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En efecto, los magistrados no son de temer cuando se obra el bien, sino cuando se obra el mal.¿Quieres no temer la autoridad? Obra el bien, y obtendrás de ella elogios, (Romanos  13, 3) © Nueva Biblia de Jerusalén (Desclee, 1998)

Comentario de Santo Toms de Aquino

CAPITULO 13
Lección 1: Romanos 13,1-7
Se instruye a los inferiores sobre cómo en el ejercicio de la caridad deben obedecer a los superiores, tanto con ayuda, como con agrado, y se excluye la opinión de algunos cristianos que de la libertad tenían, sacada de nuevo de las tinieblas a la luz por los herejes recientes.1. Toda persona está sujeta a las potestades superiores. Porque no hay potestad que no provenga de Dios, y las que hay han sido ordenadas por Dios.2. Por lo cual el que resiste a la potestad, a la ordenación de Dios resiste.3. Porque los magistrados no son de temer por las obras buenas, sino por las malas. ¿Quieres no tener que temer a la autoridad? Obra el bien y tendrás de ella alabanza.4. Porque es un ministro de Dios para tu bien. Pero si obras mal, tiembla. Porque no de en vano ciñe espada. Porque es ministro de Dios, vengador con ira contra el que obra el mal.5. Por lo tanto, es necesario que le estéis sujetos, no sólo por el castigo, sino también por conciencia.6. Por esto mismo también pagáis tributos. Porque son ministros de Dios, a quien en esto mismo sirven.7. Pagad, pues, a todos lo que se les debe: a quien tributo, el tributo; a quien impuesto, el impuesto; a quien temor, temor; al que honra, honra.Habiendo enseñado el Apóstol de qué manera debe el hombre presentársele a Dios, usando los dones de su gracia, aquí muestra cómo debe presentársele al prójimo: primero en cuanto a los superiores; luego, en cuanto a todos: No tengáis otra deuda con nadie que la del amor (Rm 13,8). Acerca de lo primero hace dos cosas: Primero induce a los hombres a la sujeción que les deben a los superiores; luego, a dar la señal de la sujeción: Por esto mismo también pagáis tributos. Acerca de lo primero hace tres cosas. Primero enuncia la enseñanza; segundo, da su razón: Porque no hay potestad que no provenga de Dios; tercero, infiere la conclusión deseada: Por lo tanto, es necesario que le estéis sujetos, etc.Acerca de lo primero se debe considerar que algunos fieles de la primitiva 1glesia decían que no debían sujetarse a las potestades terrenas en virtud de la libertad que habían conseguido de Cristo, según aquello de Juan 8,36: Si el Hijo os hace libres, seréis verdaderamente libres. Pero la libertad concedida por Cristo es la libertad del espíritu por la cual nos liberamos del pecado y de la muerte, como arriba está dicho (Rm 8: 2): La Ley del espíritu de vida en Cristo Jesús me ha liberado de la ley del pecado, y de la muerte. Mas la carne permanece todavía sujeta a la servidumbre, como arriba (Rm 7) está dicho. Y por eso en el momento en que el hombre sea liberado por Cristo a ninguna sujeción estará sometido, ni espiritual ni carnal. Por lo cual se dice en 1Co 15,24: Cuando El entregue el reino al Dios y Padre, cuando haya derribado todo principado y toda potestad. Pero mientras todavía gobernamos la carne corruptible, es necesario estar sujetos a los señores terrenales. Por lo cual se dice en Efesios 6,5: Siervos, obedeced a los amos según la carne. Y esto es lo que también aquí dice el Apóstol: Toda persona está sujeta a las potestades superiores. Y se llama aquí potestades superiores a los hombres constituidos en autoridad, a quienes debemos sujetarnos según el orden de la justicia. A causa del Señor sed sumisos a toda humana institución, sea al rey como soberano, sea a los gobernadores como enviados suyos, efe. (1Pe 2,13-14). Y dice de manera indefinida a las potestades superiores, para que por razón de la excelencia de su ministerio nos les sujetemos, aun cuando sean malos. De aquí que (1Pe 2,18) agrega San Pedro: Sed sumisos, no solamente a los buenos e indulgentes, sino también a los difíciles. Y el toda persona indica por sinécdoque a todo hombre, como también en Génesis 17,14: Será su alma borrada de su pueblo. Y se usa este modo de hablar porque la sumisión a los superiores la debemos tener del alma misma, o sea, de la limpia voluntad, según Efesios 6,6: No sirviéndoles cuando os ven, como los que buscan agradar a hombres, sino como siervos de Cristo que cumplen de corazón la voluntad de Dios.En seguida, cuando dice: Porque no hay potestad, etc., da la razón de la previa admonición. Primero por parte de lo honesto; segundo, por parte de lo necesario: Y los que resisten, etc. Acerca de lo primero hace dos cosas. Primero enuncia dos principios; luego, de ellos concluye: Por lo cual el que resiste, etc. Porque primero enuncia el origen de la potestad, diciendo: Porque no hay potestad que no provenga de Dios. Porque lo que se diga en común de Dios y de las creaturas, se deriva de Dios a las creaturas, como lo hace patente acerca de la sabiduría el Eclesiástico (I,1): Toda sabiduría viene del Señor Dios. Y se habla de potestad de Dios y de los hombres. Dios no desecha a los poderosos, siendo también El mismo, como es, poderoso (Jb 36,5). De lo cual se sigue que toda humana potestad procede de Dios. El Altísimo tiene dominio sobre el reino de los hombres, y lo dará a aquel que bien le pareciere (Daniel 4,14). No tendrías sobre Mí ningún poder si no te hubiera sido dado de lo alto (Jn 19,2).Objeción.-Contra esto parece estar lo que se dice en Oseas 8,4: Ellos reinaron, pero no por Mí; fueron príncipes, mas Yo no los reconocí.Respuesta.-Pero a esto se debe decir que la regia potestad o la de cualquiera otra dignidad puede ser considerada en cuanto a tres cosas. De un modo en cuanto a la propia potestad, y así es por Dios por quien los reyes reinan, como se dice en Proverbios 8,15. De otra manera se puede considerar en cuanto al modo de alcanzar la potestad, y así a veces la potestad proviene de Dios: cuando se alcanza ordenadamente la potestad, según lo que se dice en Hebreos 5,4: Y nadie se toma este honor sino el que es llamado por Dios, como lo fue Aarón. Pero a veces no proviene de Dios, sino del perverso apetito del hombre, que por ambición o por cualquier otro medio ilícito obtiene el poder. Pues qué ¿no nos ha hecho poderosos nuestra fortaleza? (Amos 6,14). Puédese considerar un tercer modo en cuanto al uso, y así a veces proviene de Dios, que es cuando se usa de la concedida potestad conforme a los preceptos de la justicia divina, según Proverbios 8,15: Por mí reinan los reyes y decretan los legisladores leyes justas. Mas a veces no proviene de Dios, como cuando de la potestad recibida se usa contra la justicia divina, según el Salmo 2,2: Hanse coligado los reyes de la tierra, y se han confederado los príncipes contra el Señor, y contra su Cristo. Se pregunta también sobre si el poder de pecar proviene de Dios. A lo cual hay que responder que el propio poder con el que se peca proviene de Dios. Porque es la misma la facultad con la que se peca y con la que rectamente se obra; pero lo que se ordene al bien, de Dios proviene; mas lo que se ordene al pecado se debe a defecto de la creatura en cuanto procede de la nada.Lo segundo que indica es que las potestades que hay han sido ordenadas por Dios, siendo la razón de esto que Dios hizo todas las cosas por su sabiduría, según el Salmo 103,24: Todo lo has hecho sabiamente. Y es propio de la sabiduría el disponer todas las cosas ordenadamente. Abarca ella fuertemente de un cabo a otro todas las cosas y las ordena todas con suavidad (S'ab 8,1). Por lo cual es necesario que los resultados divinos sean ordenados. ¿Entiendes tú el orden de los cielos, y aplicas sus leyes a la tierra? (Jb 38,33). Pues Dios instituyó un doble orden en sus efectos. El uno por el cual todas las cosas se ordenan a lo mismo (Todas las cosas las ha hecho el Señor para Sí mismo: Prov 16,4). Y el otro por el cual los efectos divinos se ordenan entre sí, como se dice en el Deuteronomio (4,19) acerca del sol y la luna y las estrellas, que Dios los hizo para el servicio de todas las gentes.En seguida, cuando dice: Por lo cual el que resiste, etc., de las dos premisas concluye su tesis. Porque si la potestad de los príncipes, en cuanto es tal, de Dios procede, y nada de cuanto proviene de Dios carece de orden, se sigue que también procede de Dios el orden por el que los inferiores se someten a las potestades superiores. En consecuencia, quien contra este orden resiste a la potestad, a la ordenación de Dios resiste.-No te han desechado a ti sino a Mí, para que no reine sobre ellos (I Reyes 8,7). Quien a vosotros desprecia, a Mí me desprecia (Lc 10,16). Así es que resistir a la divina ordenación es contrariar la bondad de la virtud. De aquí que obra contra la virtud quien resista a la potestad en lo que pertenezca al orden de su poder.En seguida, cuando dice: Y los que resisten, etc., enseña que tal sumisión no sólo es buena sino necesaria. Y primero enuncia su tesis; luego, la prueba: Porque los magistrados, etc. Así es que primero dice: Se ha dicho que el que resiste a la potestad, a la ordenación de Dios resiste, lo cual por sí mismo débese evitar como contrario que es a la virtud. Porque muchos hay que por no amar la virtud, no detestan las cosas contrarias a la virtud. De aquí que estos tales son impelidos a evitar el mal por los castigos, y en cuanto a esto agrega: Y los que resisten a la divina ordenación ellos mismos se acarrean la condenación por obrar contra el orden de la potestad. Lo cual puédese entender de una manera de la eterna condenación que merecen quienes no quieren someterse a las potestades en lo que deben. Ejemplo de éstos son Datan y Abirón, que resistieron a Moisés y Aarón, por lo cual se los tragó la tierra, como se lee en Números 16,30-33.De otro modo se puede entender de la condenación del castigo que se les inflige por los magistrados. Como el rugido del león, así es la ira del rey; peca contra su propia vida quien le irrita (Prov 20,2).Objeción.-Pero contra esto parece estar que los Apóstoles y los Mártires resistieron a los magistrados y a las potestades; y no por ello merecieron la condenación por Dios sino el premio.Respuesta.-Pero débese decir que aquí habla el Apóstol de quien resiste a la potestad inferior en cuanto está ordenada por Dios. Y esta divina ordenación establece que a la potestad inferior no se le obedezca contra la superior, así como también en las cosas humanas, que al Procónsul no se le obedezca contra el Emperador, ni al Valido contra el Rey. Y toda potestad humana está ordenada bajo la potestad de Dios, y a ninguna potestad humana hay que obedecer contra Dios, según los Hechos (5,29): Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres.En seguida, cuando dice: Porque los magistrados, etc., da la razón de lo que dijera. Y primero la da; luego, de la razón expuesta deduce cierta útil enseñanza: ¿Quieres no tener que temer a la autoridad?, etc.; tercero, indica la necesidad de tal enseñanza: Pero si obras mal, etc. Así es que primero dice: Se ha dicho que quienes resisten a la potestad, se acarrean la condenación. Porque los magistrados, que aquí se llaman potestades, no son de temer por las obras buenas, por hacer el bien, sino por las malas, por el mal que obres. Lo cual es claro que se debe entender conforme a la causa por la que son instituidos los magistrados. Porque están instituidos para que aquellos que no son atraídos a evitar el mal y hacer el bien por amor de la virtud, sean obligados a ello por el temor del castigo. El rey sentado en el trono donde administra justicia, con una sola mirada disipa toda maldad (Prov 20,8). Y conforme a esto se dice que los magistrados no son para temor de la buena obra, sino de la mala, en cuanto a lo que le compete al magistrado por su oficio, como también lo dice Is 32,8: El príncipe pensará cosas dignas de un príncipe.Puede esto referirse también a los malos príncipes, que no son para temor de la buena obra sino de la mala, porque aunque a veces injustamente persigan a quienes obran el bien, sin embargo los que obran el bien no tienen por qué temer, porque esto mismo, si pacientemente lo soportan, redunda en bien de ellos mismos, según enseña San Pedro en su Primera Epístola (3,14): Si padeciereis por causa de la justicia, dichosos de vosotros. No tengáis de ellos ningún temor, para que no os perturbéis. Pues bien, por lo que aquí se dice se puede dar la razón por la que quienes a la potestad resisten acarrean su propia condenación: ya sea que se entienda de la condenación del castigo, con el que los magistrados castigan a los rebeldes, ya sea de la condenación con la que los hombres son castigados por Dios. Porque si los magistrados son para temor de las malas obras, se sigue que si alguien resiste a la potestad, está obrando mal; y así, uno mismo, obrando mal, es la causa de su propio castigo temporal y eterno.En seguida, cuando dice: ¿Quieres no tener que temer?, etc., de lo que dijera obtiene cierta útil enseñanza, la de librarse del temor al magistrado. Y primero con su misma interrogación insinúa ser esto lo deseable, diciendo: ¿Quieres no tener que temer a la autoridad? Como si dijera que esto es lo que debe serle grato al hombre. Como el rugido del león, así la ira del rey (Prov 20,2). Lo segundo que enseña es el medio de obtener aquello, diciendo: Obra el bien, porque, como se dice en Prov 16,13, Son gratos al rey los labios que hablan lo justo; y en el Salmo 100,6: Los que procedían irreprensiblemente, ésos eran mis ministros. Lo tercero es que muestra su efecto, diciendo: Y si haces el bien no solamente evitarás el temor sino que además tendrás de ella alabanza, de parte de la autoridad, lo cual es evidente si se le considera conforme al fin por el cual han sido instituidos los magistrados. Porque han sido instituidos no sólo para que aparten del mal por el temor de las penas, sino también para que inviten a obrar bien por los premios, conforme a 1 Pedro 2,14: O a los gobernadores, como enviados suyos para castigar a los malhechores y honrar a los que obran bien. Se aplica esto también a los malos príncipes, de los que es la injusta persecución, mientras se alaba a los buenos que pacientemente la soportan. Ved cómo proclamamos dichosos a los que soportan (Sant 5,2). Cuarto, da la razón de ello, diciendo: Porque es un ministro de Dios para tu bien. Lo cual en verdad es patente de manera manifiesta en cuanto al debido orden de los magistrados. Porque bajo el poder de Dios, como del supremo príncipe, están como ministros ordenados. Siendo vosotros unos ministros de su reino (Sab 6,5). Pues a lo mismo tiende el ministro y el señor. Cual es el juez del pueblo, tales son sus ministros (Eccli 10,2). Y por lo mismo, así como Dios obra para el bien de los que obran bien, así también los magistrados si rectamente ejercen su ministerio. Pero también los malos príncipes son ministros de Dios, conforme a la ordenación de Dios para infligir sufrimientos, aun cuando sea fuera de la intención de ellos, según Is 10,5: Asur, vara y bastón de mi furor: en su mano he puesto mi ira. Es verdad que él no lo pensará así (Is 10,5,7). Y leemos en Jeremías 25,9: Yo reuniré y enviaré, dice el Señor, todas las familias del Norte con Nabucodonosor, rey de Babilonia, ministro mío, y los conduciré contra esta tierra, etc. Y porque tales malos príncipes, a veces, permitiéndolo Dios, afligen a los buenos, lo cual redunda en bien de éstos, según aquello: Todas las cosas cooperan para el bien de los que aman a Dios (Rm 8,28).En seguida, cuando dice: Pero si obras mal, etc., muestra la necesidad de la anterior doctrina. Porque se ha dicho que obrando el bien no temerás a la autoridad; mas si obras mal, tiembla, porque tienes por qué temer. Porque la maldad, siendo medrosa, trae consigo e¡ testimonio de su propia condenación (Sab 17,10). Segundo, da la razón de ello, diciendo: Porque no en vano ciñe espada. Se habla así conforme a la costumbre de los príncipes, que como insignia de su poder traían consigo los instrumentos del castigo, por ejemplo el haz de varas para azotar y hachas y espadas para matar. Huid del filo de la espada, porque hay una espada vengadora de las injusticias (Jb 19,29). Tercero, explica su razón, diciendo: Ciñe, digo, espada, porque es ministro de Dios, vengador, o sea, que ejerce la venganza, con ira, esto es, para ejecutar la ira de Dios, o sea, su justo juicio, contra el que obra el mal, contra el malhechor. He aquí que yo reuniré a tus amantes, con quienes has pecado, y te juzgaré según las leyes que hay sobre adulterio, y te entregaré en poder de ellos (Ez 16,37,38,39). Son abominables al rey los que obran injustamente, porque la justicia es el apoyo del trono (Prov 16,12). Por lo cual es patente que no sólo es lícito sino también meritorio en los príncipes que por el celo de la justicia castiguen a los malos. De aquí que se dice en Ezequiel 19,20: Quedarán sus tropas recompensadas por el servicio prestado contra Tiro.En seguida, cuando dice: Por lo tanto, es necesario, etc., infiere la conclusión principalmente deseada: diciendo: Así es que, por las predichas razones, someteos a los magistrados por ser necesario, porque así es por necesidad de la salvación; o bien: someteos voluntariamente a la necesidad de que os domine el poder de los príncipes, para que de la necesidad hagáis virtud, no sólo por la cólera, esto es, para evitar el castigo, lo cual corresponde a la segunda razón, sino también por la buena conciencia que se ha de observar, lo cual pertenece a la primera razón, porque quien resiste a la potestad, a la ordenación de Dios resiste. Amonéstales para que se sometan a los príncipes y a las autoridades (Tito 3,1).En seguida, cuando dice: Por esto mismo también pagáis tributos, etc., induce a los hombres a manifestarles a sus superiores la señal de la sumisión. Y primero indica la señal de la sumisión; luego, induce a su manifestación: Pagas, pues, etc. Acerca de lo primero hace dos cosas. Primero indica la señal de la sujeción, diciendo: Por esto mismo, o sea, porque debéis estar sometidos, también pagáis tributos, o sea, debéis pagarlos, en señal de sumisión. Y por eso, quejándose, se dice en Trenos 1,1: La soberana de las provincias es ahora tributaria. Se les llama tributos porque los subditos los atribuyen a los señores.Segundo, indica la razón de ello, diciendo: Porque son ministros de Dios, a quien en esto mismo, esto es, por esto mismo que reciben los tributos, sirven, es claro que a Dios y al pueblo. Como si dijera: Cada quien debe vivir de su oficio, según 1Co 9,7: ¿Quién apacienta un rebaño y no se alimenta de la leche del rebaño? Y por eso, como nuestros príncipes con su gobierno sirven a Dios, del pueblo deben recibir tributos como salario de su ministerio, no como si deban considerarlos como premio. Porque el premio propio del príncipe es la alabanza y el honor, como dice el Filósofo (5 Ethic). Y cuando esto no le basta, surge el tirano. Pero esto no se debe entender de la sola alabanza y del solo honor humanos, porque tal premio sería vano, sino de la alabanza y del honor divinos que corresponden a los príncipes que son buenos gobernantes. ¡Oh reyes de los pueblos, amad la sabiduría a fin de reinar perpetuamente (Sab 6,22). Ahora bien, tales tributos los reciben para sostenerse, pues los príncipes trabajan por la paz de todos. De aquí que se dice en 1 Tim 2,1-2: Exhorto ante todo a que hagan súplicas por los reyes y por todos los que estén constituidos como autoridad, para que llevemos una vida tranquila y quieta. Y en Baruc 1,11-12 leemos: Rogaréis por la vida de Nabucodonosor, rey de Babilonia, para vivir ba¡o su amparo. Aunque de este débito están libres los clérigos por privilegio concedido por los príncipes, lo cual por cierto es de equidad natural. Por lo cual también entre los Gentiles estaban libres de tributos los que se dedicaban a las cosas divinas. Porque se lee en el Génesis (47,24,26) que José sujetó al Faraón toda la tierra de Egipto excepto las tierras de los sacerdotes que les habían sido entregadas por el rey, y también se les suministraban determinadas raciones de los graneros públicos. Y luego dice el Génesis que todo el agro egipcio quedó gravado con el quinto para el Faraón, con excepción de la tierra sacerdotal, que estaba libre de tal condición. Lo cual es equitativo porque así como los reyes tienen la solicitud del bien público en cuanto a los bienes temporales, así también los ministros de Dios en cuanto a los espirituales, y por el hecho de servir a Dios en lo espiritual recompensan al rey que trabaja por la paz de ellos. Pero hay que considerar que si, como se ha dicho, se les deben los tributos a los reyes como pago de su trabajo, doblemente pueden pecar los príncipes al recibir los tributos.Primero, si no procuran la utilidad del pueblo y sólo tratan de saquear sus bienes. Por lo cual se dice en Ezequiel,34,3: Vosotros os alimentáis de su leche y os vestís de su lana, y matáis las reses más gordas; mas no apacentáis mi grey. De otro modo, por arrebatar violentamente por encima de la ley establecida, la cual es una especie de pacto entre el rey y el pueblo, y por encima de la capacidad del pueblo. Por lo cual se dice en Miqueas 3,1: Escuchad, ¡oh vosotros, príncipes de Jacob y caudillos de la casa de 1srael! Y luego agrega: Desolláis al pueblo, y le quitáis la carne de encima de sus huesos.En seguida, cuando dice: Pagad, pues, etc., amonesta a dar la predicha señal de la sumisión. Y primero en general, diciendo: Por el hecho de que a los príncipes se les debe tributo, como a ministros de Dios, pagad, pues, a todos lo que se les debe. De lo cual se desprende que por necesidad de justicia están obligados los subditos a reconocerles a los príncipes sus derechos. Al rey le trajeron a uno que le era deudor de diez mil talentos (Mt 18,24). Y en Marcos 12,27 leemos: Dad al César lo que es del César, etc. Segundo, especifica; y primero las cosas que son exteriores, diciendo: A quien tributo debéis, pagadle el tributo, porque se le paga al príncipe por el gobierno general, por el que gobierna en paz y quietamente a la patria. Consideró que la quietud era una cosa buena, y se sujetó a pagar tributos (Gen 49,15). A quien impuesto le debéis, pagadle el impuesto, que se le paga al príncipe en algunos y determinados lugares sobre las mercancías y se emplea en la reparación y custodia de los caminos. O bien se dice que se le paga al príncipe el impuesto cuando viaja a través de la patria, y a esto se le llama procuración y de otras maneras semejantes.Segundo, indica lo que interiormente se debe sentir. Porque débese considerar que al príncipe se le deben temor y honor: temor, en cuanto es señor, que por la fuerza aparta del mal a los malos. Si Yo soy el Señor ¿dónde está la reverencia que me es debida? (Malaq 1,6). Y por eso dice: A quien temor debéis, rendidle temor.-Teme, hijo mío, a Dios (Prov 24,21). Y en cuanto como padre cuida de los bienes que son para el renombre de ellos, se le debe honra. Si Yo soy el Señor ¿dónde está la reverencia? (Malaq 1,6). Y por eso agrega: al que honra le debáis, dadle honra.-Honrad al rey (1Pe 2,17).Objeción. Pero en contra está lo que dice el Levítico (19,15): No respetes la cara del poderoso.Respuesta. Pero esto hay que entenderlo en cuanto a que no por eso te apartes de la justicia. Por lo cual agrega: Juzga a tu prójimo según justicia.

Biblia Comentada, Profesores de Salamanca (BAC, 1965)



Obediencia a los poderes públicos, 13:1-7.
1 Todos habéis de estar sometidos a las autoridades superiores, que no hay autoridad sino por Dios, y las que hay, por Dios han sido ordenadas, 2 de suerte que quien resiste a la autoridad resiste a la disposición de Dios, y los que la resisten se atraen sobre sí la condenación. 3 Porque los magistrados no son de temer para los que obran bien, sino para los que obran mal. ¿Quieres vivir sin temor a la autoridad? Haz el bien y tendrás su aprobación, 4 porque es ministro de Dios para el bien. Pero si haces el mal, teme, que no en vano lleva la espada. Es ministro de Dios, vengador para castigo del que obra el mal. 5 Por eso es preciso someterse, no sólo por temor del castigo, sino por conciencia. 6 Pagadles, pues, los tributos, que son ministros de Dios constantemente ocupados en eso. 7 Pagad a todos lo que debáis, a quien tributo, tributo; a quien aduana, aduana; a quien temor, temor; a quien honor, honor.

Anteriormente San Pablo se ha referido a las relaciones entre los cristianos y los no cristianos (cf. 12:14-21); ahora, puesto que escribe a los fieles de Roma, capital política entonces del mundo, cree oportuno añadir algunos avisos concretos sobre relaciones con los poderes públicos. Su doctrina, no obstante que esté pensando en las circunstancias concretas de los destinatarios de la carta, es de carácter general y abarca todos los tiempos (v.1-7).
De modo parecido a San Pablo se expresa también San Pedro en una de sus cartas (cf. 1Pe_2:13-14).
La idea fundamental de la exposición del Apóstol está en los v.1-2, al afirmar que todos los seress humanos, sin excluir los cristianos, deben obedecer a los poderes públicos constituidos, pues toda autoridad viene de Dios, y desobedecerlos es desobedecer a Dios. San Pablo no determina en qué sentido toda autoridad viene de Dios, idea por lo demás muy bíblica (cf. Sab_6:3-4; Jn 19-11) pero podemos suponer que es en el sentido de que Dios es el autor del hombre creado para vivir en sociedad y, por lo mismo, autor de la sociedad y de la autoridad, que es la forma de la sociedad misma. Esta doctrina es totalmente opuesta a la que, por aquellas mismas fechas, sostenían sus compatriotas zelotes en Palestina, que luchaban contra la dominación romana y defendían que someterse a cualquier autoridad humana, y más si pagana, era una especie de apostasía religiosa (cf. Hec_5:37). San Pablo, al contrario, lleva hasta Dios el origen de los Estados, pues es El quien ha determinado que existan organismos civiles, compuestos por quienes mandan y por quienes obedecen. Tanto es así, que resistir a las autoridades humanas es resistir a la disposición de Dios.. y atraerse sobre sí la condenación (v.2). Esta condenación (êñßìá) es, en el pensamiento de San Pablo, la justa sanción civil en castigo de la desobediencia, sanción que no excluye otra de tipo más elevado, dado que se trata de rebeldía contra la disposición de Dios.
Como vemos, la doctrina expuesta aquí por el Apóstol es de muy graves consecuencias, impregnando de profundo sentido religioso las relaciones del naciente cristianismo con el Estado, aunque éste sea pagano, como era el caso de entonces. Una observación importante queremos hacer, y es que San Pablo se fija en las autoridades constituidas de hecho, sin aludir al modo como llegaron al poder. Es cuestión que no considera. Tampoco considera el caso en que esas autoridades manden cosas injustas; más bien supone que el Estado se mantiene dentro de sus límites, aprobando el bien y reprimiendo el mal (v.3-4), y es sólo en esa hipótesis como tiene aplicación su doctrina, incluso en la cuestión de impuestos a que alude en los v.6-7. Para el caso de injusticia y abuso de poder, tenemos la respuesta tajante de San Pedro ante una orden del sanedrín: Es preciso obedecer a Dios antes que a los hombres (Hec_5:29).

De nuevo el precepto de la caridad,Hec_13:8-10.
8 No estéis en deuda con nadie, si no es en la del amor mutuo; porque quien ama al prójimo ha cumplido la Ley. 9 Pues aquello de no adulterarás, no matarás, no robarás, no codiciarás y cualquier otro precepto, en esta sentencia se resume: Amarás al prójimo como a ti mismo. 10 La caridad no obra el mal del prójimo. Es, pues, la caridad la plenitud de la Ley.

Terminado lo referente a los deberes para con el Estado, de nuevo vuelve San Pablo al tema de la caridad con todos los seres humanos. La entrada en materia es tan ingeniosa como delicada, presentando la caridad como una deuda que debemos pagar al prójimo, pero una deuda que es única, pues, al contrario de las otras, ésta nunca podremos acabar de saldarla (v.8).
Son de notar las expresiones con que San Pablo hace resaltar la importancia de la caridad, diciendo que es la plenitud (ðëÞñùìá) de la Ley (v.10) y que quien ama al prójimo ha cumplido (ðåôôëÞ-ñùêåí) la Ley (v.8) y que los preceptos de ésta se resumen (Üíáêå-öáëáéïàíôáé) en el de la caridad hacia el prójimo (v.9). Creemos que todas estas expresiones vienen a significar prácticamente lo mismo; es, a saber, que con la práctica de la caridad llevamos la Ley hasta su plenitud o, lo que es igual, hasta donde Dios intentaba llevarla. Late aquí una idea muy profunda, que conviene señalar, y que, antes que San Pablo, expresó ya Jesucristo en el sermón del monte, al decir que no había venido a abrogar la Ley, sino a consumarla (cf. Mat_5:17). Y notemos que, no obstante esta afirmación, el mismo Jesucristo añadirá poco después repetida y solemnemente: Oísteis que se dijo a los antiguos.., pero yo os digo..; y a veces, como en el caso del libelo de repudio, en abierta oposición con el precepto mosaico (cf. Mat_5:31.38).
Para darnos cuenta de lo que esto significa, tengamos presente que en la antigua Ley se han de distinguir claramente dos cosas: la idea o verdad divina que Dios intentaba inculcar y los preceptos mismos materiales en los que quedaba como encarnada y aprisionada esa idea. Estos preceptos, muchos de los cuales estaban ya en vigor entre el pueblo antes de Moisés, no eran sino el ropaje o involucrum del que Dios se valía, en consonancia con la capacidad del pueblo y las circunstancias históricas de entonces, sin que estuvieran destinados a perdurar en el reino mesiánico; no así la idea o verdad divina que esos preceptos encerraban, que era de valor perpetuo. Esta idea, como expresamente dice San Pablo (v.9; cf. Gal_5:14), no era otra que la idea de caridad. Lo mismo dice Jesucristo (cf. Mat_12:29-31; Luc_10:27-28), poniendo bien en claro a través de la parábola del samaritano (cf. Luc_10:30-37) que ese amor no ha de limitarse a los miembros del mismo pueblo o asimilados, como solían interpretar los judíos el término prójimo (cf. Lev_19:18.34; Mat_5:43), sino a todos los seres humanos, incluso enemigos. Es esa chispa de caridad, latente en todos los preceptos de la Ley, la que los pone en contacto con el Evangelio. Si, por la ley del tallón, por ejemplo, se limitaba la venganza a los términos de la injuria, era moderando la pasión humana, que no suele con-t tentarse con dar lo que recibió, preparando así el camino a la mansedumbre del Evangelio; y si, por la ley del libelo de repudio, se permitía despedir a la mujer, era no para introducir el divorcio, que se supone ya establecido, sino para coartar algo esa libertad y salir en defensa de la mujer, cuya situación, con ese documento, no era ya tan desesperada. Esa chispa de caridad es la que permanecerá en el reino mesiánico y será sacada a plena luz, mientras que el involucrum o elemento material sólo durará hasta Juan(cf. Mat_11:13; Gal_5:2). Ahí está precisamente la gran diferencia entre la interpretación de Jesucristo (y de Pablo) y la de los escribas y fariseos; mientras que éstos sólo atendían al aspecto externo y jurídico de la Ley, considerando todos sus preceptos como de valor permanente en el reino mesiánico, Jesucristo va hasta la misma raíz del precepto, poniendo en claro el sentido moral del mismo (cf. Mat_5:21-48), siendo precisamente ese sentido más profundo el que hace que sean armónicos y no antagónicos ambos Testamentos.

Exhortación a la vigilancia,Mat_13:11-14.
11 Y esto, ya que conocéis en qué tiempo estamos, porque es hora de levantaros del sueño, pues nuestra salud está ahora más cercana que cuando creímos. 12 La noche va muy avanzada y se acerca ya el día. Despojémonos, pues, de las obras de las tinieblas, y vistamos las armas de la luz. 13 Andemos decentemente, y como de día, no viviendo en comilonas y borracheras, no en amancebamiento y libertinaje, no en querellas y envidias, 14 antes vestios del Señor Jesucristo, y no os deis a la carne para satisfacer sus concupiscencias.

Estos versículos vienen a ser como conclusión a las recomendaciones que preceden, sea para todas en general a partir Deu_12:1, como opinan muchos, sea más concretamente para las relativas a la caridad (v.8-10), como parece insinuar el comienzo de la perícopa: Y esto.. Su finalidad es la de combatir la pereza y el dejar hacer, a lo que, pasados los primeros entusiasmos, están expuestos todos los hombres, incluso los mejores.
La idea del conjunto del pasaje es muy parecida a la de 1Te_5:1-10, y también 1Co_7:29-31. En sustancia, lo que San Pablo viene a decir, lo mismo en éste que en esos otros dos lugares, es que conviene vivir vigilantes, sin dejarnos arrastrar por las tendencias de la carne y los espejismos del mundo, pues el tiempo es breve y la salud se acerca. Pero ¿de qué tiempo y de qué salud se trata? Es esto lo que puede dar lugar a equivocaciones.
Hay autores que creen que San Pablo está aludiendo a la vida de cada uno sobre la tierra, tiempo realmente muy corto, al que seguirá la salud definitiva en los cielos; sería, pues, pensando en la brevedad de la vida de cada uno y en la gloria que nos espera después de la muerte como haría estas exhortaciones. La respuesta no puede ser más sencilla y, desde luego, evitaría muchas dificultades a que puede dar lugar el texto del Apóstol si se prescinde de esa interpretación. Sin embargo, no parece que esta respuesta esté en consonancia con el contexto y con las expresiones usadas por el mismo San Pablo (cf. v.11-12). Más bien creemos que el Apóstol está refiriéndose a la bendición o glorificación final que tendrá lugar en la venida de Cristo en la parusía (cf. 1Te_4:13-18). Ese tiempo en que estamos (v.11), con la noche ya muy avanzada (v.12), es el tiempo intermedio entre las dos venidas de Jesucristo, tiempo de la Iglesia militante. Y la salud que se acerca (v.11) es la misma de que ha venido hablando desde el principio de la carta (cf. 1:16); pero no meramente incoada como la que tenemos ahora (cf. 3:21-26; 5:1; 8:1), sino en su consumación final definitiva, por la que todavía suspiramos (cf. 5:2-n; 8:18-25). De una parte, pertenecemos ya al mundo de la luz y debemos obrar en consecuencia (v.12-14; cf. 6:11-14; Efe_5:8-21; 1Te_5:5-8); de otra, estamos aún rodeados de tinieblas, con peligro de que nos envuelvan, esperando el pleno día de esa luz que ya esclarece el horizonte y cuyos rayos llegan hasta nosotros (v. 11-12).
Ni debe extrañarnos esta manera de hablar del Apóstol, insistiendo tanto en la parusía o segunda venida de Jesucristo. Lo hará infinidad de veces a lo largo de sus cartas (cf, 1Te_2:19; 1Te_3:13; 1Te_4:16-17; 1Te_5:23; 2Te_1:7; 1Ti_6:14; 2Ti_1:12; 2Ti_4:8; Tit_2:13). Es una concepción algo distinta de la nuestra actualmente. Mientras nosotros referimos simplemente nuestra esperanza a la consecución de los bienes del cielo, y esta esperanza nos anima y alienta en medio de los trabajos y tribulaciones presentes, para la primitiva comunidad cristiana esa esperanza estaba como centrada en un punto: el retorno glorioso de Jesús. Los mismos ángeles, consolando a los apóstoles en el momento de verse separados de Cristo en la ascensión, tienen ya ese mismo lenguaje: ¿Qué estáis mirando al cielo? Ese Jesús.. vendrá así, como lo habéis visto ir al cielo (Hec_1:11). Desde entonces esa esperanza está alentando y sosteniendo a los apóstoles en sus trabajos, y lo mismo a las primitivas comunidades cristianas (cf. 1Co_16:22; Rev_22:21). Por eso, en uno de sus discursos a los judíos, San Pedro los exhorta y anima a la conversión con la vista puesta en los tiempos de refrigerio y restauración de todas las cosas, que seguirán a la parusía (cf. Hec_3:20-21). Y en su segunda carta escribirá: No retrasa el Señor la promesa, como algunos creen; es que pacientemente os aguarda, no queriendo que nadie perezca, sino que todos vengan a penitencia.. Viviendo en esta esperanza, procurad con diligencia ser hallados en paz, limpios e irreprensibles delante de El (2Pe_3:8-14). Es también la recomendación de San Pablo (cf. Flp_4:5; 1Te_3:13; 2Ts_2:15-16; 1Ti_6:14). Eso no quiere decir que los apóstoles estuviesen convencidos de la inminencia de la parusía, cosa que, puesto que no se realizó, hubiese supuesto error en ellos. Parece, sí, que la desean e incluso juzgan posible que esté próxima (cf. 1Co_16:22; 2Co_5:2-4; 1Pe_4:7), pero a base siempre de la ignorancia anunciada por Jesucristo (cf. Mat_24:36; Hec_1:7), y que San Pablo manifiesta explícitamente (cf. 2Co_5:3; 1Te_5:1-3). Si con tanta frecuencia la recuerdan en sus exhortaciones morales, ello tiene un claro sentido pedagógico en apoyo de su predicación. Algo parecido a lo que dijimos de la esperanza mesiánica en el Antiguo Testamento, en nuestro comentario a Hec_15:16-17. Mas, a pesar de esos deseos y de esa expectativa, en caso de que les sobrevenga la muerte, no por eso se consideran perjudicados, como parece deducían algunos fieles de Tesalónica (cf. 1Te_4:13), sino que aceptan esa muerte complacidamente, en la seguridad de que la promesa de la glorificación final no quedaba frustrada y de que, ya desde un principio, se reunirían con el Señor, a quien fielmente habían servido (cf. 2Co_5:2-10; Flp_1:21-23; Hec_7:59-60).

Comentario al Nuevo Testamento (Serafín de Ausejo, 1975)



CAPÍTULO 13

4. ACTITUD FRENTE AL PODER DEL ESTADO (Rm/13/01-07)

1 Sométanse todos a las autoridades que ejercen el poder. Porque no hay autoridad sino por Dios, y las que existen, por Dios han sido establecidas. 2 De modo que quien resiste a la autoridad, contra el orden establecido por Dios se rebela, y los que se rebelan, acarrearán sobre sí mismos su condena. 3 Porque los gobernantes no son motivo de temor para la buena conducta, sino para la mala. ¿Quieres vivir sin temer a la autoridad? Haz el bien, y recibirás de ella elogio; 4 pues está al servicio de Dios para conducirte al bien. Pero, si haces el mal, teme; pues no en vano lleva la espada, ya que está al servicio de Dios como vengadora de la ira divina contra el que practica el mal. 5 Por lo tanto, es necesario someterse, no sólo por miedo al castigo, sino también por deber de conciencia. 6 Y por eso mismo pagadles también tributos; pues son funcionarios de Dios para dedicarse asiduamente a este oficio. 7 Dad a cada uno lo debido: a quien el tributo, el tributo; a quien el impuesto, el impuesto; a quien el respeto, el respeto; a quien el honor, el honor.

¿Pretende Pablo en esta sección hablar de modo particular sobre la conducta del cristiano en el mundo y frente al mundo? Planteada así la cuestión, difícilmente haríamos justicia al texto. Porque, según el pensamiento de Pablo, no podemos limitar el concepto de «mundo» en el sentido de la tradición occidental a la realidad estatal como contrapuesta a la Iglesia. Para Pablo «mundo» es siempre toda la realidad mundana, y especialmente el universo de las relaciones humanas, en su cualidad de ser creado, aunque al propio tiempo como creación que en muchos aspectos renuncia de su Creador. Desde Cristo y por Cristo, este mundo es el mundo viejo en el que ya ha irrumpido la nueva creación. Esta tensa existencia de la nueva creación en el viejo siglo que pasa la representa el cristiano en su conducta, en cuanto que se deja condicionar constantemente por la nueva realidad dada en Cristo. Conviene reflexionar también aquí sobre este punto preliminar para no hablar de la conducta de los cristianos en el mundo, con demasiada precipitación y facilidad en estos versículos.

La exhortación a comportarse de una forma adecuada frente al poder estatal no hay que separarla de las numerosas exhortaciones precedentes. Por lo demás, Pablo otorga al tema una especialísima atención, tal vez movido por alguna circunstancia concreta.

También por lo que se refiere a su actitud frente al poder estatal vale para los cristianos el «que nadie tenga de sí mismo estimación superior a la que debe tener» (v. 12,3). Los cristianos no han sido arrancados, por el mero hecho de serlo, del ordenamiento estatal y social en el que estaban insertos, sino que deben realizar su ser de cristianos dentro de la realidad dada. Ahora bien ¿significa esto un reconocimiento de cualquier autoridad estatal, independientemente de cuál sea el tipo de Estado en cada caso concreto? El principio que Pablo formula en el v. 1b no deja la menor duda de que para él las autoridades existentes proceden de Dios. Pablo no se pregunta hasta dónde se considera el poder estatal como establecido por Dios, ni si de hecho realiza y representa, en todo o en parte, un determinado orden de cosas impuesto por Dios, sino que -pese a todas las posibles y hasta probables incongruencias del ejercicio del poder- cuenta con autoridades superiores que descansan en el «orden establecido por Dios».

De esta realidad tienen que partir también los cristianos, aun cuando en cada caso concreto les incumba la obligación de discernir cuál es aquí y ahora la voluntad de Dios (12,2). Mas lo que preocupa a Pablo por encima de todo es precaver contra un entusiasmo que, partiendo de una falsa interpretación del don de Dios, cree que puede dejar de lado el estado de cosas existente. Pablo es ciertamente un predicador «ferviente» en el espíritu (v. 12,11); pero no es un hombre fantasioso ni exaltado. De ahí que requiera de todos los cristianos que soporten y no aligeren la tensión entre lo que aún persiste del mundo y la participación ya lograda de la creación nueva.

Con una lealtad al Estado, casi burguesa, exhorta a proseguir haciendo el bien. Si obras el bien, hasta el poder estatal puede ayudarte en esa empresa, en otro caso tendrás que temer a esa autoridad. Pero en ambas funciones en el reconocimiento y alabanza del bien como en el castigo del mal, el poder del Estado es un funcionario o ministro de Dios. Por ello, es necesario someterse al mismo. Pero en su conducta frente al poder estatal el cristiano no solamente considera una fuerza a la que no puede oponerse, sino que obra lo que debe obrar en libertad, y eso es lo que significa el «por deber de conciencia» (v. 5). En realidad, Pablo no exige nada extraordinario ni nuevo, cuando exhorta a los cristianos a que se muestren obedientes frente a la autoridad estatal. Pero es precisamente lo que en la vida cotidiana acontece como algo ordinario y natural, por ejemplo, los tributos en favor del Estado (v. 6s), lo que el cristiano debe aceptar con la misma naturalidad que cualquier otro ciudadano. Es evidente que aquí no se dice todo lo que habría que decir sobre la conducta del cristiano en general frente al Estado. Así, por ejemplo, Pablo no roza para nada si la obediencia al poder estatal tiene algunas limitaciones y cuándo, ni alude tampoco a la justificación de tales cuestiones. En principio esa limitaciones vendrían impuestas para Pablo en aquellos casos en que el cristiano se viere forzado a renegar de las exigencias del Evangelio.



5. EL AMOR ES EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY (Rm/13/08-10)

8 Con nadie tengáis deudas, excepto la de amaros mutuamente; pues quien ama al prójimo, ha cumplido ya la ley. 9 Porque aquello de «No cometerás adulterio; No matarás: No robarás; No codiciarás» (Deu_5:17-21), y los demás mandamientos, en esta expresión se resumen «Amarás a tu prójimo como a ti mismo» (Lev_19:18). 10 El amor no hace mal alguno al prójimo. Por tanto, el amor es cumplimiento de la ley.

Aunque en su vida cotidiana el cristiano hace lo que tiene que hacer con una cierta naturalidad, dentro de la escrupulosidad religiosa de su servicio sigue habiendo siempre una obligación que no es fácil eliminar: el amor mutuo. El amor es su tarea permanente, y desde luego como «cumplimiento de la ley». El hombre no cumple la ley, y eso quiere decir que el amor como cumplimiento de esa misma ley es y seguirá siendo un deber del hombre y también del cristiano. Las exigencias de la ley, tal como se expresan en cada uno de los mandamientos, se concentran y concretan para el cristiano en una nueva forma del precepto del amor. El amarse unos a otros es la nueva posibilidad cristiana, aunque con ello no se pida nada nuevo respecto de lo que ya pedía Lev_19:18. Por lo que hace al contenido, con este mandamiento se ponen en práctica las mismas realizaciones que ya requería la ley del Antiguo Testamento. Sólo que la verdadera intención de ese mandamiento del amor, conocido ya en su tenor literal, vuelve ahora a definirse de nuevo desde el acto de Cristo. El amor, que Jesucristo nos ha demostrado con la entrega de su vida «por mí» (Gal_2:20), permite reconocer nuestro amor como la nueva posibilidad que Dios nos otorga. El mandamiento del amor, revigorizado con el acto de Cristo, pone al cristiano en relación con el prójimo, es decir, con el hombre que se encuentra en este mundo. El amor es, por lo mismo, la forma con que los cristianos dan testimonio ante el mundo del acto de Cristo. En ese amor se cumple la ofrenda del propio cuerpo a que Pablo exhorta ya en la introducción (Gal_12:1). Aunque ante todo sólo muestre la forma íntima con la que no se «hace mal alguno al prójimo» (v. 10), por lo que hace al «cumplimiento de la ley», al amor se le abren en la vida cotidiana posibilidades siempre nuevas de una forma de culto práctica.

6. EL PRECEPTO DEL TIEMPO (Rm/13/11-14)

11 Y esto, tanto más cuanto que bien sabéis en qué tiempo vivimos: que ya es hora de que os despertéis del sueño, pues la salvación está ahora más cerca de nosotros que cuando abrazamos la fe. 12 La noche está muy avanzada, el día se acerca. Despojémonos, pues, de las obras de las tinieblas y revistámonos de las armas de la luz. 13 Como en pleno día, caminemos con decencia: no en orgías ni borracheras; no en fornicaciones ni lujurias; no en discordia ni envidias. 14 Al contrario, revestíos del Señor Jesucristo, y no pongáis vuestro afán en la carne para satisfacer sus deseos.

Para concluir el Apóstol fundamenta sus exhortaciones en la urgencia de la última hora. Los cristianos conocen el «tiempo» y saben que ha sonado la hora. El tiempo, en el que ahora se encuentran, está condicionado por el acontecimiento de Cristo y, en consecuencia, por el momento en que alcanzaron la fe. Pues bien, ese tiempo no permite el sueño despreocupado ni el permanecer inactivo confiado en los méritos de Jesucristo, sino que exige permanecer vigilante en espera del día que aportará la plenitud de nuestra salvación. La pronta llegada de Cristo como consumador del acontecimiento salvífico, a cuya disposición está al presente Pablo como su mensajero, es el fundamento y razón últimos de la vida cristiana. De ahí que la conducta cristiana deba reconocerse por las «obras» correspondientes al día y no las que corresponden a la noche. Las «obras de las tinieblas» no pueden ya conciliarse con el día al que tienden las miradas de los cristianos y cuya proximidad resulta tan evidente que ya no cabe la menor duda acerca de su aparición; más aún, al presente ya ha empezado a alborear y a poner en tela de juicio todo el poder de las tinieblas que aún ejercen su soberanía.

Con ello Pablo no fomenta veleidades apocalípticas, sino que exhorta a portarse bien en la hora presente: Importa mucho conocer el tiempo en que vivimos. Pero sólo se le puede reconocer en Jesucristo, en cuanto redentor del mundo que ya ha venido por nosotros, aunque todavía tiene que venir en el futuro. Ahora bien, que su venida no hay que posponerla hasta un futuro lejano e indeterminado, sino que hay que experimentarla más bien como un futuro que se inserta constantemente en el tiempo presente, es lo que testimonian los cristianos cuando caminan «como en pleno día».



Nuevo Comentario Bíblico San Jerónimo. Nuevo Testamento (Verbo Divino, 2004)



118 13,1-7. Obligaciones de los cristianos respecto a las autoridades civiles. Pablo, al es(-)cribir a la Iglesia romana, es sabedor de que esta comunidad era más consciente que otras de la autoridad imperial. Hasta el momento en que Pablo escribe Rom, no había habido per(-)secución oficial del cristianismo en Roma, pe(-)ro las luchas intestinas de la comunidad judía de esa ciudad (probablemente entre judíos y judeocristianos; - Pablo, 79:10) se zanjaron con la expulsión de los judíos de Roma decre(-)tada por Claudio (Hch 18,2). Pablo lo sabía, aunque su análisis de las obligaciones de los cristianos respecto a las autoridades civiles se queda en el plano de los principios generales. Como ciudadanos de otro mundo (Flp 3,20), los cristianos podrían sentirse inclinados a cuestionar su relación respecto a las autorida(-)des civiles, especialmente cuando éstas eran paganas. La solución que Pablo da al proble(-)ma está relacionada con los principios de Prov 8,15 y Mt 22,16-21.
119 1. toda persona: Lit., «toda alma», he(-)braísmo (véase el comentario a 2,9). El man(-)dato no queda restringido a los cristianos. En algunos mss. (P46, D, G) y la LA, se omite «al(-)ma» y hay un simple impv.: «obedeced a las autoridades superiores», autoridades superio(-)res: Lit., «autoridades que gobiernan, en altos cargos» (BAGD 841). El sustantivo pl. exousiai se aplica comúnmente a las «autoridades» hu(-)manas en el griego profano y en el NT (Lc 12,11) . O. Cullmann, sin embargo, ha sosteni(-)do que exousiai tiene otro significado, «los po(-)deres angélicos invisibles que están detrás del gobierno del Estado», o incluso un doble sig(-)nificado, «el Estado empírico y los poderes an(-)gélicos» (The State in the New Testament [Nue(-)va York 1956] [trad. esp. del or. al.: El estado en el Nuevo Testamento (Madrid 1966)]); cf. 1 Cor 2,8; 1 Pe 3,22. Sin embargo, no es muy proba(-)ble que Pablo se refiera a nada así; habla de las ordinarias autoridades civiles humanas, de las que los cristianos dependen y a las que deben obedecer, no hay autoridad que no provenga de Dios: Incluso la autoridad imperial de Roma procede de Dios, aunque Roma pueda mos(-)trarse reacia a admitirlo. Indirectamente, Pa(-)blo reconoce al Padre como la fuente de todo el bienestar y la paz traídos por el dominio im(-)perial romano. 2. quien se resiste a la autoridad se opone a lo que Dios ha ordenado: De lo pre(-)cedente se deduce un principio general. La obediencia a las autoridades civiles es una for(-)ma de obediencia a Dios mismo, pues la re(-)lación de los seres humanos con Dios no está limitada a la esfera religiosa o cultual. La su(-)posición que está presente a lo largo de los vv. 1 -7 es que las autoridades se conducen correc(-)tamente y buscan el bien de la sociedad. No se plantea la hipotética posibilidad, ni de un go(-)bierno tiránico, ni de otro incapaz de hacer frente a una situación en la que los justos de(-)rechos de los ciudadanos individuales o de un grupo minoritario sean desatendidos o vulne(-)rados. Pablo insiste simplemente en un aspec(-)to de la cuestión: la obligación de los súbditos respecto a la autoridad legítima. En este pasa(-)je no analiza las obligaciones de las autorida(-)des civiles. 4. pues son representantes de Dios que trabajan para (tu) bien: Se trata de una nueva formulación del v. 1, en la que se subra(-)ya el carácter delegado de la autoridad civil; sólo plantea la hipótesis de un gobierno civil que desempeña correctamente sus funciones. La expresión eis to agathón, «para el bien», ex(-)presa el finis de la actividad civil, no en vano llevan la espada: La espada se introduce como símbolo de autoridad penal, del poder legíti(-)mamente poseído por las autoridades civiles para coaccionar a los ciudadanos recalcitran(-)tes en su esfuerzo por mantener el orden e in(-)tentar alcanzar la meta común, representante de Dios para ejecutar (su) ira sobre los malhe(-)chores: El contexto demuestra que esa ira es divina, como en 12,19; de otro modo, tales au(-)toridades no serían representantes de Dios. 5. por la conciencia: Se introduce otro motivo pa(-)ra la obediencia; Pablo se da cuenta de que el temor al castigo no disuadirá siempre a los ciudadanos de quebrantar las reglamentacio(-)nes civiles. Su llamamiento a la conciencia in(-)dica una obligación moral (y no simplemente legal o penal) de obedecer las leyes civiles. Vin(-)cula la reacción humana ante los gobernantes civiles con el origen divino de la autoridad civil misma. 6. por eso pagáis también impues(-)tos: Pablo da por supuesto que los cristianos de Roma han pagado impuestos. Por tercera vez subraya la naturaleza delegada de la auto(-)ridad civil (13,1.4), en este caso en materia de impuestos. 7. Cf. Mc 12,17.
(Bruce, F. F., «Paul and the Powers That Be», BJRL 66 [1983-84] 78-96. Dyck, H. J,, «The Christian and the Authorities in Romans 13,1-7», Direction 14 [1985] 44-50. Hultgren, A. J., «Reflections on Ro(-)mans 13:1-7: Submissíon to Governing Authorities», Dialog 15 [1976] 263-69. Hutchinson, S., «The Political Implications of Romans 13:1-7», Biblical Theology 21 [1971] 49-59.)

120 8-10. Del deber cristiano respecto a las autoridades civiles, Pablo pasa a la obliga(-)ción de la caridad que, en la nueva dispensa(-)ción, compendia la ley mosaica entera. 8. a na(-)die debáis nada, salvo el amor mutuo: En esto encuentran su recapitulación todas las obliga(-)ciones de la vida cristiana. Pablo no está ha(-)ciendo del amor o la caridad una especie de deber adeudado a alguien; lo expresa así para subrayar su papel en toda la conducta cristia(-)na; no está restringido sólo al ámbito intracristiano. ha cumplido plenamente la ley: Como en otros lugares de Rom (véase el comentario a 2,12), se habla de la ley mosaica, como dejan patente las citas que siguen. 9. mandamientos: Pablo cita frases del Decálogo (Éx 20,13-17; Dt 5,17-21). El orden de las distintas prohibicio(-)nes difiere del encontrado en el TM, pero es el mismo que el de los LXX en Dt 5,17-18 (ms. B); cf. Lc 18,20; Sant 2,11; Filón, De dec. 120, 132. se resumen en esta fórmula: «Amarás...»: Tal vez Pablo se esté haciendo eco de un dicho de Jesús (Mc 12,28-34) que resume la ley mo(-)saica con Dt 6,4-5 y Lv 19,18. Otros judíos también solían compendiar la ley de maneras parecidas (véase Str-B 1.907-08), pues consi(-)deraban las normas concretas (los 613 man(-)datos y prohibiciones de la Torá) como desa(-)rrollos de esos pasajes del AT. En Lv 19,18, sin embargo, «prójimo» significa los otros judíos; el sentido en que lo usa Pablo tiene, no obs(-)tante, una extensión mayor. 10. el amor es el cumplimiento de la ley: Aunque pueda parecer sólo una formulación abstracta de lo anterior, con esto Pablo enuncia su principio básico propio. Si Cristo es la «meta de la ley» (10,4), se puede decir que el «amor», que animaba to(-)da su existencia y su actividad soteriológica (8,35), es el cumplimiento de la ley. Se con(-)vierte en la norma para la conducta cristiana y, cuando se aplica adecuadamente, alcanza todo aquello que la ley representaba. Véase A. L. Bencze, NTS 20 (1973-74) 90-92.
121 11-14. Exhortación escatológica diri(-)gida a los cristianos de Roma: deben caer en la cuenta de que ya están viviendo en el eschaton, pues las dos eras se han encontrado (1 Cor10,11) . 11. momento crítico: El período de la existencia cristiana es kairos, un tiempo en que los cristianos están llamados a manifestar con sus actos que lo son y a comportarse co(-)mo corresponde. En otros lugares, Pablo utili(-)za en las exhortaciones morales una motiva(-)ción escatológica (1 Tes 5,6; 1 Cor 7,26.28-30); cf. Col 4,5; Ef 5,16. Aun cuando lo que Pablo dice en 11,25 acerca de la conversión de Israel podría dar a entender que la fase definitiva de la salvación es algo todavía perteneciente al futuro, el kairos ha empezado (con la muerte y resurrección de Cristo). Ahora es el momento de que los cristianos se apropien mediante su fe, «que se manifiesta mediante el amor» (Gál 5,6) , los efectos de cuanto en otro tiempo con(-)siguió para todos Cristo Jesús, despertéis del sueño: Véanse 1 Tes 5,6; 1 Cor 15,34; cf. Ef 5,14. la salvación está más cerca: La liberación escatológica de los cristianos como cumpli(-)miento de la prenda (2 Cor 1,22) o las primi(-)cias (Rom 8,23) ha sido garantizada por el Es(-)píritu que habita en ellos. Ahora está más cerca que cuando empezaron a creer en Cris(-)to. 12. la noche está muy avanzada: Pablo da a entender que el tiempo que separa a los cris(-)tianos de su destino escatológico no es dema(-)siado largo, despojémonos de las obras de las ti(-)nieblas: El contraste de día y noche, de luz y tinieblas, simboliza el bien y el mal, lo mismo que en 1 Tes 5,5-8 (cf. Ef 5,8-11). Estos pares se utilizan habitualmente en los escritos apo(-)calípticos judíos de la época, esp. en la LQ esenia (1QS 2,7; 3,20-4,1; lQM 15,9, «en las tinie(-)blas están todas sus obras», es decir, las obras de los hijos de las tinieblas que están domina(-)dos por el príncipe de los demonios, Belial). pongámonos la armadura de la luz: Los cristia(-)nos no pueden permitirse permanecer en la in(-)defensión de quienes duermen ligeros de ropa en un momento en que la situación requiere «armadura». Dicha armadura no se describe en este pasaje, pero sí en 1 Tes 5,8, como fe, caridad y esperanza; cf. Ef 6,15-17. 13. Lista de vicios que constituyen las «obras de las ti(-)nieblas» (véase el comentario a 1,28; - Teolo(-)gía paulina, 82:142). 14. revestios del Señor Je(-)sucristo: Que Cristo sea vuestra armadura. Mediante el bautismo, el cristiano ya se ha «revestido» de Cristo (Gál 3,27). Pero esa iden(-)tificación ontológica del cristiano con Cristo debe fructificar en la vida consciente de cada cual; a medida que uno se va haciendo cada vez más consciente de la identidad cristiana, ha de retirarse cada vez más del pecado. Tal actitud psicológica, una vez cultivada, domi(-)nará todos los deseos del Ego sometido al Pe(-)cado. Véase E. Lóvestam, Spiritual Wakefulness in the New Testament (Lund 1963).

Comentario al Nuevo Testamento (EUNSA, 2008)

Pablo lleva las consecuencias de la caridad a los deberes con el Estado. Jesús mismo afirmó delante de Pilato que toda autoridad viene de Dios (Jn 19,11; cfr Pr 8,15-16; Sb 6,3), y siendo Dios el autor del orden social, creó al hombre como un ser que necesita vivir y desarrollarse en una comunidad, en la cual puede conseguir más perfecta y rápidamente su fin último. De esto dieron testimonio los primeros cristianos a pesar de las persecuciones y el odio. «Los cristianos habitan sus propias patrias, pero como forasteros; toman parte en todo como ciudadanos y todo lo soportan (...). Obedecen a las leyes establecidas; pero con su vida sobrepasan las leyes. A todos aman y de todos son perseguidos. Se los desconoce y se los condena (...). Son deshonrados y en las mismas deshonras son glorificados, (Epist. ad Diognet. 5,5-14). [[[C_13. El cristiano es llamado personalmente a vivir en Dios. Pero no por esto es un ser independiente y aislado. Pablo ha combatido el egoísmo individualista, exponiendo los deberes del fiel en la sociedad cristiana (12,3-7). Insensiblemente ha mostrado cuál debe ser su comportamiento con el mundo (12,I9); era, por tanto, muy natural que ahora hablara de sus relaciones con las autoridades legítimamente constituidas. Se trata de saber qué es lo que Dios quiere.

v. 1. Pablo comienza afirmando el deber de obediencia a los poderes constituidos: que toda persona1, sin excepción, se someta a las autoridades 2 superiores. Enseguida da la razón de este precepto: porque toda autoridad viene de Dios, fuente de todo poder. La autoridad humana tiene derecho a la obediencia, porque es un reflejo de la autoridad de Dios. En cuanto a los poderes actualmente constituidos, están ordenados por Dios, y su establecimiento realiza una ordenación divina. Preocupado únicamente por el interés religioso de los fieles, da Pablo al poder una base religiosa y le reconoce una legitimidad propia, fuera de la organización cristiana. Este es un hecho que los cristianos deben ver en la persona de los que detentan la autoridad 3.

v. 2 Una vez establecido el principio 4, deduce Pablo sus consecuencias: aquel que resiste a la autoridad, se rebela contra el orden establecido por Dios 5. Los rebeldes se acarrean la condenación de parte de los magistrados, condenación ratificada por Dios.

vv. 3-4. En el supuesto, en que Pablo se coloca, de un poder ejercido normalmente, sin extralimitarse, el castigo de las autoridades sólo alcanza a los malvados. Porque, dice Pablo, los magistrados no son temibles 6 cuando se hace el bien, sino cuando se obra el mal. ¿Quieres no temer a la autoridad? Haz el bien y obtendrás de ella elogios. Porque la función primaria de la autoridad no es castigar el mal, sino promover el bien. Ella es para ti el ministro de Dios en vista del bien. Pero, si obras el mal, tiembla, porque no en vano lleva la espada, símbolo del poder supremo. Ella es un ministro vengador de Dios, para castigar al que obra el mal. Este castigo es la manifestación práctica de la justicia vindicativa de Dios.

vv. 5-6. De todo lo dicho saca Pablo una conclusión: la obligación de someterse a la autoridad no sólo por temor al castigo, sino por motivo de conciencia. Por esto 7, dice, obedecer a las autoridades es una acción conforme al orden establecido por Dios. Pablo hace notar que por esto mismo 8, es decir, por cumplir una obligación de conciencia, hay que pagar los impuestos. Porque los magistrados son ministros 9 de Dios que se aplican de continuo a cumplir con su oficio, y esta función suya les da derecho a cobrar los impuestos necesarios para el mantenimiento y desarrollo del orden social.

1 LAGRANGE, P.310, No sabemos si la enseñanza de Pablo se debe a alguna razón particular. De cualquier modo, estas enseñanzas no están ligadas a circunstancias de espacio y tiempo. La Iglesia las ha conservado como una doctrina valedera para todos los tiempos.

[[ 2 Existe una gran controversia a propósito del término ™xous...ai. Unos autores opinan que se trata sólo de las autoridades del Estado. Según otros, designa no sólo las autoridades civiles, sino también las potencias angélicas, a las cuales está confiado el orden del mundo hasta la parusía. Una amplia discusión sobre el tema Puede verse en O. CULLMANN, Dieu et César (París 1956), apéndice 1: A propos des dernières discussions au sujet des «exousiai» de Rom 13,1; reproduce un artículo publicado en ThZ (1954) p-321-336; H. SCHLIER, Mächte und Gewalten nach dem NT: GL 31 (1958) 173-183; y el libro del mismo nombre y autor; A. STROBEL, Zum Verständniss von Rom 13: ZNTW 47 (1956) p.67-93, crítica la posición de Cullmann.

[[ 3 Yuc¾ no designa el alma en contraposición al cuerpo, ni todos los vivientes, incluso los animales, sino a todos los hombres, cualquiera sea su dignidad.

[[ 4 La solución de Pablo es taxativa, pero hay que entenderla en sí misma y en las circunstancias históricas: 1) El antiguo derecho semita consideraba a la divinidad, al dios de la ciudad, como un verdadero soberano; el rey no era más que su representante, nombrado por decreto para hacer observar, ante todo, él orden religioso. Cf. DHORME, La réligion assyro-babitonienne p. 146ss.

2) Este mismo principio regía entre los israelitas, no sólo en relación con los reyes nombrados por Yahvé y ungidos por sus profetas, sino en relación con todos los reyes en general. Una prueba de esto era el sacrificio y las plegarias elevadas por los reyes aun paganos (Jer 29,7; Par I,II; I Esdr 6,9ss; I Mac 7,33).

3) Lo mismo se ha de decir del judaísmo del siglo I de nuestra era. Cf. E. SCHÜRER, Geschichte des jüdischen Volkes I, P-483; II, p.359.

4) El antiguo derecho romano, religioso y sacerdotal, cedía el lugar a un derecho fundado sobre la razón humana. El soberano, legislador y juez al mismo tiempo, recibía su poder del pueblo, al que representaba. La idea de que se pecaba contra la divinidad si se rehusaba la obediencia al príncipe, se debilitaba cada día más.

5) Por otro lado, los elementos más exaltados del judaísmo, los zelotes, sólo reconocían el poder de Dios, y consideraban que someterse a un poder puramente humano, y más si era pagano, era una especie de apostasía religiosa. Recuérdese el caso de Judas Galaunita o Galileo. Es posible que este modo de pensar hubiera penetrado en algunos círculos cristianos.

6) Pablo se coloca en la situación concreta de su época. Hasta ese momento, la autoridad estaba ejercida legítima y pacíficamente. No se consideraba el caso de que el poder se disputara por la fuerza. Se supone además que la autoridad se dedica a fomentar el bien común y se desconoce el estado de tiranía o persecución. Cf. LAGRANGE, P-310-311; HUBY, p. 435-437; además, el excursus 8.

5 LAGRANGE, P-314. Santo Tomás (In omnes S. Pauli epistolae commentaria [Taurini 19241 v. I p. 181) distingue en el poder tres aspectos: 1) el poder en sí mismo; así considerado, el poder viene de Dios; 2) la manera de llegar al poder; ésta puede ser ordenada o desordenada e ilícita; 3) el uso del poder; puede ser conforme o contrario a los preceptos de la justicia divina. Pablo considera sólo el primer aspecto: el poder en sí mismo como viniendo de Dios.

6 fÒboj dio di¦ toàto ka∘, que significa aquí «objeto de temor».

7 diÒ se refiere al principio expuesto en el v. 1 y a la afirmación dos veces repetida de que los funcionarios cumplen su misión como ministros de Dios. Por esto es una obligación ineludible someterse a ellos (LAGRANGE, P-313).

8 La expresión di¦ toàto ka∘ significaría: advertid que por esto mismo, es decir, para cumplir con una obligación de conciencia, pagáis tributos porque así contribuís, de un modo razonable, a un servicio necesario y, en cierto modo, divino. Otras traducciones propuestas pueden verse en Lagrange (p. 314).

9 En griego, aeitourgo.... El sentido de la palabra, tomada del griego profano, ha sido matizada por el derecho que tenían los ministros del templo a recibir tributos (Núm. 18,21) Cf. LAGRANGE, p. 315.]]]

Nuevo Comentario Bíblico Siglo XXI (Editorial Mundo Hispano, 2019)



La responsabilidad del cristiano frente a las autoridades

Pablo no conecta en forma explícita esta sección con la que la precede, y esto ha llevado a algunos eruditos a pensar que es un agregado posterior, quizá pospaulino, al texto de Rom. Pero no hay evidencia textual que apoye una interpretación tan drástica. El pasaje encaja perfectamente bien dentro del contexto: la sumisión a las autoridades es parte de esa voluntad de Dios, buena, agradable y perfecta (12:2b) que Pablo ha estado bosquejando, y también es un ejemplo específico de hacer lo bueno delante de todos los hombres (12:17b). Pablo quizá haya sabido que los cristianos romanos necesitaban particularmente ese consejo, ya que hay evidencias de que en la capital, en esta época, varios grupos, incluyendo a los judíos, estaban haciendo una campaña en contra del pago de impuestos (Tácito, An. 15:50 ss.). Pablo, por lo tanto, aconseja a los cristianos de Roma que paguen sus impuestos (6, 7) como parte de su obligación general de someterse a las autoridades del Estado (1a, 5a). Argumenta que esta sumisión es requerida porque las autoridades del gobierno están puestas por Dios para servir a sus propósitos de premiar el bien y castigar el mal (1b-4, 5b).

Las autoridades (gr. exousiai) se refiere claramente a quienes están en puestos de autoridad en el gobierno secular; en la época de Pablo, por supuesto, los funcionarios provinciales e imperiales de Roma. Someterse a tales autoridades significa reconocer su lugar por sobre el creyente en el orden que existe en el mundo. Este orden incluye tanto a las instituciones seculares que no cuentan con la sanción de Dios (p. ej. la esclavitud, Tito 2:9; 1 Ped. 2:18) como a las instituciones ordenadas por Dios para el bien de su pueblo (p. ej. el matrimonio, Ef. 5:22; Col. 3:18; Tito 2:5; 1 Ped. 3:1, 5; la familia, Luc. 2:51; el liderazgo de la iglesia, 1 Cor. 16:16; 1 Ped. 5:5; Ef. 5:21 probablemente incluye matrimonio, familia y esclavitud). El gobierno humano, aclara Pablo en los vv. 1b-4, cae claramente dentro de la segunda categoría. Haciéndose eco de enseñanzas correspondientes en el AT (Prov. 8:15, 16; Isa. 40:15, 23, 24; Dan. 2:21; 4:17, 25, 32; 5:21) y judías (Sabiduría de Salomón 6:3; Eclesiástico 10:4; 17:17), Pablo nos recuerda que las autoridades han sido constituidas (tetagmenai) por Dios y, por lo tanto, el gobernante es un servidor de Dios, aunque sea indirecta o inconscientemente (4, 6). Los gobernantes sirven a Dios reconociendo al que hace lo bueno (3b, 4a) y castigando al que hace lo malo (3a, 4b). Por lo tanto, los cristianos como todos los demás (cf. v. 1) debemos hacer lo que las autoridades que gobiernan nos ordenan hacer; y no sólo por temor al castigo, sino porque reconocemos que Dios está detrás del gobierno y queremos evitar hacer aquello que violaría nuestras conciencias (5b).

La enseñanza de Pablo en esta sección parece ser muy directa y, en verdad, cuenta con pasajes paralelos en otros libros del NT (ver especialmente 1 Ped. 2:13-17). No obstante, el mandato aparentemente absoluto de hacer lo que nos dicen nuestros gobernantes crea problemas para la mayoría de los creyentes en Cristo. Estos problemas no sólo son creados por las experiencias que vivimos -muchos creyentes deben vivir bajo regímenes dictatoriales o ferozmente anticristianos- sino por el NT mismo, que en otros lugares considera la desobediencia a los gobernantes como algo digno de ser alabado (Hech. 4:19, 20; Apoc.). El problema creado por 13:1-7 puede ser resuelto de varias formas. Algunos argumentan que Pablo ordena obedecer al gobierno sólo cuando el mismo está cumpliendo las funciones dadas por Dios, de premiar el bien y castigar el mal. Aunque puede haber cierta verdad en esto, Pablo no hace que la obediencia del cristiano dependa del comportamiento del gobierno. Otros creen que Pablo sólo se está limitando a la situación inmediata de la comunidad romana; pero el lenguaje universal del texto (v. 1, toda persona, no hay autoridad que no provenga ... ) lo hace improbable. Una alternativa más atrayente es que la demanda que Pablo presenta de que los cristianos se sometan al gobierno significa simplemente que reconozcan el justo lugar que éste ocupa dentro de la jerarquía de relaciones establecidas por Dios, una jerarquía cuya cima es Dios. Por consiguiente, cuando el gobierno usurpa su lugar, y nos ordena hacer algo contrario a nuestro Dios supremo, somos libres para -en realidad, estamos obligados a- desobedecer. Este punto de vista, sin embargo, puede debilitar indebidamente el significado de someterse. Quizá la mejor solución, entonces, sea considerar a 13:1-7 como una declaración general sobre cómo el cristiano debería relacionarse con el gobierno, y cuyas excepciones implícitas no se detallan aquí.

King James Version (KJVO) (1611)



Chapter XIII.

1 Subiection, and many other dueties wee owe to the Magistrates. 8 Loue is the fulfilling of the Law. 11 Gluttonie and drunkennes, and the workes of darkenesse, are out of season in the time of the Gospel.
1 Let euery soule bee subiect vnto the higher powers: For there is no power but of God. The powers that be, are [ Or, ordered.] ordeined of God.
2 Whosoeuer therefore resisteth the power, resisteth the ordinance of God: and they that resist, shall receiue to themselues damnation.
3 For rulers are not a terrour to good works, but to the euill. Wilt thou then not bee afraide of the power? doe that which is good, and thou shalt haue praise of the same.
4 For hee is the minister of God to thee for good: but if thou do that which is euill, be afraid: for he beareth not the sword in vaine: for he is the minister of God, a reuenger to execute wrath vpon him that doeth euill.
5 Wherfore ye must needs be subiect, not onely for wrath, but also for conscience sake.
6 For, for this cause pay you tribute

[Of loue.]

also: for they are Gods ministers, attending continually vpon this very thing.
7 Render therfore to all their dues, tribute to whom tribute is due, custome to whome custome, feare to whome feare, honour to whom honour.
8 Owe no man any thing, but to loue one another: for hee that loueth another hath fulfilled the Law.
9 For this, Thou shalt not commit adulterie, Thou shalt not kill, Thou shalt not steale, Thou shalt not beare false witnesse, Thou shalt not couet: and if there be any other commandement, it is briefly comprehended in this saying, namely, Thou shalt loue thy neighbour as thy selfe.
10 Loue worketh no ill to his neighbour, therefore loue is the fulfilling of the Law.
11 And that, knowing the time, that now it is high time to awake out of sleepe: for now is our saluation neerer then when we beleeued.
12 The night is farre spent, the day is at hand: let vs therefore cast off the workes of darkenesse, and let vs put on the armour of light.
13 Let vs walke [ Or, decently.] honestly as in the day, not in rioting and drunkennesse, not in chambring and wantonnes, not in strife and enuying.
14 But put yee on the Lord Iesus Christ, and make not prouision for the flesh, to fulfill the lusts thereof.

Libro del Pueblo de Dios (San Pablo, 1990)



1-7. Ver 1Ti_2:1-2; Tit_3:1; 1Pe_2:13-17. Pablo afirma el origen divino del poder, siempre que sea legítimo y se ejerza para el bien.

9. Exo_20:13-17; Deu_5:17-21; Lev_19:18. Ver Mat_22:34-40; Gal_5:14; Stg_2:8.

12. Ver 2Co_6:7; Efe_6:11.

La Biblia de Nuestro Pueblo (Liturgical Press, 2006),

Obediencia a las autoridades. En el año en que se escribe la carta (57 ó 58) ya reinaba el emperador Nerón (54-68), pero todavía no había estallado la persecución violenta contra los cristianos en la que, con toda probabilidad, los apóstoles Pedro y Pablo fueron martirizados. El autor supone que las autoridades son legítimas y honestas y que, por tanto, un cristiano debe ser ante todo un buen ciudadano. La amonestación no es tan inocente como parece. El Apóstol está advirtiéndoles, entre líneas, a no mezclar indiscriminadamente política y religión. Un cristiano puede vivir como tal bajo cualquier autoridad, sea cristiana o no cristiana, a condición de que sea legítima y justa. Y al revés, una autoridad cristiana no puede discriminar a sus ciudadanos no cristianos. Pablo ve en los deberes concretos de ciudadano -pago de impuestos, contribuciones, honor, respeto a todos- una manera de amar a los hermanos y hermanas. No quiere que los cristianos tengan deuda alguna con nadie, excepto una, el amor mutuo (10) que nunca terminaremos de pagar. El que ama al prójimo será siempre un óptimo ciudadano.

Greek Bible (Septuagint Alt. Versions + SBLGNT Apparatus)

τῷ ἀγαθῷ ἔργῳ WH Treg NA28 ] τῶν ἀγαθῶν ἔργων RP
  • τῷ κακῷ WH Treg NA28 ] τῶν κακῶν RP

Sagrada Biblia (Bover-Cantera, 1957)



Es digno de consideración este optimismo de Pablo respecto de la autoridad, cuando imperaba Nerón. Las excepciones de esta ley general, introducidas por la milicia humana, no han de cambiar el criterio cristiano sobre la sumisión debida a las autoridades.

Sagrada Biblia (Conferencia Episcopal Española, 2011)

*13:1-7 Estos versículos reflejan la comprensión teórica más habitual acerca del origen divino de toda autoridad humana, junto a una visión muy positiva del ejercicio concreto de la misma.

Dios Habla Hoy (Sociedades Bíblicas Unidas, 1996)



Dios Habla Hoy 1996 Notes:



[1] 13.8 Gl 5.14; Stg 2.8.

[2] 13.9 Ex 20.13-17; Dt 5.17-21; cf. Mt 19.18 y paralelos.

[3] 13.9 Lv 19.18; Mt 22.37-40 y paralelos; Gl 5.14.

[4] 13.12 Ef 6.10-17.

Biblia Peshitta en Español (Holman, 2015)

a 1Pe 2:14

Torres Amat (1825)



[9] Lev 19, 18; Mat 22, 29.