1 Habló Yahvéh a Moisés en las estepas de Moab, junto al Jordán, frente a Jericó, diciéndole: |
2 Manda a los hijos de Israel que, de la heredad que les pertenece, cedan a los levitas algunas ciudades en las que puedan habitar; y les daréis también tierras de pasto alrededor de las mismas. |
3 Las ciudades les servirán de habitación, y las tierras de pasto servirán para las bestias de carga, para sus ganados y para todos sus animales. |
4 Las tierras de pasto de las ciudades que daréis a los levitas tendrán una extensión de mil codos a la redonda, a partir de los muros de la ciudad hacia fuera. |
5 Fuera de la ciudad mediréis dos mil codos por el lado de oriente; dos mil codos por el lado sur; dos mil codos por el lado occidental; dos mil codos por el lado septentrional, quedando la ciudad en el centro. Éstas serán las tierras de pasto de sus ciudades. |
6 Las ciudades que entregaréis a los levitas serán las seis ciudades de refugio, que cederéis para que el homicida pueda acogerse a ellas, y además de éstas, les daréis otras cuarenta y dos ciudades. |
7 El total de las ciudades que entregaréis a los levitas juntamente con sus tierras de pasto será de cuarenta y ocho. |
8 Las ciudades que habéis de ceder de la propiedad de los hijos de Israel las tomaréis en mayor número de los que tengan más y en menor número de los que tengan menos. Cada uno cederá de sus ciudades para los levitas en proporción a la heredad que haya recibido. |
9 Habló Yahvéh a Moisés, diciéndole: |
10 Habla a los hijos de Israel y diles: Cuando hayáis pasado el Jordán hacia la tierra de Canaán, |
11 escogeréis las ciudades que serán vuestras ciudades de refugio, donde podrá huir el homicida que, sin querer, hubiere herido de muerte a alguno. |
12 Estas ciudades servirán de asilo contra el vengador de sangre, para que el homicida no muera antes de comparecer en juicio ante la comunidad. |
13 De las ciudades que entregaréis, seis serán para vosotros ciudades de refugio: |
14 las tres que daréis de esta parte del Jordán y las tres que daréis en el país de Canaán. Serán ciudades de refugio. |
15 Estas seis ciudades no sólo servirán de asilo a los hijos de Israel, sino también al forastero y al que habita en medio de ellos, para que se refugie en ellas todo el que, sin querer, haya dado muerte a alguien. |
16 Pero si uno hirió a otro con instrumento de hierro, causándole la muerte, aquél es un homicida; y el homicida debe morir. |
17 Si lo hiere de una pedrada que pueda causarle la muerte, y de hecho muere, es un homicida; y el homicida debe morir. |
18 Si lo hiere con un objeto de madera que puede causar la muerte, y de hecho éste muere, es un homicida; y el homicida debe morir. |
19 Será el vengador de sangre el que dará muerte al homicida; cuando lo encuentre, lo matará. |
20 Si por odio lo tira al suelo, o si de propósito arroja algo contra él, y de hecho éste muere; |
21 o si por enemistad le golpea con la mano, y de hecho éste muere, el que lo hirió debe morir; es un homicida. El vengador de sangre matará al homicida cuando le encuentre. |
22 Mas si casualmente y sin odio lo tira al suelo, o le arroja algún objeto sin mala intención, |
23 o sin haberlo visto deja caer sobre él una piedra que pueda causarle la muerte, y de hecho lo mata, sin ser su enemigo ni buscar su daño, |
24 los de la comunidad juzgarán entre el que hirió de muerte y el vengador de sangre, de acuerdo con estas leyes, |
25 y salvarán al homicida de la mano del vengador de sangre y le harán volver a la ciudad de refugio donde se había refugiado, y habitará allí hasta la muerte del sumo sacerdote que fue ungido con el óleo santo. |
26 Si el homicida sale del límite de la ciudad de refugio donde se refugió, |
27 y el vengador de sangre lo encuentra fuera del límite de la ciudad de refugio y lo mata, no será responsable de la sangre derramada; |
28 porque el homicida debe morar en la ciudad de refugio hasta la muerte del sumo sacerdote. Sólo después de morir el sumo sacerdote, podrá regresar el homicida a la tierra de su propiedad. |
29 Estas disposiciones serán normas de derecho para vosotros y para todas vuestras generaciones dondequiera que habitéis. |
30 Si uno mata a otro, se le condenará a muerte en virtud de la declaración de los testigos; pero no basta el testimonio de un solo testigo para condenar a muerte a alguien. |
31 No aceptaréis rescate por la vida de un homicida que sea reo de muerte; morirá sin remisión. |
32 Tampoco lo aceptaréis del que huyó a la ciudad de refugio y quiere volver a vivir en su país antes de la muerte del sumo sacerdote. |
33 No profanéis la tierra en que vivís; porque la sangre profana la tierra, y la tierra no puede purificarse de la sangre que se derramó en ella, sino por la sangre de quien la derramó. |
34 No contaminéis la tierra que habitáis, en medio de la cual habito yo; pues yo, Yahvéh, habito en medio de los hijos de Israel. |