Deuteronomio  . 14,21

No comeréis ninguna bestia muerta. Se la darás al forastero que vive en tus ciudades para que él la coma, o bien véndesela a un extranjero. Porque tú eres un pueblo consagrado a Yahvé tu Dios.
No cocerás el cabrito en la leche de su madre.

Nueva Biblia de Jerusalén (1998) - referencias, notas e introducciones a los libros


REFERENCIAS CRUZADAS

[1] Éxo_22:30 [Éxo_22:31]; Lev_17:15

[2] |Éxo_23:19+

NOTAS

14:21 Las prescripciones morales, jurídicas o cultuales de Lev_17:15; Lev_18:26; Lev_19:33-34; Lev_24:22, o también Deu_5:14; Éxo_12:49; Éxo_20:10 (sobre el sábado), insisten todas en el hecho de que el extranjero debe ser tratado como el «ciudadano». El Dt hace una distinción fundada en la elección y la santidad de Israel, ver también Deu_15:3; Deu_23:21 [Deu_23:20]. Los textos de Deu_24:14, Deu_24:17 s, que no hacen esta distinción, reproducen leyes anteriores. Pero esto no impide al Deuteronomio afirmar el amor de Dios para con el extranjero, Deu_10:18.
Deuteronomio  14, 21

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