzó deliberadamente los problemas, Pablo clarificó que no había contaminado el templo, ni siquiera inconscientemente: estaba llevan do donativos y ofrendas y que inclusive estaba purificado en el momento preciso.

19 Hubo un cambio de táctica en la parte final del discurso. Pablo señaló que los judíos de Asia eran los que tendrían que comparecer para presentar los cargos. Esta línea de argumentación era una bomba de tiempo, porque tenía dos implicaciones inmediatas. Primera, había un fuerte sentimiento contra la práctica de acusar a alguien sin presentarse luego ante el tribunal para el juicio (ver sobre 17:17). Segun da, cualquier infracción o acusación que se refería primariamente a la provincia de Asia (como se veía luego de lo que Tértulo había insinuado al hablar de todo el mundo en el v. 5) colocaría el asunto fue ra de la jurisdicción de Félix.20 Los que estaban presentes sólo podían hablar de los sucesos de Jerusalén y referir al tribunal los pobres resultados de la reunión del Sanedrín (22:30-23:10) que mostrarían que no había cargos presentados y que el asunto concernía a diferencias entre las creencias de las sectas, más que a la conducta personal de Pablo (cf. 14-16).

22-25 Quizá Félix estaba bien informado acerca de este Camino por el interés de su esposa judía Drusila, que le acompañaba mientras escuchaba a Pablo hablando sobre la fe en Cristo Jesús. El contraste entre la enseñanza práctica y urgente de la justicia, del dominio propio y del juicio venidero y la fría actitud con la cual fue recibido el mensaje se ve enfatizado en las palabras de Félix: Cuando ten ga oportunidad, te llamaré.

Presuntamente, Félix había postergado el procedimiento hasta que el tribuno romano Lisias pudiera ir a testificar, pero en realidad estaba esperando que Pablo o sus amigos le dieran algún dinero, o sea un soborno. Que no tenía real interés en Pablo o en su caso por su propio valor quedó confirmado cuando fue sucedido por Porcio Festo, momento hasta el cual dejó a Pablo en la cárcel simplemente queriéndose congraciar con los judíos. Los judíos de Cesarea estaban tan disgustados con Félix como para mandar una delegación a Roma para hablar contra sus malas acciones.

King James Version (KJVO) (1611)



Chapter XXIIII.

1 Paul being accused by Tertullus the Oratour, 10 answereth for his life and doctrine. 24 He preacheth Christ to the gouernour and his wife. 26 The gouernour hopeth for a bribe, but in vaine. 27 At last, going out of his office, hee leaueth Paul in prison.

[Of Tertullus.]

1 And after fiue dayes, Ananias the hie Priest descended with the Elders, and with a certaine Oratour named Tertullus, who enformed the gouernour against Paul.
2 And when he was called foorth, Tertullus began to accuse him, saying, Seeing that by thee we enioy great quietnesse, and that very worthy deeds are done vnto this natio by thy prouidence:
3 Wee accept it alwayes, and in all places, most noble Felix, with all thankfulnesse.
4 Notwithstanding, that I be not farther tedious vnto thee, I pray thee, that thou wouldest heare vs of thy clemencie a few words.
5 For we haue found this man a pestilent fellow, and a moouer of sedition among all the Iewes throughout the world, and a ringleader of the sect of the Nazarenes.
6 Who also hath gone about to profane the Temple: whom we tooke, and would haue iudged according to our lawe.
7 But the chiefe captaine Lysias came vpon vs, and with great violence tooke him away out of our hands:
8 Commanding his accusers to come vnto thee, by examining of whom thy selfe mayest take knowledge of all these things, whereof we accuse him.
9 And the Iewes also assented, saying that these things were so.
10 Then Paul, after that the gouernour had beckened vnto him to speake, answered, Forasmuch as I know that thou hast been of many yeeres a Iudge vnto this nation, I do the more cheerefully answere for my selfe:
11 Because that thou mayest vnderstand, that there are yet but twelue dayes, since I went vp to Hierusalem for to worship.
12 And they neither found me in the Temple disputing with any man, neither raising vp the people, neither in the Synagogues, nor in the citie:
13 Neither can they proue the things whereof they now accuse me.
14 But this I confesse vnto thee, that after the way which they call

[Felix trembleth.]

heresie, so worship I the God of my fathers, beleeuing all things which are written in the Law and the Prophets,
15 And haue hope towards God, which they themselues also allow, that there shall be a resurrection of the dead, both of the iust and vniust.
16 And herein doe I exercise my selfe to haue alwayes a conscience void of offence toward God, and toward men.
17 Now after many yeeres, I came to bring almes to my nation, & offrings:
18 [ Act_21:27 .] Wherupon certaine Iewes from Asia found me purified in the Temple, neither with multitude, nor with tumult:
19 Who ought to haue beene here before thee, and obiect, if they had ought against me.
20 Or else let these same here say, if they haue found any euill doing in mee, while I stood before the Councill,
21 Except it be for this one voice, that I cried standing among them, [ Act_23:6 .] Touching the resurrection of the dead I am called in question by you this day.
22 And when Felix heard these things, hauing more perfect knowledge of that way, he deferred them and said, When Lysias the chiefe captaine shall come downe, I will know the vttermost of your matter.
23 And he commanded a Centurion to keepe Paul, and to let him haue libertie, and that he should forbid none of his acquaintance to minister, or come vnto him.
24 And after certaine dayes, when Felix came with his wife Orusilla, which was a Iew, he sent for Paul, and heard him cocerning the faith in Christ.
25 And as he reasoned of righteousnesse, temperance, and iudgement to come, Felix trembled and answered, Go thy way for this time, when I haue a conuenient season, I will call for thee.
26 He hoped also that money should haue bene giuen him of Paul, that hee might loose him: wherefore hee sent for him the oftner, and comuned with him.
27 But after two yeeres, Portius Festus came into Felix roome: and Felix willing to shew the Iewes a pleasure, left Paul bound.

La Biblia de Nuestro Pueblo (Liturgical Press, 2006),

Proceso ante Félix. La situación ha cambiado. Ahora los judíos tienen que desplazarse a la capital del poder romano local, Cesarea, a 100 km. de Jerusalén, someterse a un tribunal extranjero y emplear a un abogado experto en derecho romano. Todas estas diligencias son ejecutadas con rapidez. En sólo cinco días están preparados para la acusación, tal era la prisa que tenían en deshacerse de Pablo. Como buen abogado, Tértulo comienza con las fórmulas protocolarias de alabanzas al juez Félix por esto y por aquello. Era una zalamería descarada. En realidad los judíos odiaban a Félix por su mano dura en la represión de las revueltas y por los onerosos impuestos. El astuto Tértulo pone inmediatamente el dedo en la llaga: alude a la paz romana de la que gozan gracias a Félix y que ahora podía estar en peligro. La paz romana era el centro de la ideología del imperio, su razón de ser.
Una vez captada la benevolencia del juez, el abogado judío presenta tres acusaciones: 1. Provocar por todas partes agitaciones y sediciones entre los judíos; 2. Ser jefe de la secta de los «nazarenos» (2,22; 6,15); 3. Haber intentado profanar el templo que los romanos se han comprometido a defender. Las tres acusaciones están ágilmente manipuladas como delitos contra la paz romana. La primera es clara: agitación y sedición. La segunda es más sutil. Aunque a los romanos no les importaban en absoluto las sectas judías, el nombre del «nazareno» -Jesús- sí que podía levantar sospechas en el juez. Si Jesús fue condenado por los romanos como sedicioso, sus seguidores podían ser también considerados como tales. La tercera sigue el mismo camino: si los romanos se han comprometido a defender el templo, los que conspiran contra el templo conspiran contra los romanos.
Al retirarse el abogado judío, Félix da la palabra a Pablo. Éste comienza su defensa, pero no sólo es Pablo el que habla. A través de sus palabras, Lucas está respondiendo a las mismas acusaciones y sospechas de que eran objeto las comunidades cristianas extendidas ya por todo el imperio, incluso en Roma, varias decenas de años después de que ocurrieran los hechos. En aquella sala del juicio estaban en confrontación: Roma, el judaísmo y Pablo -o sea, el cristianismo-. Pablo, y Lucas por boca de Pablo, responde y aclara. Respecto al imperio romano, éste no debe tener ningún motivo de queja contra los cristianos, pues éstos, ni provocan desorden ni perturban la vida ciudadana, al contrario, son ciudadanos ejemplares. Las acusaciones, pues, son falsas. Respecto al judaísmo, Pablo -el cristianismo- no pertenece a ninguna secta rebelde. El «Camino» es continuación y culminación del judaísmo. El Dios que adora Pablo es el de sus antepasados. Admite y venera las Escrituras, la Ley y los Profetas, y cree, como sus enemigos, en la resurrección. La alusión es clara: la resurrección de Jesús. En cuanto a profanar el templo, se trata de una invención de unos advenedizos de Asia.
Lo lógico habría sido dejar completamente libre al encausado. Félix, juez corrupto que espera dinero de Pablo, prefiere dar largas al asunto y deja al reo en prisión menor para complacer a los judíos. En la perspectiva de Lucas, Félix está colaborando al designio de Dios que quiere llevar a Pablo hacia Roma.

Comentario al Nuevo Testamento (EUNSA, 2008)

Enviado a Cesarea por el tribuno Lisias, Pablo se somete a la jurisdicción romana.

Los judíos no conseguirán que sea juzgado por el Sanedrín. La causa del Apóstol se va a desarrollar conforme al procedimiento romano de la llamada cognición extraordinaria, que se extendió también al ámbito penal, y que acabó por suplantar definitivamente el procedimiento ante los tribunales permanentes (quaestiones perpetuae) en el siglo II d.C. La principal característica que diferenciaba esta cognición extraordinaria del procedimiento anterior de los tribunales permanentes era que la actividad de cognición la realizaba el propio Emperador o, en su nombre, un magistrado encargado o funcionario imperial asistido por un consejo. Otra importante diferencia consistía en que este nuevo procedimiento se basaba en el principio inquisitivo, no en el acusatorio propio del anterior, lo que permitía al magistrado gozar de amplias facultades para encauzar y enjuiciar la causa; incluso podía modificar la pena en razón de la mayor o menor gravedad del caso.

El libro los Hechos de los Apóstoles, en sus capítulos 24 y 25, es precisamente una fuente importante para el conocimiento de la cognición extraordinaria en causas criminales, cuyas diversas actuaciones procesales recoge con gran precisión. Nos informa, en efecto, sobre la denuncia de los judíos contra Pablo (cfr 23,35; 24,1); emplea el vocabulario técnico correcto para referirse a la audiencia del caso realizada por el juez en el tribunal (cfr 25,6.17); menciona el consejo que asiste al magistrado (cfr 25,12); describe con cierto detalle las alegaciones, y deja ver la discrecionalidad de que gozaban los magistrados Félix y Festo en la dirección de la causa y enjuiciamiento de los hechos.

En su discurso de defensa (vv. 10-21) San Pablo pone de manifiesto (cfr vv. 14-16) que no puede entenderse el cristianismo como una simple secta del judaísmo. Además proclama la legitimidad de todas sus obras que de ninguna manera atentan contra la autoridad civil: «Los cristianos -escribirá Tertuliano- no son enemigos de nadie y mucho menos del Emperador. Saben en efecto que el mismo Dios le ha constituido en su cargo, y por eso necesariamente le aman, respetan, honran y desean verlo salvo junto con todo el Imperio hasta el fin de los tiempos» (Lib. ad Scapul. 2).

Algunos manuscritos antiguos añaden (v. 7): «Nosotros queríamos juzgarlo según nuestra ley, pero se presentó el tribuno Lisias con muchas fuerzas, y lo arrebató de nuestras manos, mandando a los acusadores venir ante ti».


Sagrada Biblia (Conferencia Episcopal Española, 2011)

*19:23-28:31 La tercera sección de la segunda parte de Hechos narra el viaje de Pablo a Jerusalén y a Roma, como prisionero y testigo de Cristo; consta de cuatro bloques: viaje a Jerusalén por Macedonia y Acaya (Hch 19:23-41; Hch 20:1-38; Hch 21:1-26); prisión y testimonio en Jerusalén ante los judíos (Hch 21:27-40; Hch 22:1-30; Hch 23:1-35; Hch 24:1-27); prisión y testimonio en Cesarea ante gobernadores y reyes (Hch 25:1-27; Hch 26:1-32); viaje a Roma y testimonio en dicha ciudad (Hch 27:1-44; Hch 28:1-31).

Dios Habla Hoy (Sociedades Bíblicas Unidas, 1996)



Reina-Valera 1995 Notes:



[1] 24.2-3 Adulación típica; de hecho, Félix parece haber sido un gobernador violento y sin escrúpulos.

[2] 24.5 Nazarenos: nombre dado a los cristianos por ser seguidores de Jesús de Nazaret.

[3] 24.6-8 Parte del v. 6, el v. 7 y parte del v. 8 no aparece en diversos ms.:
Intentó... profanar el templo, así que lo prendimos.
Tú mismo, pues, al juzgarlo, podrás.|r

[4] 24.14 El Camino: Véase Hch 9.2 nota c.

[5] 24.14 En la Ley y en los Profetas: las Escrituras del AT (Hch 26.22; 28.23).

[6] 24.15 Cf. Dn 12.2; cf. también Jn 5.28-29; Hch 23.6; 26.6-8.

[7] 24.16 Hch 23.1.

[8] 24.17 Probable alusión a la ofrenda traída para los cristianos pobres de Jerusalén (véase Hch 20.1-6 n.), considerados aún como parte de la nación judía.

[9] 24.18-19 Cf. Hch 21.17-28.

[10] 24.21 Hch 23.6.

[11] 24.24 Drusila era la hija menor de Herodes Agripa I (véase Hch 12.1 n.) y hermana de Herodes Agripa II y Berenice (véase Hch 25.13 nota g y nota h ); había dejado a su primer marido, el rey de Emesa, para casarse con Félix.

[12] 24.27 Félix fue destituido y llamado a Roma por el emperador Nerón; quería congraciarse con los judíos para evitar que estos lo denunciaran; sin embargo, ellos enviaron una delegación a Roma para quejarse de su administración.

Libro del Pueblo de Dios (San Pablo, 1990)



5. "La secta de los nazarenos": el Cristianismo era considerado por sus adversarios como una "secta" del Judaísmo. Ver v. 14; 28. 22.

14. Pablo muestra admirablemente que el Cristianismo es la realización definitiva de las promesas y de las esperanzas del Judaísmo. Ver Rom. 9 - 11.

24-25. "Félix" era avaro, brutal y vicioso. "Drusila", hija de Herodes Agripa I, había abandonado a su esposo, convirtiéndose en la tercera mujer de Félix. La actitud de Pablo, en esta ocasión, ofrece muchas semejanzas con la de Juan el Bautista delante de Herodes. Ver Mar_6:17-20.

27. "Félix" se comportó de manera ilegal, porque la prisión preventiva no podía durar más de dos años.

Biblia Hispano Americana (Sociedad Bíblica Española, 2014)

Hch 11:29-30; Rom 15:25-28; 1Co 16:1-4; 2Co 8:1-24; 2Co 9:1-15.

Nueva Biblia de Jerusalén (1998) - referencias, notas e introducciones a los libros


NOTAS

24:17 (a) Única alusión de los Hechos al motivo real del viaje: la colecta de las iglesias de la gentilidad que debía llevar a Jerusalén, ver Rom_15:25+.

24:17 (b) Sacrificios ofrecidos a Dios, ver Hch_21:24, Hch_21:26.

Nueva Biblia de Jerusalén (Desclée, 1998)


NOTAS

24:17 (a) Única alusión de los Hechos al motivo real del viaje: la colecta de las iglesias de la gentilidad que debía llevar a Jerusalén, ver Rom_15:25+.

24:17 (b) Sacrificios ofrecidos a Dios, ver Hch_21:24, Hch_21:26.

Greek Bible (Septuagint Alt. Versions + SBLGNT Apparatus)

ἐλεημοσύνας … μου παρεγενόμην WH Treg NA28 ] παρεγενόμην ἐλεημοσύνας … μου RP

iNT-CEVALLOS+ Interlineal Académico Del Nuevo Testamento Por Cevallos, Juan Carlos

[I ποιήσων I] para dar.

Biblia Textual IV (Sociedad Bíblica Iberoamericana, 1999)

para dar... Lit. dando.