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Deuteronomio.
Introducción.
Nombre.
Deuteronomio significa en griego Segunda Ley (Äåõôåñï-íüìéïí), y es una traducción del Misneh hattorah (repetición de la Ley) de 17,18; en realidad, este título adecúa perfectamente al contenido del libro, ya que se trata de una nueva promulgación de la mayor parte de la legislación contenida en los libros anteriores del Pentateuco. En las Biblias hebraicas modernas se le designa por las primeras palabras del TM: 'elleh haddebarim (estas palabras).
Contenido y División.
Por su forma y contenido, el Deuteronomio es un libro distinto a los cuatro anteriores del Pentateuco, ya que no es una narración histórica ni una mera codificación fría, sino una composición oratoria del género parenético, en el que se recogen los discursos de Moisés en Moab antes de entrar los israelitas en Canaán y al término de la gran peregrinación por el desierto. Es como una recapitulación de los hechos ocurridos desde el Sinaí y una nueva proclamación de las leyes básicas de la teocracia hebrea. El tono es solemne y exhortatorio, como conviene en boca del libertador y legislador de Israel en el momento en que se va a despedir de su pueblo una vez cumplida su ingrata misión. La idea central de sus discursos de despedida es que sólo el cumplimiento fiel de los preceptos divinos atraerá la bendición de Yahvé. No es una mera exposición de hechos o leyes, sino que ambas cosas están envueltas en un espíritu de amor a Dios y al prójimo. Esto es característico del Deuteronomio.
Podemos dividirlo en cinco secciones:
1) Discurso primero (1:6-4:40):
a) Sección histórica: Evocación de los hechos acaecidos desde la marcha del Sinaí hasta las estepas de Moab (1:6-3:29).
b) Sección parenética: Exhortación al cumplimiento de la ley de Yahvé (4:1-40).
2) Discurso segundo (5:1-11:32): Exhortación (5:1).
a) Alianza del Sinaí (Decálogo) (5:1-33).
b) Fidelidad a Yahvé (6:1-25).
c) Mandato de exterminio de los cananeos (7:1-26).
d) Gratitud a la Providencia divina (8:1-20).
e) Recuerdo del pasado (9:1-10:11).
f) Exhortación para el futuro (10:12-11:32).
3) Código del Deuteronomio (parte central del libro):
a) Leyes religiosas (12:2-16; 17; 21; 17:7).
b) Leyes sobre las autoridades (16:18-20; 17:8-18:22).
c) Leyes civiles, penales y varias (19:1-25:19).
d) Prescripciones litúrgicas (26:1-15).
e) Adición sobre las ceremonias conmemorativas (27; 1-26).
Conclusión (28:1-29:1).
4) Discurso tercero (29:2-30:20): Nueva exhortación a guardar la Ley; evocación de los beneficios recibidos desde la salida de Egipto y recuerdo de las promesas y amenazas divinas.
5) Postrimerías de Moisés (31:1-34:12):
a) Instrucciones a Josué (31:1-21).
b) Cántico (31:22-32:43).
c) Bendición de las tribus (33:1-29).
d) Muerte de Moisés (34:1-12).
Estilo Literario.
Conforme a su finalidad parenética, el estilo es oratorio, solemne, enfático, redundante, con muchas repeticiones. Es el predicador que exhorta al cumplimiento de la Ley en estilo directo, recordando los beneficios recibidos de Dios y los castigos a las infidelidades como lección para el futuro. Recuerda el orador las principales leyes que se han de guardar para mantener las buenas relaciones con Yahvé. Es como un código popular1, en el que se instruye grosso modo al pueblo, sin llegar a las minuciosidades del Levítico o de los Números. El estilo familiar aparece en las frases reiteradas de Yahvé, nuestro Dios, nuestro Dios, seguir a Dios, con todo el corazón y con toda el alma, hacer lo que es bueno o malo a los ojos de Yahvé, el lugar donde Yahvé hará morar su nombre.2
Es El Estilo De La Predicación Profética.
Unidad Literaria.
Muchos críticos sostienen que el núcleo primitivo con unidad literaria es la parte legislativa (c. 12-26), pero por semejanza de estilo son también muchos los que creen que el núcleo primitivo lo constituyen los c.5-26. La falta de repeticiones en estos capítulos prueba para éstos la unidad primitiva de autor. Los c.1-4, en cambio, son considerados por la mayor parte de los críticos como adición posterior al conjunto (c.5-26)3. El c.28 es generalmente considerado como conclusión del conjunto legislativo (c.5-26).
Origen Mosaico.
La tradición judeo-cristiana considera todo el libro como obra del propio Moisés4. Sin embargo, en la Edad Mediado faltaron quienes atribuyeron parte del libro a Josué5. En el siglo xix los críticos independientes lanzaron la idea de que el Deuteronomio es el libro de la Ley descubierto en el templo de Jerusalén bajo Josías (621 a.C.) Esta idea, que había sido propuesta ya por San Atanasio y San Jerónimo (si bien éstos admitían el origen mosaico del Deuteronomio), fue generalizada en la teoría de las cuatro fuentes welhau-senianas, con la afirmación subsiguiente de que la composición de ese documento no es anterior al propio rey Josías. El hallazgo del libro habría sido un fraude piadoso inventado por los sacerdotes para autorizar la reforma religiosa con la idea de la centralización del culto en el templo de Jerusalén6. Para confirmar esta hipótesis se arguye que algunas instituciones de las que se habla en el Deuteronomio son de época posterior a Moisés, como la de la monarquía y la judicatura. Por otra parte, las ideas teológicas y el enfoque moral parecen de la época de la predicación profética.
Contra la hipótesis del fraude piadoso se arguye que, ya en el siglo IX antes de Cristo, el rey Amasias (796-768) conocía la prescripción de Dt 16:4, según la cual los hijos no debían ser castigados por los pecados de los padres, y se atribuía esta ordenación a Moisés7. Por otra parte, el rey Ezequías (727-698) había intentado una reforma religiosa, en la que se centralizaba el culto en el templo de Jerusalén8. Por otra parte, es incomprensible en los siglos IX-XIV la orden de exterminar a los cananeos y amalecitas de Dt 20:16-18 y 25:17-19, ya que eran poblaciones extinguidas para aquellos tiempos de la monarquía. Esa ordenación más bien refleja los primeros tiempos de la ocupación de Canaán por los israelitas. Todo esto prueba que el Deuteronomio es anterior al 621, que fue encontrado el libro de la Ley. Se supone que, en tiempos de la persecución de Manasés, este libro fue escondido en los cimientos del templo, y después fue encontrado fortuitamente cuando se hicieron las obras de reparación del tiempo de Josías9. Después de afirmar que la indicación de Dt 31:24 sobre la redacción de un libro con las palabras de la Ley por Moisés no ha de aplicarse a todo el Deuteronomio como hoy le tenemos, sino al conjunto de la Ley, afirma que la expresión Moisés escribió no ha de tomarse al pie de la letra como la otra de Dios dijo a Moisés, teniendo en cuenta que la seudonimia era un recurso literario corriente en la misma literatura bíblica, como aparece en el caso del libro de la Sabiduría, atribuido a Salomón. Por otra parte, la legislación deuteronómica se presenta como la repetición de la Ley (misneh hattorah); es decir, del conjunto legislativo de la época del desierto. Así, pues, si el código de la alianza es mosaico, lo es también sustancialmente la legislación deuteronómica, que está calcada sobre las tradiciones legales del desierto. Por eso, el autor del Deuteronomio ha sido lógico, y ha puesto el nombre de Moisés a lo que él consideraba su obra14. Sustancialmente, el núcleo legislativo del Deuteronomio es mosaico, como lo es el del Pentateuco en general. Esto no quiere decir que ese núcleo no se haya desarrollado orgánicamente y desde dentro (conforme al espíritu y esquema mosaico); posteriormente, conforme a las exigencias nuevas de los tiempos, el legado religioso de Moisés no podía conservarse en el curso de la historia de Israel, sino en la medida en que se formularan nuevas regulaciones, adaptadas a las circunstancias, que necesariamente cambian, mas siempre según el espíritu del gran legislador; debido a esto, por ficción literaria, se ponían en boca del mismo Moisés todas las determinaciones y ordenanzas, que no hacían sino poner por obra la revelación del Sinaí, valedera para todos los tiempos, y de la que Moisés era el depositario. Se puede admitir, no sin verosimilitud, que la amplitud y la precisión de la reforma de Ezequías (716-715) supone una codificación de las leyes antiguas... Que con ocasión de esta reforma la ley de centralización en particular haya sido añadida a una codificación de textos legislativos que habrían visto la luz en el reino del Norte, y que los levitas hubieran traído a Jerusalén después de la caída de Samaría, nada tiene de inverosímil.15 Es la opinión de Cazelles: Cuando la caída del reino del Norte (722) algunos levitas, huyendo de la dominación extranjera, se refugiaron en Jerusalén y llevaron consigo algunas de estas colecciones... La ley de la unidad del santuario se explica muy bien en esta fecha; los antiguos santuarios célebres del Norte han prevaricado y acaban de desaparecer, mientras el de Jerusalén acaba de librarse de Senaquerib en 701, sirve de residencia al arca santa y es considerado por los profetas como el lugar por excelencia de los oráculos divinos16. El santuario se remontaba a David; pero más allá de David, demasiado judío, es hasta Moisés, mediador de la alianza, y hasta la tradición mosaica, fuente de la unidad religiosa en Israel, hasta donde había que remontar. Así, el autor del Deuteronomio incluyó su compilación en una especie de comentario teológico, discursos puestos en boca de Moisés, el mediador de la alianza. Recordando al principio el Decálogo, fundamento de la alianza, el autor enlazaba con él toda la legislación posterior, procedente de Dios no directamente, sino por intermedio de Moisés... Hay demasiada relación entre la reforma de Josías y las exigencias deuteronómicas para no admitir un lazo de unión entre el Deuteronomio y esta reforma... Sobrevino la catástrofe del 589-588, y fue entonces cuando el yahvismo mostró toda su vitalidad. Paralelamente a la misión de Ezequiel, Dios inspiró una segunda edición del Deuteronomio, según el mismo espíritu de la primera, pero con vistas más precisas sobre el destierro, una marcada insistencia sobre las perspectivas de liberación (4:25-31 y final del cántico de c.32); por fin, una atención más sostenida a las ideas de la Sabiduría. Esta edición añadió los c.1-4, que insisten sobre la conquista, imagen de la reconquista que esperan los desterrados; añadió un gran párrafo a las maldiciones del c.28 y completó el c.31 en función del gran cántico del c.32... Este mismo autor ha añadido probablemente algunas notas en los discursos (10:6-9) y en las leyes redactadas o compiladas por su predecesor. Puede que sea también él quien ha operado el trabajo final de fusión entre el Deuteronomio y el documento antiguo17. El P. R. De Vaux supone también que la compilación del Deuteronomio es sustancialmente de la época de Ezequías18. Por nuestra parte, creemos que, en efecto, el Deuteronomio refleja la predicación teológica del siglo VIII antes de Cristo, aunque creemos verosímil que la redacción del mismo se deba a levitas del reino del Norte, pues no es fácilmente concebible que la clase sacerdotal de Judá haya admitido una elaboración hecha por los que eran considerados como cismáticos frente a la tradición de Jerusalén.
Doctrina Religiosa.
La principal preocupación del deuteronomista es evitar que los israelitas tomen parte en los cultos idolátricos. Es la obsesión de la predicación de los profetas. Las infiltraciones paganas en el pueblo eran cada vez mayores, y era preciso recordar los grandes postulados de la religión mosaica como fue concebida en los tiempos heroicos del desierto. El sincretismo religioso fue siempre un peligro para los israelitas, ya que éstos no tenían inconveniente en asociar al culto de Yahvé prácticas de origen cananeo. Por eso se ordena la extirpación de los cananeos y se prohíbe tener relaciones con ellos19. Por la misma razón deben desaparecer todos los lugares de culto paganos: santuarios, altares, estelas e imágenes20.
a) Yahvé es el Dios del universo. Es el único21, el Creador de cielos y tierra22, el Dios de los dioses23. Como tal es celoso de su gloria y no admite competencias de los ídolos24. Es trascendente y omnipotente25, es santo26 y justo27. Es también un Dios amoroso y benevolente28, que ama a Israel como a un hijo29 y está dispuesto a perdonarle si sinceramente se arrepiente30.
b) Es el Dios de Israel, que le ha elegido para dar cumplimiento a las promesas hechas a los patriarcas31, Esta elección se concretó en una alianza con Abrahán y con el pueblo en Horeb. El Deuteronomio es el documento solemne que contiene las cláusulas de esta alianza. De ahí arrancan las obligaciones de Israel como nación.
c) Culto.Los israelitas deben sentir un temor reverencial ante Yahvé poderoso y justiciero32, y ese temor ha de manifestarse en la observancia de la Ley33. Pero debe ser un temor amoroso34: Amaras a tu Dios con todo tu corazón...35
Pero estas manifestaciones de amor interno deben ir acompañadas de actos externos de reconocimiento. Israel es un pueblo santo consagrado a Yahvé36. Por ello se le prohiben ciertas prácticas del ambiente profano y pagano37 y tiene que evitar impurezas legales38. Y en reconocimiento de la soberanía debe ofrecer sacrificios y oblaciones de sus ganados y frutos39. El banquete sacrificial era una especie de comunión con Yahvé, en su honor, y con los deudos y necesitados40. Tres veces al año (Pascua, Pentecostés y Tabernáculos) debe el israelita presentarse ante el santuario de Yahvé41. El sábado es día sagrado42.
d) Característica del Deuteronomio es el amor hacia el prójimo, principalmente a los desvalidos, como el huérfano, la viuda, el extranjero, el levita y el esclavo43. La moral de este libro es alta y muy conforme a la predicación de los profetas. Los valores éticos son destacados y los actos de culto son impuestos, pero en el supuesto de que vayan informados de sentimientos internos de agradecimiento a Dios y de arrepentimiento de los pecados. Es una moral que se acerca a la evangélica y puede considerarse como la culminación en la teología del Antiguo Testamento.
1 A. Clamer, Deutéronome (1946) 490. 2 Véase una lista más amplia en Driver. Deuteronomy (ICC) p.lxxviii-lxxxiv. 3 Se señalan algunas contradicciones entre los c.1-4 y 5-26; así, 2:14 y 5:3-5; 9:7; 22:29 y 23:14; 4:41-43 y 19:93. 4 El Talmud consideraba los ocho últimos versículos del Dt como obra de Josué (Baba bathra 14b). 5 Así lo insinúa Hugo De San Caro (f en 1263), Postilla super Deut. 1,1: Opera omnia, 1 (Venecia 1754) 151. 6 Cf. Wellhausen, Prolegómeno, zur Ceschichte Israels ed. 6.a. I Cf. 2Re_14:6 . 8 Cf. 2 Re 18.3-7. 9 Naville, fundándose en la costumbre de esconder libros en los cimientos de los templos egipcios, supone que Salomón escondió también el libro de la Ley de Moisés en el de Jerusalén. Pero la Biblia nada insinúa en este sentido, a pesar de que da muchos detalles sobre la construcción del templo hierosolimitano. Véase Naville, La découverte de la Loi sous le roí Josias (1910); cf. RB (1910) 622. Para casos análogos entre hititas y babilonios véase RB (1923) 473-474; (1927) 141- 10 Cf. RB(1801) 609-616. 11 Cf. Moïse el Josué: Dafc, III 754- 12 Nikel, Die Pentateuchfrage: Bib. Zeitfragen, X 1-3 (1921). 13 Junker, Das Buch Deuteronomium (Bonn) p. 15-16; cf. RB (1934) p.432. 14 Cf. RB (1898) 22. 15 Ë. Clamer, La Genése 46-47. 16 Amó_1:2 ; Isa_8:18 . 17 H. Cazelles, Le Deutéronome (Bible de Jérusalem) 13-15· 18 R. De Vaux, Les institutions de l'Ancien Testament I p.222. 19 Dt 7:2-4. 20 Dt 7:5-25. 21 4:35-39. 22 Dt 10:14. 23 10:17. 24 4:24; 5:25; 6:15. 25 7:16; 20; 22. 26 7:6; 14:21; 23:13. 27 9,4-5; 32,4. 28 7:8; 23:6. 29 8:2; 3; 16. 30 30:1-10. 31 1:11; 6:8; 7:12. 32 7:7; 18-19; 4-5. 33 6:2; 5:29. 34 30:19-20. 35 6:5. 36 Dt 14.2. 37 14:1; 22:5-11; 12. 38 24:8-9; 14:3-21. 39 14:23. 40 12:7. 41 Cf.16. 42 5:12-15. 43 16:12; 14:29; 15:10; 34:17; 18; 22.
Deuteronomio 15,1-23
15. Leyes Varias.
El Año de la Remisión (1-6).
En el Deuteronomio es constante la preocupación por los necesitados y desvalidos. Ya hemos visto cómo cada tres años debían dejarse para éstos ciertos diezmos. Ahora el legislador, en favor de los mismos, decreta un año de remisión de Yahvé, en cuanto que Dios impone una condonación o moratoria en favor de los no favorecidos por la fortuna.
1Cada séptimo año harás la remisión. 2He aquí cómo se ha de hacer la remisión: Todo acreedor que haya prestado condonará al deudor lo prestado; no lo exigirá ya más a su prójimo una vez publicada la remisión de Yahvé; 3podrás exigirlo del extranjero, pero no de tu hermano, al que harás la remisión 4para que no haya entre ti pobres; porque Yahvé te bendecirá seguramente en la tierra que Yahvé, tu Dios, te ha dado en heredad para que la poseas, 5siempre que oigas la voz de Yahvé, tu Dios, poniendo por obra cuidadosamente todos sus mandatos que yo hoy te prescribo. 6Porque Yahvé, tu Dios, te bendecirá, como él te lo ha dicho, y prestarás a muchos pueblos, y no tendrás que tomar prestado de nadie; dominarás a muchas naciones, y ellas no te dominarán a ti.
En la legislación mosaica estaba establecido el año sabático1, en el cual no se debía sembrar los campos, y, por consiguiente, no había recolección de frutos ni del campo ni de los árboles. El deuteronomista completa esta legislación imponiendo la remisión de deudas. La palabra hebrea empleada (semittah) significa abandono, y se aplica a la tierra abandonada o inculta durante el año sabático2. ¿Qué sentido preciso tiene aquí? ¿Se trata de una total condonación de la deuda o simplemente de una moratoria de un año? Así lo quieren explicar no pocos comentaristas modernos, los cuales hacen hincapié en las dificultades de los deudores en ese año en que la tierra no producía nada. Tal como está formulada la ordenación, parece que se trata de una verdadera condonación de toda la deuda y no sólo los intereses, como algunos proponen, pues estaba prohibido prestar a interés a los compatriotas. Por otra parte, en el v.9 se amonesta a los israelitas a que no sean remisos en prestar cuando se acerca el año de remisión, lo que supone se trataba de una condonación. Y así lo entienden los LXX al traducir áåóé?3. No obstante, nunca en el Antiguo Testamento se alude al cumplimiento de esta ley, que, como otras tantas, queda en el campo de lo teórico4. La ordenación está conforme con los altos ideales de justicia y de caridad de la predicación profética, en la que se protesta contra las injustas diferencias sociales.
Respecto de los extranjeros no regía esta prescripción, porque resultaba demasiado onerosa, y, por otra parte, aquí extranjero (nokrí) no es el ger, asimilado en derechos y deberes a los israelitas, sino el que permanecía al margen de la teocracia hebrea, el cual, por tanto, no estaba obligado a los derechos del año sabático (prescripción muy onerosa), y, en consecuencia, no tenía derecho a los privilegios de los israelitas relativos a la condonación de las deudas.
Los v.4-6 parecen una adición tardía para exhortar al cumplimiento de la ley anterior, que era difícilmente aceptada por ser demasiado onerosa. En los v.7 y11se dice que habrá pobres en Israel, mientras que aquí se idealiza el futuro en función de las promesas divinas inherentes al cumplimiento de las leyes y se anuncia que no habrá pobres en Israel. Algunos autores creen que el sentido de la promesa exhortatoria es que, aunque los acreedores condonen las deudas, no por eso se convertirán en pobres, pues el cumplimiento de las leyes divinas trae la bendición de nuevos bienes. Si Israel es fiel a los mandamientos divinos, nunca tendrá necesidad de pedir prestado de nadie (v.6), sino que, al contrario, se convertirá en prestatario de muchos pueblos, dominando sobre ellos. Nos encontramos, pues, aquí con un anuncio mesiánico al estilo de los escritos proféticos. Los israelitas, como pueblo agrícola y pastoril, no tenían tradición comercial en gran escala como para hacerse prestamistas de los gentiles, como lo eran los fenicios, pero en la época de la cautividad surge una clase judía de banqueros que con el tiempo se habría de hacer proverbial como modelo de agudos prestamistas5. De hecho, los judíos han tomado a la letra esta promesa de ser los prestamistas por excelencia de los goyim o gentiles, y esto por institución divina6.
El Préstamo a los Pobres (7-11).
7Si hubiere en medio de ti un necesitado de entre tus hermanos, en tus ciudades, en la tierra que Yahvé, tu Dios, te dará, no endurecerás tu corazón ni cerrarás tu mano a tu hermano pobre, 8sino que le abrirás tu mano y le prestarás con qué poder satisfacer sus necesidades según lo que necesite. 9Guárdate de que se alce en tu corazón este bajo pensamiento: Está ya cercano el año séptimo, el año de la remisión; y de mirar con malos ojos a tu hermano pobre y no darle nada, no sea que él clame a Yahvé contra ti y te cargues con un pecado. 10Debes darle, sin que al darle se entristezca tu corazón; porque por ello Yahvé, tu Dios, te bendecirá en todos tus trabajos y en todas tus empresas. 11Nunca dejará de haber pobres en la tierra; por eso te doy este mandamiento: abrirás tu mano a tu hermano, al necesitado y al pobre de tu tierra.
Otra vez nos encontramos con la contraposición entre una ley que trata de imponer una generosidad muy perfecta y la codicia humana, que se resiste a renunciar a sus intereses. La letra de la Ley ordena prestar líberalmente al hermano necesitado. En el libro de Nehemías se describe al vivo a qué extremo llevaba el préstamo usurario en Israel, el cual sólo servía para hundir más en la miseria a los necesitados7. En el v.11 se dice que nunca dejara de haber pobres en la tierra, lo que se ha de entender no como una ley inexorable impuesta por Dios, de forma que sean como una institución aquéllos para que los ricos ejerzan su misericordia, sino que supone que, dadas las condiciones del egoísmo humano y las adversas contingencias de la vida, nunca faltarán necesitados con los que se ha de ejercer la caridad. Supuestos los indigentes, es necesario organizar la beneficencia. Aquí el legislador deuteronomista exhorta a la generosidad hacia los necesitados, prestándoles medios de vida aunque se acerque el año de remisión (v.6).
Ley Sobre la Servidumbre (12-18).
12Si uno de tus hermanos, un hebreo o una hebrea, se te vende, te servirá seis años; pero el séptimo le despedirás libre de tu casa; 13y al despedirle libre de tu casa no le mandarás vacío, 14sino que le darás algo de tu ganado, de tu era y de tu lagar, haciéndole partícipe de los bienes con que Yahvé, tu Dios, te bendice a ti. 15Acuérdate de que esclavo fuiste en la tierra de Egipto y de que Yahvé, tu Dios, te libertó; por eso te doy yo este mandato. 16Y si tu esclavo te dice: No quiero salir de tu casa, porque te amo a ti y a tu casa, y se halla bien contigo, 17entonces, tomando un punzón, le agujerearás la oreja junto a la puerta, y será esclavo tuyo para siempre; lo mismo harás con tu sierva. 18Que no te pese darle por libre, porque sirviéndote seis años te ha valido el doble del salario de un jornalero, y Yahvé, tu Dios, te bendecirá en cuanto hagas.
Eran varias las fuentes de la servidumbre, y aquí se nos ofrece la más triste. Un pobre hebreo, no teniendo medios de subsistencia, se entrega a un compatriota más acomodado que él para poder vivir, o tal vez para satisfacer una deuda que de otro modo no puede pagar. En este último caso, ¿cuál es el deber del acreedor, que lo recibe como siervo? Darle libertad al año séptimo, en que la deuda se da por cancelada con los servicios prestados durante seis años (v.18). Y al despedirlo no debe enviarlo con las manos vacías. Jeremías nos dice que los ricos se resistían a dar cumplimiento a esta ordenación8. Si la causa de la servidumbre había sido no la deuda, sino la imposibilidad de hallar medios de vida, puede ocurrir que el siervo desee continuar en la servidumbre, y entonces la Ley determina lo que ha de hacer, que es marcarle en la oreja la señal de la servidumbre perpetua9.
Según Exo_21:1-6, al esclavo debía concedérsele la libertad después de seis años de servicio, y, según la legislación levítica, debía ser considerado más bien como mercenario o criado que como esclavo10. Este trato de favor afecta sólo a los israelitas. En el año de jubileo se proclamaba la emancipación de los esclavos11. Aquí el séptimo año no es el año sabático, sino el año que sigue a los seis de servidumbre en cada caso. En el código de Hammurabi se prescriben tres años de servidumbre para el caso en que el esclavo lo sea por no poder pagar sus deudas12. El deuteronomista, llevado de sus sentimientos humanitarios, exige además que no se despache al esclavo sin nada, sino que el antiguo amo debe entregarle parte del ganado, de la era y del lagar (v.14) para que pueda reconstruir su vida como hombre libre. Es una exigencia de justicia, ya que con su trabajo ha contribuido a su enriquecimiento. A este motivo se añade otro de índole religiosa e histórica: el dueño debe acordarse de que también los israelitas fueron esclavos en Egipto y el Señor los libertó milagrosamente (v.15).
Caso de que el esclavo prefiera continuar como esclavo por no encontrar medios de vida o porque siente particular afecto a su dueño, que le trata humanitariamente y con generosidad, entonces debe ser marcado en la oreja con un punzón, como signo de pertenencia perpetua a su dueño. Es una costumbre bárbara muy en uso en los pueblos antiguos, y el legislador deuteronomista, como el de Exo_20:6, la retiene, pagando así tributo a la rudeza de costumbres de la época.
Los Primogénitos (19-23).
19Consagrarás a Yahvé, tu Dios, todos los primogénitos, todo primogénito macho de tus vacas y ovejas; no harás trabajar al primogénito de tu vaca ni esquilarás al primogénito de tus ovejas, 20sino que lo comerás cada año tú y tu familia, delante de Yahvé, tu Dios, en el lugar que El elija. 21Pero si es defectuoso, si ciego o cojo o con otro defecto, no se lo ofrecerás en sacrificio a Yahvé, tu Dios. 22Lo comerás en tus ciudades como se come la gacela o el ciervo; lo comerá el puro y el impuro; 23pero no comerás la sangre; la derramarás sobre la tierra, como el agua.
Los primogénitos son de Yahvé, que los exige en reconocimiento de que es don suyo tanto la fecundidad de los vivientes como la fertilidad de la tierra. En Exo_13:15 se declara consagrado a Yahvé cuanto abre el seno de la madre; en Núm 18.15 se atribuyen éstos a los sacerdotes. Pero aquí se aplica la ley indicada en el c.12. Si el primogénito es sacrificable en honor de Yahvé, lo será en su santuario, y luego comido por el oferente y su familia en la presencia de Yahvé, como reconocimiento de que a su bondad es debido. Es la norma que se aplica a los diezmos en el Deuteronomio. Si no fuera sacrificable por tener algún defecto, se le comerá en la casa del dueño, como la gacela y el ciervo, y lo podrá comer el ritualmente puro o impuro. Esta comida no tiene carácter sagrado, como en el caso primero, a causa de la inmolación del animal en el santuario. Pero nótese que aquí sólo se habla del primogénito macho de la vaca o la oveja, como en Exo_22:29. En cambio, en Exo_34:19 se añade a estos dos animales el asno, que deberá ser desnucado. Y en Num_18:16s, la Ley habla de cualquier animal, sea puro y sacrificable o sea impuro, que se debe rescatar, siendo el rescate en beneficio de los sacerdotes.
Según Exo_20:29, la inmolación de los primogénitos debía hacerse ocho días después de su nacimiento; aquí, en cambio, se puede hacer durante todo el año. Como están dedicados a Dios, no se les puede emplear en labores ni esquilarles (v.19). Vemos, pues, en todas estas diferentes prescripciones que existen diversos estratos legislativos, pertenecientes a distintas épocas. Así, la ley deuteronómica no dice nada del rescate de los primogénitos humanos ni de los animales impuros13.
La razón de ofrecer los primogénitos de los ganados y las primicias del campo radica en el instinto religioso del hombre, cuya razón le dice que debe hacer partícipe a la divinidad de los bienes que tan pródigamente le otorga14. Sólo después de ofrecer las primicias se cree el hombre autorizado para comer sus frutos y la carne de sus ganados. La ofrenda de los primogénitos y de las primicias tiene, pues, el carácter de consagración de las cosechas o animales, que, en definitiva, pertenecen a Dios. En la legislación mosaica, aparte de estas razones15, se da otra histórica que obliga a la consagración de los primogénitos: el recuerdo de la muerte de los primogénitos de Egipto, siendo preservados los hebreos16. Los levitas son los sustitutos de los primogénitos hebreos, que como tales pertenecen especialmente a Yahvé17.
1 Cf. Exo_23:10-11; Lev_25:1-7. 2 Exo_33:10. 3 La tradición judaica lo entendió en el sentido de condonación de la deuda. Cf. Filon, De septenario 8; Talmud, Sebiit X; I. En el código de Hammurabi se prevé el caso de que un deudor no puede pagar el interés por alguna adversidad de la que no es culpable (art.48)· 4 Sólo aparece esta práctica en la promesa hecha en la renovación de la alianza bajo Nehemías (Neh_10:32). 5 En Nipur se encontraron tabletas comerciales con nombres judíos en las que se habla de la contabilidad bancada. En el imperio romano eran los judíos los principales banqueros y prestamistas. 6 Muy pronto los barrios en que ellos (los judíos) habitaban en las grandes ciudades del Mediterráneo se convirtieron en centros de negocios y de bancos. Israel disperso comenzaba a tener el mundo por su oro (A Barrois, Précis d'archéologie biblique 141). 7 Cf. Neh 5. 8 Jer_34:8s. 9 Ex 21:1s. 10 Lev_25:39-40. 11 Lev_25:40. 12 Cód. de Hammurabi art.117. 13 Cf. Exo_22:28; Exo_34:20. 14 Tomás de Aquino, Sum. Theol. 2-2 q.86 a.4. 15 Ex 22.285. 16 Exo_13:11-16. 17 Num_8:16s.