Josué . 20,3

En ellas podrá refugiarse el homicida que haya matado a alguien involuntariamente; esas ciudades le servirán de asilo para escapar del vengador de la sangre º. º

Deu 4:42; Deu 19:4.

Josué 20, 3
— vengador de la sangre: Se trata de una antigua institución oriental asumida por la comunidad israelita, según la cual el pariente más cercano de alguien que ha muerto violentamente tenía el deber de matar al homicida; la ley de Moisés reglamentó y suavizó esta costumbre (ver Núm 35:12, Núm 35:19-29; 2Sa 3:27). Josué 20, 3

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