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Pablo contestó: «Estoy ante el tribunal del César donde tengo que ser juzgado. A los judíos no les he hecho ningún mal, como tú muy bien sabes. (Hechos 25, 10) © Nueva Biblia de Jerusalén (Desclee, 1998)

Comentario al Nuevo Testamento (Serafín de Ausejo, 1975)



CAPÍTULO 25

3. PABLO APELA AL CéSAR (Hch/25/01-12).

1 Llegado Festo a la provincia, al cabo de tres días subió de Cesarea a Jerusalén. 2 Los sumos sacerdotes y los príncipes de los judíos le presentaron demanda contra Pablo y le rogaban, 3 pidiendo contra Pablo, como gracia, que se lo enviara a Jerusalén, a par que tramaban una emboscada para deshacerse de él durante el viaje. 4 Pero Festo les respondió que Pablo seguiría bajo custodia en Cesarea y que él estaba a punto de partir en breve. 5 «Así pues -dijo-, que vuestros jerarcas bajen conmigo, y si hay algún delito en este hombre, lo acusen.» 6 Permaneció entre ellos algunos días, no más de ocho o diez; luego bajó a Cesarea, y al día siguiente, sentado en su tribunal, mandó comparecer a Pablo. 7 Llegado éste, le rodearon los judíos que habían bajado de Jerusalén, y aducían muchas acusaciones graves que no lograban probar, 8 mientras Pablo se defendía diciendo: «Ni contra la ley de los judíos, ni contra el templo, ni contra el César, he cometido falta alguna.» 9 Pero Festo, queriendo congraciarse con los judíos, respondió a Pablo: «¿Quieres subir a Jerusalén para ser allí juzgado de todas estas cosas delante de mí?» 10 Pablo dijo: «Estoy ante el tribunal del César y en él debo ser juzgado. En nada he ofendido a los judíos, como tú muy bien sabes. 11 Si soy culpable y he cometido algo digno de muerte, no rehuyo morir; pero si nada hay de lo que éstos me acusan, nadie puede entregarme a ellos. Apelo al César.» 12 Entonces Festo, después de cambiar impresiones con el consejo, respondió: «Has apelado al César, al César irás.»

El proceso contra Pablo avanza cada vez más hacia su desenlace. Festo parece estar resuelto a liquidar rápidamente el caso. Poco es lo que sabemos de Festo. Se le presenta como un funcionario consciente de su deber, imparcial y que piensa con objetividad, y como tal aparece también en nuestro relato. Cuando con motivo de la toma de posesión de su cargo hizo una visita a Jerusalén, los jerarcas judíos, principalmente los «sumos sacerdotes» saduceos, inmediatamente lo apremiaron con la petición de que enviase de nuevo a Pablo a Jerusalén, lo cual prueba una vez más que el odio contra el prisionero no se había mitigado ni siquiera al cabo de «un bienio» de arresto preventivo (24,17).

Festo no satisface su deseo. ¿Estaba al corriente de la situación, conocía la intención de los judíos? ¿O más bien se explica esto por la corrección del juez, que quería primero determinar las competencias respecto al caso e informarse con exactitud? Esto parece más obvio (cf. 25,16). Festo promete que pronto se reanudará la vista. Por el momento deja todavía en suspenso la cuestión de la culpabilidad y la sentencia. Y una vez más se dirigen los acusadores judíos a Cesarea, y de nuevo se halla el Apóstol en medio de sus «muchas acusaciones graves» ante el tribunal del representante del Estado romano.

¿Qué acusaciones eran éstas? No aportaban nada nuevo. Serían los mismos reproches que conocemos ya por las sesiones anteriores. Tampoco para el procurador eran precisamente nuevas. Su «consejo», al que se alude en el v. 12, le habría expuesto el caso a base de las actas y de las investigaciones anteriores ya antes de iniciarse la vista en el tribunal. También de la réplica del acusado se puede concluir que se trataba de los cargos que tenemos ya bien conocidos. En el fondo, todos estos cargos no eran sino un pretexto para su odio irreconciliable contra aquel que una vez había sido de los suyos y ahora arrastraba a las gentes como mensajero de salvación de aquel al que ellos habían crucificado. En el procedimiento contra Pablo vemos que pesan los mismos motivos que una vez en el proceso contra Jesús.

Pablo sabe que los argumentos pueden muy poco contra ese odio cargado de pasión. Da la sensación de que con su réplica formulada en términos concisos sólo quiere cumplir con la formalidad del procedimiento judicial. Para los lectores romanos de los Hechos de los apóstoles, y sobre todo para Teófilo, a quien estaba dedicado el escrito (Luk_1:3; Act_50:1), tenía sin duda especial significación que Pablo pudiera declarar sin ser contradicho: «Ni contra la ley de los judíos, ni contra el templo, ni contra el César he cometido falta alguna.» En estos tres puntos está compendiado todo lo que podía entrar en consideración. Si -como querríamos volver a preguntarnos- se pudiera admitir que el libro se escribió cuando todavía estaba en curso el juicio de instrucción y con la intención de favorecer a Pablo que se hallaba en prisión, una frase como ésta tendría un efecto muy especial.

¿Qué actitud adopta el procurador? Sorprende su oferta de que el proceso vuelva a ser trasladado a Jerusalén para que se investigue allí nuevamente la causa, aunque bajo su presidencia. ¿Cuál pudo ser el motivo del romano? «Quería congraciarse con los judíos», como dice el relato. Algunas líneas más abajo dice el mismo procurador a Agripa (Act_25:18 s): «Por cierto que, presentados los acusadores, no adujeron cargo alguno de los delitos que yo sospechaba. Pero tenían contra él ciertas cuestiones de su propia religión y acerca de un tal Jesús, ya muerto, de quien Pablo asegura que vive. Perplejo yo sobre el esclarecimiento de estas cosas, le pregunté si quería ir a Jerusalén para ser allí juzgado de ello.» Con razón podemos preguntarnos hasta qué punto creía Festo poder esclarecer mejor el asunto en Jerusalén. No cabe duda de que aquí entra en juego cierta diferencia con los judíos.

Pablo presiente el peligro. Pensaría en el desenlace del proceso contra Jesús, aunque entonces se había encontrado él todavía del lado de los judíos. En realidad es muy significativo que precisamente Lucas mostrara a ojos vistas en su Evangelio cómo el procurador Pilato, no obstante sus buenas disposiciones iniciales para con Jesús y no obstante la convicción de su inocencia, había acabado por condescender. «Por fin, Pilato decretó que se ejecutara lo que ellos pedían. Puso, pues, en libertad al que ellos reclamaban, al que había sido encarcelado por motín y homicidio, y a Jesús lo entregó al arbitrio de ellos» (Luk_23:24 s).

Pablo es ciudadano romano. Acaba de una vez con las reflexiones del procurador. Interpone apelación al tribunal imperial de Roma. De él quiere oír su sentencia. Una vez más se había dirigido personalmente al procurador, rechazando todos los cargos formulados por los judíos. Sus palabras son emocionantes. No quiere sustraerse al castigo de la justicia. Y parece sonar como una crítica del procurador cuando dice: «Pero si nada hay de lo que éstos me acusan, nadie puede entregarme a ellos. Apelo al César.» Palabras resueltas y tajantes. Para un juez vacilante, que ha venido a sentirse inseguro, queda fijada la decisión. Los consejeros jurídicos aprueban la apelación. Este Pablo lucha por su derecho. Una vez más -ya lo hemos dicho antes- no se trata de su asunto privado, sino de su posición de apóstol, de testigo de Cristo, de representante de la Iglesia.

El viaje del Apóstol a Roma está decidido. Difícilmente podemos hacernos cargo de lo que esto significaba para Pablo. Irá a Roma en calidad de prisionero, muy diferentemente de como él pensaba cuando escribía la carta a los Romanos. En ella decía: «Pero ahora, no teniendo ya campo de acción en estas regiones y teniendo, además, desde hace muchos años, vivos deseos de llegar hasta vosotros, espero veros a mi paso, cuando emprenda mi viaje a Hispania, y ser encaminado por vosotros allá, después de haber disfrutado un poco de vuestra compañía» (Rom_15:23 s) ¿Qué pensaba Lucas cuando consignaba en su libro la apelación al emperador? ¿Estaba Pablo en aquella hora en Roma, todavía en prisión preventiva, esperando aún el éxito de la apelación? Una vez más se nos presenta la cuestión de la fecha de composición de los Hechos de los apóstoles. Y todavía se nos seguirá presentando.

4. PABLO Y AGRIPA (Rom_25:13-26, 32).

a) Festo informa a Agripa sobre Pablo (Hch/25/13-22).

13 Pasados algunos días, el rey Agripa y Berenice se presentaron en Cesarea a saludar a Festo. 14 Cuando llevaban allí ya muchos días, Festo expuso al rey el asunto de Pablo, diciendo: «Hay un hombre que Félix dejó preso, 15 acerca del cual, estando yo en Jerusalén, me presentaron demanda los sumos sacerdotes y los ancianos de los judíos, pidiéndome sentencia condenatoria contra él; 16 a los cuales respondí que no es costumbre entre los romanos entregar a ningún hombre sin que previamente el acusado tenga delante a los acusadores y se le dé oportunidad para defenderse contra la acusación. 17 Habiéndose, pues, reunido aquí, yo, sin dilación alguna, al día siguiente, sentado en el tribunal, mandé comparecer a este hombre. 18 Por cierto que, presentados los acusadores, no adujeron cargo alguno de los delitos que yo sospechaba. 19 Pero tenían contra él ciertas cuestiones de su propia religión y acerca de un tal Jesús, ya muerto, de quien Pablo asegura que vive. 20 Perplejo yo sobre el esclarecimiento de estas cosas, le pregunté si quería ir a Jerusalén para ser allí juzgado de ello. 21 Pero, habiendo pedido Pablo que se le reservase a la decisión del emperador, mandé que fuera retenido bajo custodia, hasta que pueda enviarlo al César.» 22 Agripa dijo a Festo: «Me gustaría oír yo mismo a este hombre.» «Mañana -contestó- lo oirás.»

Una nueva escena del drama. Entra un nuevo personaje. No sin especial intención lo presenta Lucas como testigo en favor del Apóstol. Agripa II, hijo de Herodes Agripa I (muerto hacia el año 44 d.C.), biznieto de Herodes el Grande, después de haber sido educado en Roma, el año 50 había sido nombrado, por el emperador Claudio, rey de Cálcide y administrador y protector del templo; gozó también del favor de otros emperadores y no en último término de Nerón, que el año 61 d.C. le confió también el gobierno de buena parte de Galilea y de Perea. Así pues, el juicio de este hombre, influyente en Roma, tenía un interés muy comprensible para los Hechos de los apóstoles y para su valor de prueba. Lucas, que difícilmente ignoraría los detalles de la situación, menciona nominalmente a Berenice, pero con gran tacto -y probablemente también tras prudente reflexión- silencia la circunstancia de ser Berenice hermana carnal de Agripa, que después de los dos primeros matrimonios de éste había venido a ser su querida y, aun sin esto, hacía ya hablar por la vida libre que llevaba. Drusila, de la que se ha hablado en 24,24, era hermana de Berenice. Nos causa una impresión extraña ver cómo el Apóstol prisionero estaba a la merced de personas de sentimientos puramente de tejas abajo y dependía de su juicio. Aquí se enfrentan dos concepciones de la vida. Lo que escribía Pablo en 1Co_2:14 pudo venirle a la memoria al encontrarse con sus jueces: «EI hombre psíquico no capta las cosas del Espíritu de Dios, porque son para él necedad, y no puede conocerlas, porque sólo pueden ser examinadas con criterios del Espíritu.»

Pocas cosas hay que decir sobre el informe que el procurador Festo da sobre Pablo al rey Agripa. La forma elegante del informe se debe sin duda a la pluma de Lucas. Como en la carta del tribuno Lisias al procurador Félix (1Co_23:26 ss), también aquí se refieren los hechos de manera favorable para el relator. Sin embargo, el testimonio de Festo en conjunto es una nueva aportación tocante al enjuiciamiento de Pablo por los romanos, que se expresa sobre todo en esta frase: «Por cierto que, presentados los acusadores, no adujeron cargo alguno de los delitos que yo sospechaba. Pero tenían contra él ciertas cuestiones de su propia religión y acerca de un tal Jesús, ya muerto, de quien Pablo asegura que vive.» Una vez más vuelve, pues, a testimoniarse que Pablo no había infringido en modo alguno el derecho romano, sino que era víctima de meras disputas religiosas y del odio de los judíos.

b) Pablo se justifica ante Agripa (Hch/25/23-26/23).

23 Y en efecto, al día siguiente, se presentaron Agripa y Berenice con gran pompa, y habiendo entrado en la sala de audiencias con los tribunos y las personalidades importantes de la ciudad, a una orden de Festo, compareció Pablo. 24 Y dijo Festo: «Rey Agripa y todos los que nos acompañáis: Aquí tenéis a este hombre contra el cual toda la multitud de los judíos recurrió a mí en Jerusalén y aquí, clamando que en manera alguna debe seguir viviendo. 25 Yo no he descubierto que haya cometido nada digno de muerte; pero, como él mismo ha apelado al César, he decidido enviarlo. 26 No tengo nada cierto que escribir acerca de él a mi señor. Por eso le he hecho comparecer ante vosotros, y sobre todo ante ti, rey Agripa, con el fin de tener algo que escribir, una vez realizada esta investigación. 27 Porque me parece absurdo enviar un preso, sin indicar al mismo tiempo los cargos que hay contra él.»

Una extraña cuestión se cierne sobre esta escena. El procurador romano, la curiosa pareja de hermanos, Agripa y Berenice, rodeados por el gran aparato de oficiales y funcionarios, con ostentación de fasto y aires de protección, y frente a ellos el prisionero encadenado, al que miran con curiosidad y avidez de sensación, quizá también con ese sentimiento de recelo y aversión con que personas de esa clase abordan al mensajero y testigo de un mundo que les es inaccesible.

Involuntariamente se piensa en que ya en otra ocasión otro apóstol había comparecido en la misma Cesarea frente a una sociedad selecta. El centurión romano Cornelio había, como se nos refiere en 10,24 ss, invitado a sus parientes y amigos íntimos y aguardaba a Pedro «para escuchar todo lo que le haya sido ordenado por el Señor». Dos escenas extrañamente paralelas. Cada vez, gentes que aguardan, cada vez un apóstol en el que están puestos los ojos de todos. Y sin embargo, ¡qué diferencia! Diferencia en el motivo y en el estado de ánimo. Cierto que en lo más hondo todos están impulsados por una inseguridad que busca algo. Sólo que los unos se abren con una buena voluntad ansiosa de salvación, mientras que los otros se enfrentan, con un interés escéptico, aunque benévolo, al mensajero de un mundo diferente. ¡Qué impresión tan distinta causa la figura de un Cornelio al lado de la de un Agripa y una Berenice!

Y una vez más, en el informe previo que el procurador ofrece a Agripa y a los demás huéspedes, volvemos a oír esta declaración: «Yo no he descubierto que haya cometido nada digno de muerte.» Con estas palabras, que están en consonancia con las declaraciones de los funcionarios romanos, se indicó a la asamblea la dirección, que se manifiesta con toda claridad, una vez terminado el discurso del Apóstol.



Biblia Comentada, Profesores de Salamanca (BAC, 1965)



Nuevo proceso ante el procurador Festo, y apelación al Cesar, 25:1-12.
1 Llegó Festo a la provincia, y a los tres días subió de Cesárea a Jerusalén, 2 y los sumos sacerdotes y los principales de los judíos le presentaron sus acusaciones contra Pablo. 3 Pidieron la gracia de que le hiciese conducir a Jerusalén. Hacían esto con ánimo de prepararle una asechanza para matarle en el camino. 4 Festo les respondió que Pablo estaba preso en Cesárea y que él mismo había de partir en breve para allá: 5 Así, pues, que los principales de vosotros bajen conmigo para acusar allí a ese hombre, si tienen de qué. 6 Habiendo pasado entre ellos sólo unos ocho o diez días, bajó a Cesárea, y al día siguiente se sentó en su tribunal, ordenando presentar a Pablo. 7 Presentado éste, los judíos que habían bajado de Jerusalén le rodearon, haciéndole muchos y graves cargos, que no podían probar, 8 replicando Pablo que ni contra la Ley de los judíos, ni contra el templo, ni contra el Cesar había cometido delito alguno. 9 Pero Festo, queriendo congraciarse con los judíos, se dirigió a Pablo y le dijo: ¿Quieres subir a Jerusalén y allí ser juzgado ante mí de todas estas acusaciones ? 10 Pablo contestó: Estoy ante el tribunal del César; en él debo ser juzgado. Ninguna injuria he hecho a los judíos, como tú bien sabes. 11 Si he cometido alguna injusticia o crimen digno de muerte, no rehuso morir. Pero si no hay nada de todo eso de que me acusan, nadie puede entregarme a ellos: Apelo al César. 12 Festo entonces, después de hablar con los de su consejo, respondió: Has apelado al César, al César irás.

El odio de los judíos contra Pablo, no obstante haber pasado ya dos años de prisión desde el proceso ante Félix, seguía tan rabioso como el primer día. Por eso, llegado Festo a Jerusalén (v.1), tratan de aprovecharse de la inexperiencia del nuevo procurador, presentando en seguida sus acusaciones contra Pablo (v.2); y, como cosa en que no se veía malicia alguna, le piden que haga conducirlo a Jerusalén para que sea juzgado allí (v.â), con lo que, sin duda, el nuevo procurador haría una cosa gratísima al pueblo y se ganaría el reconocimiento de toda la nación. La propuesta no dejaba de ser tentadora para un gobernante que va a comenzar sus funciones. Sin embargo, lo que los judíos pretendían era asesinar a Pablo en el camino (v.3), como ya lo habían intentado sin resultado en otra ocasión (cf. 23:15). Los que tales propuestas hacían a Festo eran los sumos sacerdotes y los principales de los judíos (v.2), términos que se corresponden con sumos sacerdotes y ancianos Deu_23:14, y cuyo significado explicamos allí.
La contestación de Festo, cortés pero firme, era simplemente una apelación a la ley: la causa ha sido llevada al tribunal de Cesárea, y allí debe ser tratada; aquellos, pues, que tengan alguna nueva acusación que hacer, que bajen a Cesárea (v.4-5).
Efectivamente, a los pocos días se tiene el proceso en Cesárea (v.6). Las acusaciones que contra Pablo lanzan los judíos no se concretan en el texto de Lucas (v.7); pero, a juzgar por la defensa que hace Pablo (v.8), se reducían a tres puntos principales: delitos contra la Ley, contra el templo y contra el César, es decir, las mismas en sustancia que habían sido ya alegadas en el primer proceso (cf. 24:5-6), con la diferencia de que aquí se habla de delitos contra el César, y allí de promotor de sediciones. Probablemente es lo mismo, aunque aquí se intenta dar a la acusación una forma más dramática, a fin de impresionar al procurador. También es posible que esta acusación de delitos contra el César fuera presentada en forma análoga a como se había hecho en Tesalónica (cf. 17:7), cosa que incluso podemos ver insinuada en el v.19.
La conclusión que de todo esto saca Festo es que allí no hay crimen alguno del que le corresponda juzgar a él como gobernador, sino que se trata simplemente de un litigio religioso (cf. v. 18-19), y, por tanto, más que de competencia suya, de competencia del sanedrín. Con todo, puesto que se trata de un ciudadano romano, no puede reenviarle a esa jurisdicción sin consentimiento del acusado; eso es lo que ahora pide a Pablo, diciéndole si quiere subir a Jerusalén para ser allí juzgado, y prometiéndole su presencia en los debates para hacerle ver que no le dejaba desamparado (v.g); con ello, además, daría gusto a los judíos (v.9), conciliando así su conciencia de juez con las exigencias de su política.
Pablo, que se estaba dando cuenta de que el procurador trataba de declinar su competencia, y sabía que si volvía a manos del sanedrín su muerte de una u otra forma era segura (cf. 23:15-16; 25:3), protesta contra esa proposición del procurador, y dice que está ante el tribunal del César, y que en él debe ser juzgado (v.10). Este tribunal del César, a que aquí alude Pablo, es el tribunal del procurador, que juzgaba y administraba justicia en nombre del César 203. Pablo no quiere que le sustraigan de esa autoridad romana, que era la autoridad imperial; pero, visto que en los tribunales subalternos su causa no acababa nunca de resolverse, en gracia a los judíos, decide recurrir al privilegio que, como a ciudadano romano, le correspondía: apelar directamente al César (v.11).
Pronunciada la solemne fórmula, ipso fació quedaban abolidas todas las jurisdicciones subordinadas a la del emperador; el juez debía interrumpir el proceso, sin que pudiera ya sentenciar ni en favor ni en contra; su misión, salvo en casos extremadamente raros, por razones de seguridad pública, era simplemente la de dar curso a la apelación y preparar el viaje del acusado a Roma. Es lo que hizo Festo, después de la consulta protocolaria con sus consejeros (v.12). A buen seguro que a los acusadores judíos no gustó nada esta solución. Cierto que les quedaba la posibilidad de trasladarse también ellos a Roma para sostener las acusaciones; pero las dificultades prácticas, aunque no fuera más que por la distancia y dispendios, eran tan grandes, que disuadían a cualquiera de intentarlo.

El caso de Pablo, expuesto ante el rey Agripa 25:13-27.
13 Transcurridos algunos días, el rey Agripa y Berenice llegaron a Cesárea para saludar a Festo. 14 Habiendo pasado allí varios días, dio cuenta Festo al rey del asunto de Pablo, diciendo: Hay aquí un hombre que fue dejado preso por Félix, 15 al cual, cuando yo estuve en Jerusalén, acusaron los sumos sacerdotes y los ancianos de los judíos, pidiendo su condena. 16 Yo les contesté que no es costumbre de los romanos entregar a un hombre cualquiera sin que al acusado, en presencia de los acusadores, se le dé lugar para defenderse de la acusación. 17 Habiendo, pues, venido ellos aquí a mí, luego, al día siguiente, sentado en el tribunal, ordené traer al hombre ese. 18 Presentes los acusadores, ningún crimen adujeron de los que yo sospechaba, 19 sólo cuestiones sobre su propia religión y de cierto Jesús muerto, de quien Pablo asegura que vive. 20 Vacilando yo sobre el modo de inquirir sobre semejantes cuestiones, le dije que si quería ir a Jerusalén y ser allí juzgado. 21 Pero Pablo interpuso apelación para que su causa fuese reservada al conocimiento de Augusto, y así ordené que se le guardase hasta que pueda remitirlo al César. 22 Dijo Agripa a Festo: Tendría gusto en oír a ese hombre. Mañana, dijo, le oirás. 23 Al otro día llegaron Agripa y Berenice con gran pompa, y entrando en la audiencia con los tribunos y personajes conspicuos de la ciudad, ordenó Festo que Pablo fuera conducido. 24 Y dijo Festo: Rey Agripa y todos los que estáis presentes: He aquí a este hombre, contra quien toda la muchedumbre de los judíos en Jerusalén y aquí me instaban gritando que no es digno de la vida. 25 Pero yo no he hallado en él nada que le haga reo de muerte, y habiendo él apelado al César, he resuelto enviarle a él. 26 Del cual nada cierto tengo que escribir al señor. Por esto le he mandado conducir ante vosotros, y especialmente ante ti, rey Agripa, a fin de que con esta inquisición tenga yo qué poder escribir; 27 porque me parece fuera de razón enviar un preso y no informar acerca de las acusaciones que sobre él pesan.

No se trata de un nuevo proceso, pues, después de la apelación al César, nada se podía resolver ya en tribunales subalternos (cf. 26, 32); se trata simplemente de un acto de deferencia que Festo quiso tener hacia el rey Agripa, una vez que éste mostró deseos de conocer a Pablo (v.22). Con ello, además, entretenía a sus huéspedes, que llevaban ya con él varios días (v.14); de ahí el carácter más o menos espectacular que se da al acto (v.23). Incluso podía obtenerse un fin práctico; pues Agripa, como más enterado en las cosas judías, podría luego ayudar con sus observaciones a redactar el elogium con que había que acompañar al detenido al enviarlo al César 204; de hecho, al comenzar el acto, ése es el único motivo de la reunión que aduce Festo (v.26-27). Claro que ello no significa nada, pues los anteriores motivos, no eran para ser proclamados en público.
Los dos personajes, huéspedes de Festo, ante los cuales va San Pablo a exponer su causa, nos son bastante conocidos por los historiadores profanos, sobre, todo por Josefo, y su conducta no tiene nada de recomendable. Eran hermanos, hijos de Heredes Agripa, el que hizo matar a Santiago (12:2), pero vivían juntos incestuosamente desde hacía ya bastantes años; incluso en Roma era conocido el hecho, provocando las sátiras de Juvenal 205.
Por lo que hace al rey Agripa, éste se había educado en Roma, y tenía diecisiete años cuando en el 44 murió su padre (cf. 12:23). Claudio quiso nombrarlo rey enseguida, dándole los mismos territorios del difunto; pero, por ser todavía demasiado joven, se le opusieron sus consejeros, por lo que hubo de restablecer de nuevo en Judea el régimen de los procuradores, cuyos nombres fueron: Cuspio Fado (a. 44-46), Tiberio Alejandro (a. 46-48), Ventidio Cumano (a. 48-53), Antonio Félix (a. 53-60), Porcio Festo (a. 60-61), Lucio Albino (a. 62-64) y Gesio Floro (a. 64-66). Llegado a mayor edad, en el 49, le nombró rey de Calcis, pequeño territorio junto a Damasco, concediéndole, además, la superintendencia del templo de Jerusalén y el derecho a nombrar sumo sacerdote; más tarde, en el 53, le permutó ese territorio por otro más amplio, que comprendía las antiguas tetrarquías de Filipo y Lisania (cf. Luc_3:1); finalmente, en el 54, Nerón le añadió algunas ciudades de Galilea y de Perea. Según la cronología que antes hemos defendido (cf. 24:27), el encuentro con San Pablo habría tenido lugar en el año 6o. Más tarde, en el 66, comenzada la guerra judía, Agripa se mostró partidario de los romanos, por lo que éstos, una vez terminada la guerra, recompensaron su fidelidad con nuevos territorios. Murió hacia el año 92, siendo el último de los Herodes en la historia 206.
Este Agripa, a pesar de su fidelidad a Roma, se mostró siempre interesado por las cosas judías y leal para su nación, cuyos intereses defendió no pocas veces ante el emperador. Nada tiene, pues, de extraña la noticia de que mostrara deseos de ver a San Pablo (v.22), del que, sin duda, habría oído hablar muchas veces.

Nuevo Comentario Bíblico San Jerónimo. Nuevo Testamento (Verbo Divino, 2004)



120
(iv) Apelación al César (25,1-12). Esta iniciativa de Pablo así como el hecho de que Festo la aceptara constituyen el sólido funda(-)mento histórico del relato lucano. Sin embar(-)go, las circunstancias de la apelación y su in(-)cidencia en la intervención del rey Agripa II son, probablemente, producto de Lucas; con ello conduce el clímax de la autodefensa de Pablo a un estrecho paralelo con la excepcio(-)nal secuencia del encuentro entre Pilato y He(-)rodes en el relato lucano de la pasión (23,1-25; cf. Radl, Paulus 220-21; A. Mattill, NovT 17 [1975] 32-37). Las inverosimilitudes históricas proceden de la fuerte intervención redaccional; entre ellas encontramos la ausencia del veredicto del gobernador, la obstensible dispo(-)sición a abdicar de su competencia judicial (¿v. 11 ?), no obstante la acusación, entre otras, de haber cometido un delito contra el César (v. 8), y el extraño asunto del lugar en el que po(-)dría realizarse el juicio (v. 9). La apelación de Pablo, que tiene su fundamento en la historia, respondía, con toda probabilidad, a un vere(-)dicto oficial que le era desfavorable, pero Lu(-)cas prefería mantener a la burocracia romana del lado de Pablo, dejando así la apelación y la intervención del gobernador sin una motiva(-)ción plausible (Haenchen, Acts 668-70; pero cf. Schneider, Apg. 2.356). 3. La tentativa de asesinato se trama de igual modo que en 23,12-15. 7-8. Este breve sumario del proceso manifiesta que ambas partes no tenían nada nuevo que añadir a lo que ya habían dicho an(-)te Félix (24,1-23). Pablo resume las acusacio(-)nes y, siguiendo un orden diferente, la defensa que interpuso contra éstas en 24,11-19. Enca(-)bezar una sublevación (24,11-12) se conside(-)raba un crimen laesae maiestatis contra la per(-)sona del emperador; de aquí que hubiera sido impensable que el gobernador remitiera el ca(-)so a un tribunal judío. 9. congraciarse con los judíos: En lugar de la exculpación que espera(-)mos tras el v. 7, Festo propone trasladar la vis(-)ta a Jerusalén, haciéndose así responsable de la prolongación del encarcelamiento de Pablo. ¿Encubre esta enigmática determinación el hecho histórico de que actuó a favor de los acusadores (Roloff, Apg. 342)? ser juzgado allí en mi presencia: Aunque Festo es quien tiene la jurisdicción, Pablo prevé que sería abandona(-)do a manos de los judíos (v. 11). Al parecer, Lu(-)cas piensa en una adjudicación a favor del sa(-)nedrín bajo la tutela del gobernador, como en 22,30-23,10. Pero esta posibilidad es tan con(-)traria a la realidad como lo era aquella escena (Roloff, Apg. 343). 11. apelo al César: Sobre el oscuro trasfondo de la cuestión legal, cf. Be(-)ginnings 5,312-19; Conzelmann, Apg. 144-45. Parece que Pablo está utilizando una versión desarrollada de la antigua provocado (de la época republicana) por la que un ciudadano podía ganar en Roma el juicio que había per(-)dido en las provincias. 12. irás al César: Ultimo avance que dirige la secuencia dedicada al jui(-)cio hacia la conclusión de la historia de Pablo (19,21; 23,11) y de Lucas (1,8).

121(v) Festo informa al rey Agripa II (25,13-22). Tras el v. 12, sólo falta poner a Pa(-)blo a bordo de un barco con destino a Roma. Pero hay dos escenas que retrasan este giro del relato, que parecen ser una composición libre de Lucas y no proceden de sus fuentes (así Conzelmann, Roloff, Schneider, Weiser). La primera, que presenta al gobernador exponien(-)do la vista del caso de Pablo ante Agripa, resul(-)ta superflua, y sólo en el v. 26, en la siguiente escena, nos damos cuenta de que Festo trata de conseguir la ayuda del rey tanto para investigar al prisionero como para hacer prosperar la apelación al emperador. Las dos escenas con Agripa están unidas mediante el motivo de la inocencia de Pablo, que ha sido progresiva(-)mente articulada primero por el gobernador y luego por el rey (w. 18-25; 26,31-32); más aún, la audiencia ante el rey concluirá con una de(-)claración categórica de la legitimidad de Pablo en el marco de la tradición judía, de la que Agripa es un erudito representante (26,3). Con ésta se completa la realización plena del status confessionis misionero trazado por Jesús (Lc 21,13), habiendo recorrido la gama completa que parte de la sinagoga, pasa por el goberna(-)dor y, finalmente, llega al rey. 13. el rey Agripa: Marco Julio Agripa II, que era hijo del «Hero(-)des» mencionado en 12,1; Berenice era su her(-)mana (? Historia, 75:177). Se trata de una visi(-)ta de cortesía (se expresa mediante un ptc. aor. cuya acción es idéntica a la de un vb. posterior en aor.; BDF 339.1, nota 4) al nuevo represen(-)tante del imperium. 14. Festo expuso al rey el asunto de Pablo: Como en otras repeticiones lucanas, este discurso presenta algunos detalles que no se habían dado anteriormente: w. 15c. 16.19 frente a los vv. 1-12. 15. pidiendo su condena: Aparece ahora con claridad que los judíos no querían realmente que se celebrara un juicio justo. 16. no acostumbran: El princi(-)pio que Festo menciona es uno de los más im(-)portantes de toda la jurisprudencia romana; cf. Digestae (en Cod. luris Civilis) 48.17.1; Tácito, Hist. 1.6; Dupont, Etudes 541-50. 19. cuestiones referentes a su propia religión: Ante tan ilustre invitado judío, Festo utiliza el término deisidaimonia con el sentido de «religión» (cf. 17,22), no de «superstición» (RSV). Su informe reitera uno de los principales argumentos lucanos de la sección del proceso (cf. comentario sobre 18,14; 23,27-30). y que, según Pablo, está vivo: El gran punto de la controversia, que anterior(-)mente se expresó en términos apocalípticos judíos, «resurrección de los muertos» (23,6; 24,15.21) , se formula ahora adaptándolo a la sensibilidad romana, distanciándose clara(-)mente del kerigma, pero que, como bien sabe(-)mos, lo evoca (cf. 1,3; 3,15; Lc 24,5.23), y aña(-)diendo a las escenas anteriores del proceso el nombre de Jesús como el Resucitado. 20. per(-)plejo: Esta afirmación confirma que Festo tenía la intención de renunciar a emitir un juicio en el caso de Pablo (compárese con el v. 9). 21. a la decisión del Augusto: El título gr. de Sebastos (lat. Augustus) fue otorgado por el senado al je(-)fe de estado romano por primera vez el 27 a.C. (OCD 124).

122(vi) Pablo ante al rey Agripa (25,23-26,32). 23. con gran ostentación: Una descrip(-)ción idílica de la llegada del rey crea el esce(-)nario para la última y más detallada apología de Pablo, con la que se completa el programa de sus confesiones como perseguido, que el Señor había establecido en 9,15. 26. escribir sobre él: Con una dilación táctica, Lucas nos cuenta finalmente por qué Agripa tuvo que es(-)cuchar el caso en audiencia. La apología pos(-)terior no añade elementos útiles que Festo pu(-)diera incluir en su informe al César (cf. 26,24!). Pero éste no es el verdadero objetivo de Lucas en el cap. 26; lo que pretende, más bien, es concluir su respuesta a la persistente cuestión de la relación del evangelio con el ju(-)daismo (26,2-3; ? 5 supra). al Soberano: Lit. «al Señor», la más antigua aplicación conoci(-)da del génerico ho kyrios al emperador roma(-)no (cf. TDNT 3.1055; Conzelmann, Apg. 147; J. A. Fitzmyer, WA 115-42).

King James Version (KJVO) (1611)



Chapter XXV.

2 The Iewes accuse Paul before Festus. 8 He answereth for himselfe, 11 and appealeth vnto Cesar. 14 Afterwards, Festus openeth his matter to king Agryppa, 23 and he is brought forth. 25 Festus cleareth him to haue done nothing worthy of death.

[Pauls appeale.]

1 Nowe when Festus was come into the prouince, after three dayes he ascended fro Cesarea to Hierusalem.
2 Then the high Priest, and the chiefe of the Iewes informed him against Paul, and besought him,
3 And desired fauour against him, that he would send for him to Hierusalem, laying wait in the way to kill him.
4 But Festus answered, that Paul should be kept at Cesarea, and that hee himselfe would depart shortly thither.
5 Let them therefore, said he, which among you are able, go downe with me, and accuse this man, if there be any wickednesse in him.
6 And when hee had taried among them [ Or, as some copies reade, no more then eight or ten dayes.] more then ten dayes, hee went downe vnto Cesarea, and the next day sitting in the iudgement seat, commanded Paul to be brought.
7 And when hee was come, the Iewes which came downe from Hierusalem, stood round about, and laide many and grieuous complaints against Paul, which they could not proue,
8 While hee answered for himselfe, Neither against the law of the Iewes, neither against the Temple, nor yet against Cesar, haue I offended any thing at all.
9 But Festus willing to doe the Iewes a pleasure, answered Paul, and said, Wilt thou goe vp to Hierusalem, and there be iudged of these things before me?
10 Then said Paul, I stand at Cesars iudgement seat, where I ought to bee iudged; to the Iewes haue I done no wrong, as thou very well knowest.
11 For if I be an offender, or haue committed any thing worthy of death, I refuse not to die: but if there be none of these things whereof these accuse me, no man may deliuer me vnto them. I appeale vnto Cesar.
12 Then Festus when he had conferred with the Councill, answered, Hast thou appealed vnto Cesar? vnto Cesar shalt thou goe.
13 And after certaine dayes, king Agrippa and Bernice, came vnto Cesarea, to salute Festus.
14 And when they had beene there many dayes, Festus declared Pauls

[King Agrippa heareth Paul.]

cause vnto the king, saying, There is a certaine man left in bonds by Felix:
15 About whom when I was at Hierusalem, the chiefe Priests and the Elders of the Iewes enformed me, desiring to haue iudgement against him.
16 To whom I answered, It is not the maner of the Romanes to deliuer any man to die, before that he which is accused, haue the accusers face to face, and haue licence to answere for himselfe concerning the crime laid against him.
17 Therefore when they were come hither, without any delay, on the morrow I sate on the iudgement seate, and comanded the man to be brought forth.
18 Against whom when the accusers stood vp, they brought none accusation of such things as I supposed:
19 But had certaine questions against him of their owne superstition, and of one Iesus, which was dead, whom Paul affirmed to be aliue.
20 And because [ Or, I was doubtfull how to inquire heereof.] I doubted of such maner of questions, I asked him whether he would goe to Hierusalem, and there be iudged of these matters.
21 But when Paul had appealed to bee reserued vnto the [ Or, iudgement.] hearing of Augustus, I commanded him to be kept, till I might send him to Cesar.
22 Then Agrippa said vnto Festus, I would also heare the man my selfe. To morrow, said he, thou shalt heare him.
23 And on the morrow when Agrippa was come and Bernice, with great pompe, and was entred into the place of hearing, with the chiefe captaines, and principall men of the citie; at Festus commaundement Paul was brought foorth.
24 And Festus said, King Agrippa, and all men which are heere present with vs, ye see this man, about whom all the multitude of the Iewes haue dealt with me, both at Hierusalem, and also heere, crying that he ought not to liue any longer.
25 But when I found that he had committed nothing worthy of death, and that he himselfe hath appealed to Augustus, I haue determined to send him.
26 Of whom I haue no certaine thing to write vnto my Lord: Wherefore I haue brought him foorth before you, and specially before thee, O king Agrippa, that after examination had,

[King Agrippa heareth Paul.]

I might haue somewhat to write.
27 For it seemeth to me vnreasonable, to send a prisoner, and not withall to signifie the crimes laid against him.

Nuevo Comentario Bíblico Siglo XXI (Editorial Mundo Hispano, 2019)



Pablo ante Festo. La segunda de las tres audiencias ante funcionarios en Cesarea se relata aun más brevemente, enfocando sólo el deseo de los judíos de llevar a Pablo a Jerusalén y su apelación a Roma. Este hecho determinó el resto de los sucesos narrados en Hech.

1-5 En Jerusalén los líderes judíos presentaron acusaciones que eran insuficientes como para que Pablo fuera transferido allí, lo que era bueno, ya que estaban preparándole una emboscada una vez más. Los judíos habían probado sus fuerzas mandando una delegación contra Félix (aun cuando no fue totalmente exitosa) y podrían haber esperado que Festo les hiciera un favor para mantener las buenas re laciones. Festo estuvo dispuesto a reabrir el caso (9) pero en sus propios términos y no en los de ellos (ver su relato del asunto en 25:15-17).

6-8 Lucas informa simplemente que los serios cargos no podían ser substanciados y que Pablo tenía la conciencia limpia (pero ver 25:17-19). 9 Festo aún deseaba hacer concesiones a los judíos y no quería tomar una decisión sobre algo que tocaba sus creencias religiosas (ver 25:20). Probablemente tampoco quería declarar inocente a Pablo en ese momento tan sensible de su carrera política. 10, 11 Su ofrecimiento de volver a convocar el juicio en Jerusalén no era tampoco aceptable para Pablo, quien protestó diciendo: nadie puede entregarme a ellos (los judíos). (La ciudadanía de Pablo también figura en la forma de ser tratado en 16:37-39 y 22:25-29.) Resulta irónico a la luz de la profecía de Agabo que los judíos entregarían a Pablo en manos de los gentiles (21:11) porque ¡reiteradamente fueron los judíos los que quisieron sacar a Pablo de esas manos! 12 Aparentemente, cualquier ciudadano romano tenía el derecho de apelar al César en ciertas circunstancias, pero los detalles de las reglas precisas en el primer siglo son tema de discusión. Probablemente Festo se sintió muy aliviado de no tener que enfrentar la responsabilidad final en este asunto.

Dios Habla Hoy (Sociedades Bíblicas Unidas, 1996)



Reina-Valera 1995 Notes:



[1] 25.1 Porcio Festo sucedió a Félix y fue procurador de Judea, probablemente del año 60 d.C. hasta su muerte en el 62 d.C.

[2] 25.1 De Cesarea, capital administrativa, Festo fue casi de inmediato a Jerusalén, la capital religiosa, para establecer relaciones con los judíos.

[3] 25.3 Cf. el complot de Hch 23.12-15; ahora, como no habían podido matar a Pablo, querían que, por lo menos, fuera devuelto a la jurisdicción judía.

[4] 25.7 Cf. Mc 14.55-59; Lc 23.13-15.

[5] 25.9-11 Pablo, sabiendo que en Jerusalén no tendría un juicio imparcial por causa de la presión de los judíos, apela a César (en la persona del gobernador, o en la del propio emperador); era este un derecho que le correspondía como ciudadano romano.

[6] 25.12 Festo ordena que el caso se juzgue ante el propio César, lo cual llevará a Pablo hasta Roma (Hch 27--28).

[7] 25.13 Agripa: Herodes Agripa II, o Marco Julio Agripa, hijo de Herodes Agripa I (véase Hch 12.1 n.); había recibido de César el título de rey sobre algunos territorios al norte de Palestina, y autoridad para nombrar al Sumo sacerdote judío. Aunque la familia de Herodes era de ascendencia judía, Agripa se había puesto de parte de los romanos y casi no practicaba su propia religión; sin embargo, Pablo le habla como a judío (Hch 26.3-8,27).

[8] 25.13 Berenice, hermana de Agripa y de Drusila (Hch 24.24), había tenido diferentes maridos y amantes de alto rango, y ahora vivía con su propio hermano.

[9] 25.16 Principio básico de la ley romana.

[10] 25.21 César: Nerón, emperador entre los años 54 y 68 d.C.

[11] 25.23 Con mucha pompa: una procesión ostentosa, típica de aquella pareja real.

[12] 25.25 Cf. Hch 18.14-15; 23.29.

Comentario al Nuevo Testamento (EUNSA, 2008)

La venalidad de Félix ha quedado de manifiesto poco antes (cfr 24,26-27); ahora el proceso sigue con su sucesor Porcio Festo. Las fuentes profanas nos indican que Festo fue un buen gobernante en los dos o tres años, hasta su muerte en el 62, en los que fue gobernador de Judea.

En el texto queda sugerida esta actitud imparcial de Festo. El gobernador no piensa ceder al tribunal judío la jurisdicción sobre el reo. Pero su prudencia política le mueve a tener en cuenta parcialmente las peticiones de los acusadores y conceder al Sanedrín una voz en el proceso. Por lo demás, Festo podía designar al Sanedrín como consilium. Éste es el sentido de su invitación a Pablo para que acceda a ser juzgado en Jerusalén.

En realidad, la pregunta del gobernador es retórica, pues con ella se limita a informar al acusado de lo que ya ha decidido. Pablo advierte las intenciones de Festo y apela al César para evitar un juicio en condiciones desfavorables. Esta idea de apelar (provocare) a quien tiene la majestad cuando un ciudadano romano consideraba que un magistrado había utilizado abusivamente o, al menos, con arbitrariedad su potestad coercitiva, se encuentra en la entraña misma de la mentalidad romana y era considerada una segura garantía y manifestación de su libertad política. No debe confundirse esta apelación con la impugnación de sentencias, llamada técnicamente apellatio, pues Pablo todavía no había sido condenado.


La Biblia de Nuestro Pueblo (Liturgical Press, 2006),

Apela al César. Han pasado dos años. Pablo sigue preso, metido aún en la batalla legal que decidirá su suerte. Tres días después de tomar posesión del cargo, el nuevo gobernador Festo tiene ya que ocuparse del asunto Pablo a instancias de los judíos. La insistencia de Lucas en mostrar la inocencia del Apóstol nos deja un poco sorprendidos. Es el tema más explicado y repetido hasta el cansancio en el libro de los Hechos.
¿Existían todavía entre los lectores de Lucas grupos que aun dudaban de la inocencia del Apóstol? ¿Tuvieron parte los judíos en la muerte de Pablo en Roma, quizás con las mismas acusaciones? No sabemos. El hecho es que Lucas nos presenta en este relato a la tercera autoridad romana que encuentra a Pablo inocente. Festo, queriendo quedar bien con los judíos, pregunta al Apóstol si quiere volver a Jerusalén para ser juzgado. Quizás cansado de tantas complicaciones, Pablo apela a su derecho como ciudadano romano de ser juzgado ante el tribunal del César en Roma. ¿En demanda de justicia?, ¿o para cumplir el designio de Dios?

Greek Bible (Septuagint Alt. Versions + SBLGNT Apparatus)

Ἐπὶ τοῦ βήματος Καίσαρος ἑστώς Treg NA28 RP ] Ἑστὼς ἐπὶ τοῦ βήματος Καίσαρός WH
  • ἠδίκησα NA28 RP ] ἠδίκηκα WH Treg

Sagrada Biblia (Conferencia Episcopal Española, 2011)

*25:1-12 Se explica por qué Pablo apela a Roma y de qué forma concreta llegará a esta ciudad, donde se había propuesto ir (Hch 19:21) y donde Jesús ha dispuesto que diera testimonio (Hch 23:11).

Biblia Hispano Americana (Sociedad Bíblica Española, 2014)

— donde debo ser juzgado: Es un derecho que le corresponde a Pablo por ser ciudadano romano, y que no duda en reclamar, pues está seguro de que la presión de los judíos haría imposible un juicio imparcial en Jerusalén.

Libro del Pueblo de Dios (San Pablo, 1990)



10-12. Ver nota 22. 28.

13. "Agripa" y "Berenice" eran hijos de Herodes Agripa I.

19. Ver 23. 6; 24. 21.

Torres Amat (1825)



[12] Festo sirve sin saberlo a una orden de la divina providencia, cuando ordena que Pablo sea llevado a Roma.

iNT-CEVALLOS+ Interlineal Académico Del Nuevo Testamento Por Cevallos, Juan Carlos

[I δεῖ I] debo.

Jünemann (1992)


10 a. El tribunal del procurador es el mismo del César.