Numeros  35, 19-27

El vengador del homicidio en persona debe matar al asesino apenas lo encuentre. Si el homicida mató a la víctima por odio, o si le arrojó intencionalmente un objeto capaz de causar la muerte, o si por enemistad lo hirió a golpes de puño hasta matarlo, el agresor será castigado con la muerte: es un asesino, y el vengador del homicidio lo matará apenas lo encuentre. Pero si lo hirió fortuitamente, sin que mediara enemistad, o si le arrojó un objeto sin intención de alcanzarlo, o si dejó caer sobre él, inadvertidamente, una piedra capaz de matarlo y de esa manera le causó la muerte, sin tener odio contra él y sin desearle ningún mal, la comunidad juzgará, conforme a estas reglas, entre el homicida y el vengador del homicidio, y librará a aquel de las manos de este. Luego la comunidad lo hará volver a la ciudad de refugio, adonde había huido, y él permanecerá allí hasta la muerte del Sumo Sacerdote que ha sido ungido con el óleo santo. Si el homicida sale de la ciudad de refugio adonde había huido, y el vengador del homicidio lo encuentra fuera de los límites de su ciudad de refugio, lo podrá matar sin temor a ninguna represalia,
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