Numeros  35, 9-34


Las ciudades de asilo.
Yahvé habló a Moisés: «Di a los israelitas: Cuando paséis el Jordán hacia la tierra de Canaán, encontraréis ciudades, de las que algunas transformaréis en ciudades de asilo: en ellas se refugiará el homicida que ha herido a un hombre por inadvertencia. Esas ciudades os servirán de asilo contra el vengador; no debe morir el homicida hasta que comparezca ante la comunidad para ser juzgado. De las ciudades que cederéis, seis ciudades os servirán de asilo: tres ciudades les cederéis al otro lado del Jordán y tres ciudades en el país de Canaán; serán ciudades de asilo. Las seis ciudades serán de asilo tanto para los israelitas como para el forastero y para el huésped que viven en medio de vosotros, para que se pueda refugiar en ellas todo aquel que haya matado a un hombre por inadvertencia. Pero si le ha herido con un instrumento de hierro, y muere, es un asesino. El asesino debe morir. Si le hiere con una piedra como para causar la muerte con ella, y muere, es un asesino. El asesino debe morir. Si le hiere con un instrumento de madera como para matarle, y muere, es un asesino. El asesino debe morir. El mismo vengador de la sangre dará muerte al asesino: en cuanto lo encuentre, lo matará. Si el homicida lo ha matado por odio, o le ha lanzado algo con intención, y muere, o si por enemistad le ha golpeado con las manos, y muere, el que le ha herido tiene que morir: es un asesino. El vengador de la sangre dará muerte al asesino en cuanto le encuentre. Pero si lo derribó de casualidad y sin enemistad, o le lanzó cualquier objeto sin ninguna mala intención, o le tiró, sin verle, una piedra capaz de matarle, y le causó la muerte, sin que fuera su enemigo ni buscara su daño, la comunidad juzgará entre el homicida y el vengador de la sangre según estas normas, y salvará la comunidad al homicida de la mano del vengador de la sangre. Le hará volver la comunidad a la ciudad de asilo en la que se refugió y en ella vivirá hasta que muera el Sumo Sacerdote ungido con el óleo santo. Pero si sale el homicida de los límites de la ciudad de asilo en que se ha refugiado, y le encuentra el vengador de la sangre fuera del término de su ciudad de asilo, el vengador de la sangre podrá matar al homicida, sin ser responsable de su sangre, porque aquél debía permanecer en la ciudad de asilo hasta la muerte del Sumo Sacerdote. Cuando muera el Sumo Sacerdote, el homicida podrá volver a la tierra de su propiedad. Esto será norma de derecho para vosotros y para vuestros descendientes, dondequiera que habitéis.
En cualquier caso de homicidio, se matará al homicida según la declaración de los testigos; pero un solo testigo no bastará para condenar a muerte a un hombre. No aceptaréis rescate por la vida de un homicida reo de muerte, pues debe morir. Tampoco aceptaréis rescate por el que se ha refugiado en la ciudad de asilo y quiere volver a habitar en su tierra antes que muera el Sumo Sacerdote. No profanaréis la tierra en que estáis, porque aquella sangre profana la tierra, y la tierra no queda expiada de la sangre derramada más que con la sangre del que la derramó. No harás impura la tierra en que habitáis, porque yo habito en medio de ella, pues yo, Yahvé, tengo mi morada entre los israelitas.
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