Levítico 25, 13-16

En este año jubilar cada uno recobrará su propiedad. Cuando realicen operaciones de compra y venta con alguien de su pueblo, no se perjudiquen unos a otros. Lo que compres a uno de tu pueblo se tasará según el número de años transcurridos después del jubileo. Él, a su vez, te lo cobrará según el número de cosechas anuales: cuantos más años falten, más alto será el precio; cuantos menos, menor será el precio. Porque él te cobra según el número de cosechas.
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