1 Si un ladrón es sorprendido abriendo un boquete en un muro y lo hieren de muerte, no hay homicidio; |
2 pero si es a la luz del día, es un caso de homicidio: el ladrón restituirá, y si no tiene con qué pagar, será vendido por el valor de lo robado. |
3 Si el toro, el asno o el cordero robados se hallan aún vivos en manos del ladrón, éste restituirá el doble. |
4 »Cuando alguien arrase un campo o una viña llevando a su rebaño a pastar en campo ajeno, restituirá con lo mejor de su propio campo o viña. |
5 »Cuando se declare un incendio y se propague por los zarzales y devore las mieses, las gavillas o el campo, el causante del incendio pagará los daños. |
6 »Cuando alguien confíe en depósito a su prójimo dinero o cualquier otro objeto, y el objeto sea robado de casa de éste, entonces, si se descubre al ladrón, restituirá el doble, |
7 y si no se descubre al ladrón, el dueño de la casa se presentará ante Dios y jurará que no ha tocado el objeto de su prójimo. |
8 »En delitos contra la propiedad, de toro, asno, oveja, capa o cualquier otro objeto perdido, si uno afirma que el objeto es suyo, se llevará el pleito ante Dios, y aquél a quien Dios declare culpable, pagará al otro el doble. |
9 »Cuando alguien confíe en depósito a su prójimo un asno, un toro, una oveja o cualquier otro animal y el animal muere o se daña o es robado sin que nadie lo vea, |
10 entonces el pleito se decidirá jurando ante Dios que no ha tocado el animal de su prójimo. El dueño del animal aceptará el juramento y no habrá restitución; |
11 pero si se lo han robado viéndolo él, entonces se restituirá al dueño. |
12 Si lo han descuartizado, se presentará como prueba el animal descuartizado y no habrá restitución. |
13 »Cuando alguien pida en préstamo a su prójimo un animal, y el animal se dañe o muera estando ausente su dueño, debe restituirlo. |
14 Si el dueño estaba presente, no habrá restitución. Si el acreedor es un jornalero, se le descontará de su salario. |
15 »Cuando alguien seduzca a una muchacha soltera y se acueste con ella, pagará la dote y la tomará por mujer. |
16 Si el padre de la muchacha no quiere dársela, entonces él pagará la dote que se da por las vírgenes. |
17 No dejarás con vida a la hechicera. |
18 »El que se acueste con bestias, es reo de muerte. |
19 »El que ofrezca sacrificios a los dioses fuera del Señor será exterminado. |
20 »No oprimirás ni vejarás al inmigrante, porque inmigrantes fuisteis vosotros en Egipto. |
21 »No explotarás a viudas ni a huérfanos, |
22 porque si los explotas y ellos gritan a mí, yo los escucharé. |
23 Se encenderá mi ira y os haré morir a espada, dejando a vuestras mujeres viudas y a vuestros hijos huérfanos. |
24 »Si prestas dinero a uno de mi pueblo, a un pobre que habita contigo, no serás con él un usurero, cargándole de intereses. |
25 »Si tomas en prenda la capa de tu prójimo, se la devolverás antes de ponerse el sol, |
26 porque no tiene otro vestido para cubrir su cuerpo y para acostarse. Si grita a mí, yo le escucharé, porque yo soy compasivo. |
27 »No blasfemarás contra Dios y no maldecirás al jefe de tu pueblo. |
28 »No retrasarás la ofrenda de tu cosecha y de tu vendimia. »Me darás el primogénito de tus hijos; |
29 lo mismo harás con tus toros y ovejas: durante siete días quedará la cría con su madre y el octavo día me la entregarás. |
30 »Me estaréis consagrados: no comáis carne de animal despedazado en el campo; echádsela a los perros. |