Levítico 25, 8-17


B. El año del jubileo.
«Contarás siete semanas de años, siete por siete años; de modo que las siete semanas de años sumarán cuarenta y nueve años. El mes séptimo, el día diez del mes, harás resonar el estruendo de las trompetas; el día de la Expiación haréis resonar el cuerno por toda vuestra tierra. Declararéis santo el año cincuenta, y proclamaréis por el país la liberación para todos sus habitantes. Será para vosotros un jubileo; cada uno recobrará su propiedad, y cada cual regresará a su familia. Este año cincuenta será para vosotros año jubilar: no sembraréis, ni segaréis los rebrotes, ni vendimiaréis la viña inculta, porque es el año jubilar, que será sagrado para vosotros. Comeréis lo que el campo dé de sí.
«En este año jubilar recobraréis cada uno vuestra propiedad. Si vendéis algo a vuestro prójimo o le compráis algo, que nadie perjudique a su hermano. Comprarás a tu prójimo atendiendo al número de años transcurridos después del jubileo; y en razón del número de años de cosecha que quedan, te fijará él el precio de venta: a mayor número de años, mayor será el precio de la compra; cuantos menos años queden, tanto menor será su precio, porque lo que él te vende es el número de cosechas. Ninguno de vosotros perjudique a su prójimo. Y teme a tu Dios, porque yo soy Yahvé, vuestro Dios.
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