Levítico 25, 45-46

También podréis comprarlos de entre los hijos de los huéspedes que residen en medio de vosotros, y de sus familias que viven entre vosotros, es decir, de los hijos que hayan tenido en vuestra tierra. Ésos pueden ser vuestra propiedad, y los podréis dejar en herencia a vuestros hijos después de vosotros, como propiedad perpetua. A éstos los podréis tener como siervos; pero tratándose de vuestros hermanos, los israelitas, uno no tratará a su hermano con dureza.
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